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Una para el lado de la justicia: espaldarazo de la Cámara Penal a la Cooperativa de Trabajo La Hoja

Los trabajadores fueron denunciados por la quebrada Yerbatera Martin y Fiscalía pidió no innovar para que la cooperativa no firmara cesión de crédito hipotecario que el banco Nación tiene sobre un campo en Misiones, bajo el argumento de que en forma dolosa lo desvalorizaron. El planteo fue rechazado


Trabajadores de la cooperativa esperando la decisión

Uno de los directivos de la fallida Yerbatera Martin denunció a los trabajadores cooperativizados en diciembre pasado. Aseguró que los socios que explotan la empresa desde el 2015 –en el marco de la quiebra y supervisados por un juez civil, trámite en el que además pagan a rajatabla un canon locativo– descuidaron y desvalorizaron adrede el campo de la empresa en Misiones con el propósito de bajar su valor para luego adquirirlo a través de una compra directa a un precio irreal. Ello derivó en que, en diciembre pasado, a días de firmarse la escritura de cesión de derechos litigiosos sobre ese crédito, que la cooperativa pagó a través de un convenio firmado con el Banco Nación bajo la supervisión del juez civil, la magistrada penal Silvia Castelli dispuso una medida de no innovar por 180 días, que se discutió en febrero pasado, cuando el juez Nicolás Foppiani la revocó. La Fiscalía apeló la decisión y este miércoles el camarista Gustavo Salvador confirmó el fallo de primera instancia, lo que validó la versión de los trabajadores acerca de que se trató a una maniobra que intentó despojarlos de sus legítimos derechos.

En 1998 la Yerbatera Martin entró en concurso de acreedores y en 2008 se decretó la quiebra. El caso recayó en el Juzgado Civil y Comercial de la 12a Nominación que estaba vacante, por lo que en los primeros ocho meses los trabajadores se quedaron cuidando los bienes de la empresa. Hubo varias firmas que intervinieron en la explotación y no pagaron canon; incluso una de ellas fue denunciada por trabajo esclavo.

Al juzgado llegó el magistrado Fabián Belizia, quien se hizo cargo de ordenar el proceso. Los trabajadores se cooperativizaron y se hicieron cargo de la explotación, pero en un momento el banco Nación, en un proceso especial, resolvió liquidar el bien que tenía hipotecado, el campo de la firma en Misiones; eso implicaba el fin de la cooperativa, explicó su representante legal, Héctor Superti.

Allí los trabajadores plantearon la posibilidad de pagar esa deuda y subrogarse en esos derechos, lo que fue acompañado por el juez de la quiebra. Se hicieron tratativas con el banco nacional que derivaron en distintos convenios de pago; finalmente los trabajadores lograron pagar la deuda al banco y, cuando estaban por formalizar la cesión de derechos litigiosos sobre ese crédito, llegó la denuncia.

En el caso no hay imputados pero la Fiscalía, a cargo de Mariano Ríos Artacho, pidió una medida de no innovar para que no se hiciera la escritura de cesión, bajo el argumento de que habían dañado en forma intencional el campo para disminuir su valor y lograr la compra del inmueble a un precio menor.

Superti explicó que el recorrido que hicieron los cooperativistas fue en el marco de la quiebra y lo habilita la ley. Pagaron la deuda y la subrogación de ese crédito buscó ingresar en un proceso de compra directa que tiene un procedimiento y es regulado por la ley, supervisado por el juez y que fue bloqueado por la Justicia penal. El abogado dijo que el problema fue que “después de 6 o 7 años la empresa funciona maravillosamente bien”.

Tras la exposición de las partes, el camarista se tomó diez minutos para resolver y durante casi media hora brindó una fundamentación concreta, punto por punto y poniendo de relieve el esfuerzo de los trabajadores.

El camarista mostró preocupación ante la posibilidad de que gente que ha estado trabajando durante tantos años vea cómo su capital de trabajo, su posibilidad de llevar todos los días el pan a sus casas se vea disminuida. Agregó que, con las inclemencias económicas que se viven en nuestro país, no puede preverse que una empresa se venga a pique., refirió.

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A lo que el magistrado sumó que, pretender que haya una conducta maliciosa, dolosa de parte de quienes forman parte de esta cooperativa para lograr una disminución de un valor para luego, en un trámite concursal, apropiarse durante un sistema de venta directa -previsto en la ley de quiebras- de un inmueble en total perjuicio de quien es el propietario, más allá de que no tenga la administración, no se demostró en esta instancia y es lo que dijo el mencionado juez Foppiani.

Dijo Salvador que un banco público como el Nación otorgó un crédito a una empresa para el desarrollo, mantenimiento, actualización de los sistemas. La empresa no lo pudo saldar y es así como se termina en un proceso concursal. Pero lo cierto es que, a través de una ley que le permite a los trabajadores hacerse cargo, resguardar la fuente de trabajo, tratar de subsistir con lo dificultoso de ello, lograron la suscripción con el acreedor de un convenio y pagar en las diferentes etapas hasta lograr esa cobertura de la deuda originaria.

Agregó el camarista que toda esta negociación no fue realizada entre cuatro paredes ni a espaldas de los otros acreedores y fue supervisada por el juez de la quiebra. Y agregó que, además de que la apariencia de responsabilidad no luce en esta instancia procesal proporcional a la medida que se intentó llevar adelante. Se dictó en diciembre por 180 días y pasaron 120, dijo Salvador, y añadió que, “humildemente”, no ve un avance desde diciembre en el caso, por lo cual confirmó la revocación de la medida cautelar.

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