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A prisión por tener hambre

La Cámara de Casación bonaerense confirmó condena a tres “personas de bien” que en la crisis de 2001 mataron una vaca para alimentarse y darle de comer a sus familias. Su delito: “robo de ganado mayor”

En la crisis de 2002 volcó un camión jaula en Oroño y Cirvcunvalación.(Foto: Marcelo Manera)
En la crisis de 2002 volcó un camión jaula en Oroño y Cirvcunvalación.(Foto: Marcelo Manera)

“Ni la miseria, ni la dificultad de ganarse el sustento propio necesario y el de los suyos son presupuesto de la eximente del estado de necesidad”, afirmaron, en voto dividido, los integrantes de la sala primera de la Cámara de Casación bonaerense, que condenaron a prisión por el delito de “robo de ganado mayor” a tres personas que durante la crisis de 2001 habían matado una vaca para alimentarse y dar de comer a sus familias.
La Cámara de Casación confirmó así las condenas que habían recibido en primera instancia los tres acusados de robar una vaca para comerla, más allá de que ellos habían argumentado su “estado de necesidad” debido a su situación de pobreza, lo que les impedía mantener a sus familias.
De los tres condenados, uno obtuvo la prisión en suspenso y los otros dos sufrieron penas de entre tres años y tres años y medio, por lo que debieron ir a la cárcel.
De la documentación surge que el 12 de setiembre de 2005 el Tribunal Oral N°1 de Dolores condenó a los tres acusados como “coautores penalmente responsables de delito de robo de ganado mayor”.
Los hechos se ocasionaron en medio de la crisis argentina de fines de 2001. “El momento en que estos hechos se produjeran son tiempos en que el país se vio envuelto en una de las más serias crisis que más golpearon a los estratos sociales más desprotegidos”, dice el fallo.
Durante el juicio, varios testigos indicaron que los imputados eran “personas honestas que buscaban trabajo sin éxito y a su vez que eran responsables de familias numerosas”, a la vez que afirmaron que “lo sustraído fue con el propósito de consumirlo y no venderlo”.
Al emitir su fallo, el juez Benjamín Sal Largués, que votó en disidencia, sostuvo que “todos los imputados eran personas de bien que vivían propiamente de la caza y que «circunstancialmente» acudieron al cuatrereo para subvenir a las necesidades de los suyos”.
Sin embargo su postura no fue compartida por sus colegas Horacio Biombo y Carlos Natiello, quienes entendieron que “un estado de pobreza genérica no conforma la causa de justificación por la necesidad”.
“Resultan necesario que se trate de una situación apremiante cuya superación no admite demora”, añadieron los jueces, al avalar las condenas dictadas durante el juicio oral y público.

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