Ciudad

Tolerancia cero

Ni una gota de alcohol para los conductores de automóviles

La diputada Erika Gonnet presentó un proyecto de ley que restringe totalmente el consumo para los automovilistas.


En la Legislatura provincial ingresó un proyecto de ley para modificar el Código de Faltas y que el conductor de cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia constatada superior a cero miligramos por litro de sangre sea castigado con fuertes multas más una inhabilitación para conducir, tal como se sancionó hace pocos meses en la provincia de Córdoba. Su autora, la diputada Erika Gonnet, recordó que actualmente se multa a quien conduce con más de 500 miligramos de alcohol por litro de sangre y lo que se pide es que la cantidad sea inexistente. Desde la Agencia Provincial de Seguridad Vial consideraron “buena” la propuesta y destacaron que su aplicación ayudaría a mejorar una situación más que preocupante con cientos de víctimas anuales por accidentes en las rutas.

Según explicó la legisladora, en la actual legislación provincial se dispone que “la inhabilitación debe aplicarse solo en caso de faltas graves y en la Ley Nacional de Tránsito se considera como falta grave el hecho de conducir con índice de alcohol en sangre, sin especificar cuantía. Por lo tanto, el mínimo índice de alcohol en sangre ya es considerado por la ley nacional como falta grave por lo cual ya es pasible la sanción de inhabilitación por parte de nuestro Código Provincial de Faltas”.

“A esta iniciativa la veníamos trabajando porque estábamos al tanto de que el ministro (Florencio) Randazzo había estado presente en el comité de Naciones Unidas por la seguridad vial y había propuesto esto, contando que lo íbamos a implementar en nuestro país, y que lo iba a elevar a la Legislatura. Es por eso que nosotros empezamos a llevarlo adelante en la provincia. Vimos que Córdoba ya lo estaba haciendo y en el mes de marzo aprobaron la ley. Es una medida más que hay que discutirla porque los números son claros y los controles tienen que ser mayores como el cobro de multas también”, señaló.

“Hoy por hoy está permitido tener 0,5 de alcohol en sangre y lo que planteamos es que no haya nada de alcohol en quien conduce. A fines de 2013 el Sedronar publicó que el 22 por ciento de los accidentes que llegan a las guardias estaba relacionado no por conducir ebrio sino que habían sido víctimas de gente que conducía ebria. Hay números que siguen mostrando de manera contundente que suceden este tipo de cosas por el consumo de alcohol”, añadió.

“Uno recorre la provincia, de hecho tengo contactos con los foros de intendentes, y en el interior la situación es gravísima. Generalmente se trata de accidentes fatales muchas veces protagonizados por chicos que van de una localidad a otra. Son situaciones tremendas las que suceden y este proyecto apunta a evitarlas”, indicó.

Por su parte, el director de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, Jorge Tarquini, consideró que Santa Fe tendría que tener una reglamentación similar a la de Córdoba porque el consumo de alcohol es el causante de gran parte de los accidentes. “Quien maneja no tiene que tomar y en eso yo creo que las multas y las sanciones tienen que ser ejemplares. Quizás haya que rever todo, son cosas que tendríamos que estudiar a través de una legislación clara para todo territorio nacional porque si no cada provincia, cada municipio, tiene su propia legislación. En otros países el alcohol es tan grave que se pena con arresto y acá es una multa”, comentó.

“Sabemos que quien está conduciendo con alcohol está arriesgando su vida y la de los terceros. Nosotros desde la Agencia tenemos que adaptarnos a nuestras leyes pero si me piden una opinión personal yo digo que tendría que implementarse el alcohol cero. Cuando hablamos de 150 mil muertos más los lesionados, la magnitud del problema es enorme y todo lo que se haga para minimizarlo ayuda”, finalizó.

“Esto es realmente vergonzoso”

El especialista en seguridad vial Osvaldo Aymo se mostró en desacuerdo con el proyecto de alcoholemia cero presentado por la diputada Erika Gonnet en la Legislatura provincial. “¿Alcoholemia cero? Si nosotros todavía no pudimos ni siquiera con el 0,5.

Esto es algo que no se aplica en ningún país del mundo. Suecia, por poner un ejemplo, y estamos hablando de Suecia, tiene 0,2 gramo de alcohol en sangre como mínimo permitido y ellos vienen con esto desde hace décadas. Nosotros en todo este tiempo no hemos podido aplicar ninguna política de Estado, es realmente vergonzoso. Estoy en las antípodas totales”, señaló.

“En este momento estoy trabajando para el gobierno de Suecia y la palabra que se aplica allá es «impedir». Ya no estamos hablando de campañas de concientización, ni de educación, ni de sensibilización porque vos podés hacer todo eso pero siempre alguno se te va a escapar porque no existe la posibilidad de tener a un policía al lado de cada auto. En este momento en Suecia se está aplicando una tecnología que se llama alcohol lock, que es un dispositivo que viene con la llave del auto y si te detecta alcohol cuando soplás directamente el vehículo no arranca”, explicó.

Año electoral

“Somos una vergüenza como sociedad. Recién desde el 1º de enero de este año tenemos una ley que obliga a las automotrices a que todos los autos tengan frenos ABS y airbag. Acá la falla es de todos y en la cuestión Estado es simple: todo esto pianta votos. El año que viene hay elecciones y la primera pregunta que los candidatos tendrían que responder es ¿qué van a hacer con los muertos en accidentes de tránsito, la primera causa de muertes? No van a hacer nada porque no los vota nadie. Es tremendo pero esa es la realidad y se demuestra día a día”, remarcó.

Un infractor llevó su caso hasta la Corte Suprema

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó un recurso de queja por la inconstitucionalidad denegada que presentó un conductor al que la prueba de alcoholemia le había dado un porcentaje de 0,936 g/l, y que fue efectuado en la vía pública por funcionarios municipales de la capital provincial.

El infractor pretendía impugnar por inconstitucional la resolución del Tribunal de Faltas santafesino al sostener que tanto el procedimiento administrativo llevado a cabo por los inspectores como el proceso ante la jueza de faltas vulneraban el debido proceso y el derecho de defensa. Concretamente, cuestionó que “en el acta de infracción no estuviese identificado el tipo, marca, número de serie y fabricante del aparato utilizado para la medición del grado de alcohol en sangre y que por lo tanto no reunía los requisitos esenciales establecidos en la normativa vigente”.

El juez de faltas de Santa Fe confirmó el acto administrativo del órgano municipal; y llegado el caso a la máxima instancia judicial, se rechazó el recurso de queja intentado por el automovilista infractor y se confirmó lo actuado por la Justicia de faltas municipal.

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