Política

Decreto de Perotti en la mira

Tribunal de Cuentas de Santa Fe objetó el permiso a casinos para explotar juego online por 15 años

El organismo de control resaltó que el extenso plazo no se condice con el argumento de ofrecer una actividad alternativa frente a las restricciones por la pandemia. Y que esa modalidad no está regulada por ninguna ley. Beneficia al City Center, el de la capital y el de Melincué. Hay denuncia penal


El Tribunal de Cuentas de Santa Fe objetó el decreto 998/20 por el que, el 21 de septiembre, el gobernador Omar Perotti autorizó a los concesionarios de los casinos de la capital provincial, Rosario y Melincué a explotar juegos de azar en modalidad online o virtual. Y por el plazo de 15 años. El organismo, una de cuyas atribuciones es formular reparos administrativos y observaciones legales a los actos del Ejecutivo, recalcó que esa modalidad no está regulada por ninguna ley en el distrito (la que debería hacerlo es la 11998, y no la contempla). También destaca que el argumento oficial de permitir una actividad alternativa a las empresas de juego físicas ante las restricciones que el Estado les impuso por la pandemia no se condice con el extenso plazo del permiso. Por último, destaca que la habilitación contradice los contratos de concesión mediante los cuales se permitió la instalación de las salas de juego.

El decreto con la firma de Perotti refiere al casino Puerto Santa Fe SA de la capital, el City Center de Rosario y el Casino Melincué SA de la ciudad homónima.

“La modalidad online o virtual no se encuentra regulada en la actual ley 11998, ya que ésta sólo autoriza los Casinos y Bingos físicos o presenciales”, señala el texto del Tribunal de Cuentas rubricado por Lisandro Mariano Villar, María del Carmen Crescimanno, Dalmacio Juan Chavarri y Estela Imhof.

El decreto causó revuelo y generó una presentación penal de la oposición provincial, encabezada por el ex ministro de Seguridad y actual diputado del Frente Progresista Cívico y Social Maximiliano Pullaro, junto a su colega Fabián Bastía. El rechazo también tuvo eco en la Legislatura, donde el ex ministro de Gobierno Pablo Farías, legislador del mismo bloque, elevó un pedido de informes. De hecho, el cuerpo ya citó a las autoridades de Lotería de Santa Fe al recinto a que expongan los argumentos oficiales para la autorización del juego online.

“El Poder Ejecutivo no se halla facultado para autorizar el desarrollo de la actividad mediante el dictado de una norma de inferior rango”, como el decreto, señaló el Tribunal de Cuentas en referencia a la ley que no contempla la explotación del juego en modo virtual.

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Respecto del plazo de 15 años, el organismo resalta la contradicción entre “semejante extensión temporal” y los justificativos del permiso: “Si bien el fundamento para conceder estas nuevas autorizaciones está dado por la suspensión de las actividades de los casinos en función de la pandemia de covid-19 y sus consecuencias, el plazo por el cual se otorgan se extiende hasta el vencimiento de la concesión”. Concluyen que “el acto se encuentra viciado por no contar con la motivación suficiente”, agrega.

El pliego de la licitación por el que las actuales empresas de juego operan es otro de los puntos de las objeciones. “La habilitación que por el acto administrativo bajo análisis se pretende otorgar no se encontraba expresamente prevista, generando un cambio en los términos de la concesión oportunamente dispuesta”, apuntan.

Los miembros del Tribunal, a la vez, indican que la intervención de la Comisión Bicameral de Seguimiento creada por la ley 11998 –la que en 2001 permitió la radicación de casinos– “constituye un acto imprescindible para cualquier modificación posterior a realizarse en los términos de los contratos oportunamente suscriptos”.

Con todo lo anterior, el organismo de control concluye que “el acto (de habilitación del juego online) se encontraría viciado por esta omisión, y dicho vicio no es subsanable con la sola comunicación posterior”.

 

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