Ciudad

Condenado por doblar en U y chocar a un motociclista

Por Carina Ortiz.- Remisero deberá pagar 138 mil pesos, junto con la aseguradora que intentó desentenderse del accidente.

El conductor de un remís que en septiembre de 2007 giró en U en la ruta Nacional Nº 9, a la altura de Funes, y embistió a un hombre que se trasladaba en moto deberá indemnizar a la víctima  con la suma de 138.222 pesos más intereses por los daños y perjuicios ocasionados.

El fallo fue dictado por el Tribunal Colegiado Extracontractual de la 1ª Nominación, que entendió que la maniobra de giro en U constituye una infracción a las reglas de circulación que denotan imprudencia del conductor del automóvil, quien intempestivamente interrumpió el carril de circulación del motociclista  y provocó la colisión, por lo que el tribunal le atribuyó la responsabilidad de siniestro.

Cristian tenía 34 años cuando la noche del 29 de septiembre de 2007 circulaba por la ruta Nº 9 a la altura de Funes. El hombre venía en dirección a Rosario a bordo de una motocicleta Honda Dax y fue embestido por un remís Volkswagen Polo conducido por Andrés que iba en dirección contraria y giró en U. La moto impactó contra el rodado y como consecuencia del accidente Cristian sufrió diversas lesiones y debió ser operado. Según el informe médico el hombre sufrió una incapacidad parcial y permanente del 25 por ciento.

Luego del accidente, la víctima inició una demanda de daños y perjuicios contra el conductor del auto y citó en garantía a la compañía de seguros Federal. El conductor nunca se presentó, por lo que fue declarado rebelde y la aseguradora solicitó la declinación de la citación porque sostuvo que el asegurado incurrió, en culpa grave al girar en U sobre la ruta y ello a su entender es causal de exclusión de la cobertura.

Por su parte, el conductor del remís había reconocido ante la Policía que había girado en U y hubo testigos en la causa que confirmaron la versión.

La jueza Mariana Varela, a cargo del trámite, hizo lugar a la demanda al sostener que “la maniobra de giro en U constituye una infracción a las reglas de circulación que denotan imprudencia por parte del demandado al irrumpir intempestivamente el carril de circulación del motociclista, provocando inevitablemente la colisión. La intromisión del demandado en la circulación del actor, quien contaba con la prioridad del paso, es claramente una maniobra peligrosa” refiere el fallo.

El tribunal dispuso una indemnización equivalente 100 mil pesos en concepto de daño físico, ya que el hombre debió ser anestesiado, operado y sometido a un reposo absoluto durante cinco meses para luego utilizar muletas y rehabilitarse kinesiológicamente. Por el daño moral el tribunal fijó una suma de 35 mil pesos, 700 pesos por los gastos de medicamentos y 2.522 pesos en concepto de daño material de la moto.

Respecto de la compañía aseguradora, Varela entendió que la firma no puede desvincularse de la causa. La magistrada refirió que el remís no era conducido por el asegurado, sino por un chofer habilitado por el titular a la vez que sostuvo que dicho vehículo se encontraba asegurado por la compañía frente a responsabilidad de terceros. Y agregó que la maniobra del conductor, que giró un U en una ruta, es una infracción a las normas de tránsito pero no se puede predicar que con esa maniobra hubo intencionalidad de causar un daño a tercero. Con este argumento, la jueza rechazó la declinación de la aseguradora y la compañía deberán afrontar el pago de la indemnización junto con el conductor del remís.

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