Política

Un giro de 180 grados

Caso Sain: la Justicia le ordena a la Legislatura archivar el proceso disciplinario

Un fallo de la jueza Calace Vigo hace lugar al amparo presentado por el ex ministro para que no se aplique en forma retroactiva la ley de incompatibilidades a través de la cual buscan suspenderlo como director del Organismo de Investigaciones del MPA. Y suma más ruido político e institucional


Tras el amparo presentado por Marcelo Sain, para que no se aplique en forma retroactiva la ley de incompatibilidades a través de la cual buscan suspenderlo de su cargo como director del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación (MPA), la Justicia resolvió a favor del ex ministro de Seguridad de la provincia y le ordenó a la Legislatura archivar el trámite, justo cuando diputados y senadores se aprestaban a votar su suspensión. Así se abre un nuevo capítulo del conflicto institucional que envuelve a sectores judiciales y políticos de los tres poderes del Estado de la provincia desde hace varias años, siempre con el órgano que aglutina a los fiscales como eje principal.

El fallo de la jueza laboral Paula Calace Vigo, de Rosario, hace lugar a la acción de amparo contra la provincia de Santa Fe presentada por Sain, a través de la cual solicita que se declare inconstitucional la aplicación retroactiva de la ley 14.016 (modificatoria de la ley 13.013) que establece incompatibilidades para que funcionarios del Poder Ejecutivo ocupen luego cargos en la Justicia.

Amparada en esa normativa, sancionada a fines del año pasado a partir de un acuerdo entre los bloques opositores, la Comisión Bicameral de Acuerdos había emitido un dictamen recomendando a las cámaras suspender por seis meses –y con una rebaja salarial del 50%– a Marcelo Sain del cargo de director del Organismo de Investigaciones del MPA.

Ese dictamen iba a votarse este jueves 1º de julio en sesión conjunta de ambas cámaras legislativas, pero ahora el fallo de la jueza Paula Calace Vigo le da un giro de 180 grados a los acontecimientos. Textualmente, le ordena a la Legislatura “dejar sin efecto y archivar la tramitación del sumario administrativo” del procedimiento disciplinario contra el titular de la policía judicial, Sain.

A lo largo de 11 carillas, el fallo judicial relata los hechos expuestos por Sain en su amparo: desde su renuncia al Ministerio de Seguridad, el pasado 19 de marzo, pasando por su pedido de reincorporación a su cargo actual en el MPA –formalizado tres días después, el 22 de marzo, y aceptado el 31 del mismo mes–, el proceso disciplinario iniciado por el fiscal regional de Santa Fe Carlos Arietti que desembocó en el dictamen de suspensión de la Comisión Bicameral, sin eludir el proceso de juicio político que terminó desestimado por la Legislatura en razón de la salida anticipada de Sain del gabinete del gobernador Omar Perotti.

Entre los argumentos que menciona la jueza Calace Vigo, sostiene que la ley 14.016 “implica la introducción del ‘control político’ del MPA santafesino, en perjuicio de la independencia y eficiencia como valores que los Estados deben fortalecer en los organismos de investigación y persecución, como lo fijan las Convenciones sobre Corrupción y sobre Crimen Organizado de la ONU”.

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Y advierte, además, que “bajo la excusa de un control recíproco entre los tres poderes del Estado se impone el control político de los funcionarios subalternos de la Fiscalía, cuando el control político del MPA como institución es un postulado distinto y contemplado ya en la ley 13.013 al establecer que el fiscal general, los fiscales regionales y la Auditoría General de Gestión están sujetos a responsabilidad política. En cambio, los fiscales y funcionarios deben seguir siendo controlados en base a un mecanismo objetivo, previsible y técnico; no político”.

En otro tramo de los fundamentos, la jueza señala que “hay una doble persecución sancionatoria por los mismos hechos que dan origen al acto lesivo, puesto que las conductas fueron evaluadas por la Comisión de Juicio Político del Poder Legislativo de Santa Fe, y que fue archivado. De modo que el procedimiento administrativo sumarial estaría violando el principio constitucional del non bis in idem” (nadie podrá ser procesado ni sancionado más de una vez por un mismo hecho).

Por último, el fallo sostiene que “uno de los elementos de cargo refiere a audios de mensajería (los mensajes de WhatsApp de Sain) que fueron obtenidos ilegalmente de una conversación privada, que no tenía como destinatario al público en general, en desmedro del derecho a la intimidad. Esto sin perjuicio de desconocer su veracidad e integridad por la edición que se le efectuó para difundir por la prensa. Todo lo cual no puede sustentar una acusación disciplinaria”.

 

Dos fallos en dos días

El fallo de la jueza Calace Vigo modifica por completo el escenario político cuando faltaban apenas pocas horas para la sesión conjunta en la que diputados y senadores debían votar el dictamen de la Bicameral que recomienda suspender a Sain en forma temporal, con una rebaja salarial del 50%, del cargo de director del Organismo de Investigaciones del MPA que ganó por concurso en 2018 y en el cual había pedido licencia en diciembre de 2019 para sumarse al gabinete provincial como ministro de Seguridad.

Una semana movida en lo que refiere a la disputa entre los distintos poderes del Estado, y también al interior de cada uno de ellos, por las potestades de control y de sanción de unos sobre otros. En ese sentido, cabe recordar que un día antes –el martes 29– la Corte Suprema de Justicia de la provincia se había manifestado a favor del régimen disciplinario vigente para los fiscales y defensores de la provincia.

