Edición Impresa

La Legislatura aprobó la creación del juzgado de pequeñas causas

La Legislatura provincial aprobó la creación de la Justicia comunal o de pequeñas causas, que estará a cargo de los jueces de paz. Santa Fe se convirtió así en la primera provincia en abordar esa temática.

La Legislatura convirtió ayer en ley el proyecto de reforma de la Justicia comunitaria, conocido con el nombre de pequeñas causas. La iniciativa enviada por el Ejecutivo en febrero de 2010 y votada en la Cámara de Diputados en mayo recién fue tratada por el Senado en la sesión de ayer. La Cámara alta introdujo una serie de modificaciones al texto original, que fueron consensuadas entre el oficialismo y la oposición. Así, el proyecto volvió a Diputados, donde fue aprobado –igual que en el Senado– por unanimidad. De este modo, Santa Fe se convirtió en la primera provincia del país en tener una Justicia Penal para las pequeñas causas.

La reforma sancionada ayer apunta a que los jueces comunales dejen de cumplir las funciones que le corresponden al Registro Civil –de las que se hará cargo el Ejecutivo– y, además, se busca descentralizar y descomprimir la Justicia para acercarla a la ciudadanía. El objetivo es reorganizar el sistema de Justicia y disminuir la carga jurisdiccional de los juzgados de primera instancia de distrito y de circuito, para lo cual se crearán nuevos tribunales en Reconquista, Rafaela y Venado Tuerto, los que se sumarán a los ocho nuevos que se crearán en Rosario y a los seis que le corresponden a Santa Fe.

El proyecto inicial fue cuestionado –en algunos aspectos– por la oposición y por los colegios de abogados. El artículo más polémico es el que refiere a la posibilidad de que las partes se presenten ante la Justicia sin patrocinio profesional. En el texto definitivo quedó establecida esa excepción para aquellas causas que no superen los 5 jus –menos de mil pesos–; siempre y cuando lo acuerden las dos partes, se podrá actuar sin el patrocinio de abogados. A partir de los 5 jus el patrocinio profesional es obligatorio.

Otros cambios respecto del proyecto original: no se admitirán las prórrogas de las competencias para que no se acumulen las demandas en Santa Fe y en Rosario y para ponerle fin a la especulación de las demandas de poca cuantía. Y se incorporarán a las competencias de los jueces comunales las materias vinculadas con el derecho agropecuario: arrendamientos, medianeras, por ejemplo.

El jefe del bloque de diputados socialistas, Raúl Lamberto, saludó el acuerdo alcanzado entre oficialismo y oposición para darle sanción a la iniciativa que modifica la ley orgánica del Poder Judicial: “Es una ley profundamente importante, sin antecedentes en la Argentina. Santa Fe es la provincia que va a estar a la cabeza de la formulación de un procedimiento informal, con mucha actuación verbal y con la idea de formular consensos. El juez, aparte de juzgar, va a ser un componedor entre las partes”, indicó Lamberto.

Para el legislador oficialista, la idea central de la reforma es hacer del servicio de Justicia no algo abstracto sino algo que alcance territorialmente a toda la provincia. A través de los nuevos juzgados comunales se va a extender el servicio a toda la superficie santafesina, ya que habrá más de 200 sedes judiciales para tramitar pequeñas causas.

En el Senado, el encargado de justificar la posición del PJ fue el representante del departamento Garay, Ricardo Kaufmann. “Este acuerdo es un tributo que el justicialismo está pagando para garantizar la gobernabilidad de la provincia”, señaló el senador, a la vez que advirtió que, como toda ley, la de pequeñas causas “es perfectible”. Kaufmann opinó que será necesario comprobar cómo funcionan en la práctica las nuevas reglas, de modo de poder introducir, en el futuro, nuevas modificaciones en caso de ser necesarias.

Uno de los cambios que establece la nueva ley está referido a los requisitos necesarios para desempeñar el cargo de juez comunal: ser mayor de 26 años, tener dos años de residencia inmediata en la provincia y tener título de abogado o de procurador con tres años de antigüedad como mínimo. Ese último requisito –la obligatoriedad del título profesional– fue incorporado en el segundo mandato de Jorge Obeid luego del escandaloso nombramiento de amigos y parientes como jueces de paz hecho por Carlos Reutemann en los últimos días de su segunda gestión. La novedad que agrega la nueva ley es el mecanismo de concurso para acceder al cargo, que además debe ser refrendado por la Asamblea Legislativa.

Los jueces comunitarios continuarán ejerciendo las competencias propias del Registro Civil cuando no haya en la localidad de su asiento oficinas específicas de la repartición y hasta tanto el Poder Ejecutivo disponga la creación de esas oficinas de forma separada e independiente de la Justicia comunitaria. La ley aprobada ayer entrará en vigencia a los 90 días de su publicación; mientras que las causas iniciadas con anterioridad continuarán con el trámite vigente al momento de su inicio.

“Este proyecto implica un cambio sustancial a la ley orgánica del Poder Judicial, ya que se jerarquiza la Justicia comunal, que ahora se denominará Justicia Comunitaria de las Pequeñas Causas”, dijo Lamberto.

Comentarios