Política

Revés al autocultivo

La Justicia federal falló contra las mamás que fabrican aceite de cannabis medicinal para sus hijos

La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó el rechazo de un amparo interpuesto por la asociación Macame, que representa a mamás de nenas y nenes con problemas de salud que realizan tratamientos con aceites que extraen de plantas de marihuana que ellas mismas cultivan


La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario sumó otro revés judicial a madres de nenas y nenes con epilepsia y otras patologías que realizan tratamientos con aceite de cannabis que ellas mismas fabrican y que a través la asociación Mamás Cannabis Medicinal (Macame) habían pedido a la Justicia Federal de la ciudad de Santa Fe que la policía no las persiguiera por cultivar las planta de marihuana que utilizan como materia prima. El recurso de amparo fue rechazado en primera instancia en mayo de 2019 y ahora la Cámara confirmó ese rechazo, al considerar que no compete a la Justicia revisar decisiones tomadas por los otros poderes del Estado.

En mayo de 2019, el juez federal de Santa Fe Reinaldo Rodríguez, rechazó un recurso de amparo interpuesto por Macame para que el Estado no las persiga por autocultivar marihuana. El pedido de la asociación era por las hijas e hijos de las mujeres que la integran, que padecen patologías de las que consiguieron mitigar los síntomas utilizando aceite de cannabis.

Pero el juez Rodríguez rechazó el amparo y por eso desde Macame decidieron apelar. Así el expediente viajó a Rosario para ser analizado por los integrantes de la Cámara de Apelaciones Federal. “No esperábamos recibir esta respuesta”, dijo a El Ciudadano Laura Acosta, presidenta de la asociación.

Es que los camaristas se expresaron en un sentido similar a como lo había hecho el juez de primera instancia. En su resolución, los jueces citaron jurisprudencia respecto de por qué la Justicia no puede arbitrar en resoluciones del Poder Legislativo. “Nuestro diseño constitucional dispone la división de poderes que establece funciones propias y exclusivas de cada uno de ellos. Así, son los poderes Legislativo y Ejecutivo quienes intervienen en la creación y formulación de leyes, ámbito en el cual la propia constitución excluye la intervención de los jueces, salvo en lo que se refiere al estricto control de constitucionalidad de la norma dictada por los primeros”, dicen en el fallo, y agregan: “Ese equilibrio constitucional se rompería si el Poder Judicial estuviese habilitado para crear leyes, ya que esto lo colocaría por encima del Legislativo y Ejecutivo. Así, podemos decir que nuestra Constitución Nacional impide a los jueces otorgar derechos cuando estos fueron expresamente excluidos por los otros dos poderes del Estado”.

Los camaristas, además, instaron a la Asociación a “reformular el pedido en cuestión ante los Poderes Legislativos y Ejecutivos, ya que son quienes crean las leyes”. Con el respeto al sistema republicano como argumento central, los magistrados remarcaron que el autocultivo solicitado por las amparistas fue “expresamente excluido hace tres años por los diputados y senadores durante el debate parlamentario de la norma que reguló el uso medicinal del cannabis (ley nacional 27.350), luego de un análisis exhaustivo de los legisladores de la evidencia científica hoy existente”.

Estas madres sostienen que se vieron obligadas a recorrer desde la clandestinidad un camino propio para brindar soluciones a la salud de sus hijas e hijos. “Pedimos el autocultivo porque no podemos esperar que el Estado avance en lo que ya avanzamos nosotras”, dijo Acosta. Por eso se acercaron a la Justicia para presentar el amparo en septiembre de 2018: quieren que el Estado no las persiga por tener plantas de marihuana en su casa. “El argumento que dan los jueces es que nosotras no estamos en peligro porque la policía nunca nos allanó. Lo que nosotras pedimos es protección para que no ocurra”, remarcó.

 

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