Esa resolución se dio en el marco del llamado Caso Spelta y tuvo cuatro votos a favor (Roberto Falistocco, Rafael Gutiérrez, María Angélica Gastaldi y Eduardo Spuler) y dos en contra (Daniel Erbetta y Mario Netri). De esa manera, el máximo tribunal de la provincia sostiene que la Legislatura tiene potestad para investigar y sancionar a los fiscales, una resolución que tiene impacto sobre la situación actual de Sain, más allá de que ahora la ley cuestionada sea otra y que se pretenda nada menos que una aplicación retroctiva, según alega el ex ministro.

Los fiscales cuestionan el proceso contra Sain y denuncian control político de la Legislatura

Esa resolución de la Corte avaló la constitucionalidad de la 13.807, sancionada a fines de 2018, que le otorga a la Legislatura la potestad de evaluar la conducta de los miembros del MPA y del Servicio Provincial de la Defensa Penal ante faltas consideradas “graves” y además les otorga el poder de sancionarlos y eventualmente destituirlos. La decisión del máximo tribunal ratificó la validez de esa normativa.

En cambio, el fallo de la jueza Calace Vigo no trata sobre esa ley sino sobre el amparo presentado por Sain para que se declare inconstitucional la aplicación retroactiva de la ley de incompatibilidades que, al momento de su sanción –en noviembre de 2020–, había sido definida desde la Casa Gris como “ley anti-Sain”, en relación con que fue confeccionada a medida de la situación actual del ex ministro de Seguridad, un concepto que avala taxativamente la jueza rosarina en los fundamentos de su reciente fallo.

 

Los dos procesos

El proceso de juicio político contra Sain comenzó en marzo de este año a partir de una denuncia de la diputada nacional de la Coalición Cívica Lucila Lehmann, poco después de la viralización de los audios de WhatsApp en los cuales el por entonces ministro de Seguridad trataba en forma despectiva a la Policía santafesina (“negros pueblerinos”).

Ese proceso avanzó el la Legislatura hasta que, el 7 de junio, los integrantes de la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados de la provincia resolvieron –después de reunirse en forma virtual con la diputada Lehmann para escuchar sus argumentos– cerrar el expediente de juicio político y enviar las actuaciones a la Comisión de Acuerdos y al fiscal regional de Reconquista, Rubén Martínez, quien tiene a su cargo la investigación administrativa sobre la presunta incompatibilidad del ex funcionario en lo referido a su regreso al Organismo de Investigaciones.

Caído el juicio político por la renuncia de Sain al Ministerio de Seguridad, el proceso disciplinario siguió adelante y el miércoles 23 de junio la Comisión Bicameral de Acuerdos decidió darle curso a la resolución del fiscal Martínez de pedir la suspensión temporal de Sain por supuestas “faltas graves” cometidas durante su gestión como ministro de Seguridad de la provincia.

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En esa ocasión, los legisladores dictaminaron por amplia mayoría (9-2) la suspensión de Sain como director del Organismo de Investigaciones y ese dictamen estaba previsto que se votara en la sesión conjunta convocada por la vicegobernadora y presidenta del Senado, Alejandra Rodenas, para este jueves 1º de julio.

El presidente de la Comisión de Acuerdos, Fabián Bastía –diputado provincial de la UCR–, se había mostrado confiado –antes del fallo– en lograr el número suficiente para suspender a Sain por seis meses de su cargo en el MPA. Estaba previsto que votaran el dictamen los diputados y senadores del Frente Progresista, los senadores del bloque justicialista Juan Domingo Perón –que lidera el sanlorencino Armando Traferri– y los diputados y las diputadas de Cambiemos y de los bloques celestes. Con esos votos, la suerte de Sain estaba echada.

Sin embargo, el fallo de la jueza Calace Vigo –que ordena a la Legislatura “dejar sin efecto y archivar” el proceso contra Sain– vuelve las cosas al punto de inicio. Tras la difusión del fallo, los senadores y los diputados se encontraban evaluando si iban a realizar o a postergar la sesión conjunta prevista para este jueves.

 

La postura de los fiscales

La Asociación de Fiscales del MPA había fijado postura ante el proceso que se lleva adelante contra el actual director del Organismo de Investigaciones. Los fiscales provinciales aclararon que su intención no es defender “la persona” de Sain, sino alertar sobre las acciones de “naturaliza institucional” que, a su entender, son “ilegítimas, incorrectas y dañinas para el MPA”.

El último lunes la Asociación de Fiscales emitió un documento en el cual deja constancia de su “preocupación” sobre la situación institucional en el MPA. En líneas generales, los fiscales cuestionan el proceso disciplinario contra Sain por parte de la Comisión de Acuerdos, utilizando para ello la ley 14.016 que establece nuevas incompatibilidades para los cargos de fiscal general, fiscal regional, fiscal de grado, fiscal adjunto y para la función de director de cualquiera de los órganos de apoyo del MPA.

En ese escrito la Asociación de Fiscales aclara que el posicionamiento no es sobre la figura de Sain sino sobre el proceso: “Nos interesa dejar muy claro que la posición que adoptamos no tiene ninguna relación con ningún tipo de simpatía con la persona del Dr. Sain, quien frecuentemente ha despertado legítimas suspicacias en una gran cantidad de integrantes de nuestra Asociación con sus habituales declaraciones públicas, que en general nos han parecido injustas y desmesuradas, incluso agraviantes”.

“La posición que fijamos –continúan los fiscales– tiene raíz en preocupaciones de naturaleza estrictamente institucional. Nos interesa postular que las acciones que están teniendo lugar son ilegítimas, incorrectas y dañinas para el MPA y para la sanidad de esta institución”.

Los fiscales concluyen que las distintas modificaciones normativas sobre el funcionamiento del MPA demuestran que “la Legislatura viene ejerciendo el disciplinamiento de las y los fiscales”, lo que supone “una nueva derrota de la calidad institucional de la provincia”.

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