Ciudad

Inédito fallo por un atropellado

La Justicia repartió responsabilidad entre el conductor y el fallecido. El hombre cruzó Circunvalación en estado de ebriedad y por un lugar vedado a los peatones.


accidentro-dentroLa Justicia local consideró tan responsable a un hombre que falleció al ser embestido cuando cruzaba la avenida de Circunvalación por un lugar no habilitado como al conductor que lo atropelló, en un fallo singular por el reparto de culpas. En su resolución, si bien el tribunal encontró al hombre responsable de su muerte por cruzar por donde no debía, también obligó al conductor a pagar 36 mil pesos a la familia del muerto porque el peritaje determinó que iba a casi 70 kilómetros por hora en un tramo donde la máxima es de 60. De esa manera, falló en su “obligación de conservar el dominio del vehículo y estar atento a las contingencias del tránsito”, tal como señala el fallo.

El 14 de abril del 2007 a las 20.30, Estanislao Ramírez, de 46 años, fue embestido por una Peugeot Partner cuando cruzaba el carril de la avenida de Circunvalación que va de norte a sur cerca del acceso al barrio Rucci, en el norte de la ciudad. El peatón usaba ropas oscuras y, según los peritajes médicos, había bebido de más: tenía 2,80 gramos de alcohol por litro de sangre. De acuerdo con la reconstrucción del hecho que logró la Justicia, quedó establecido que cruzaba la autopista donde no había paso peatonal.

En ese momento, un automovilista identificado por su nombre de pila –Diego– conducía la camioneta por el carril rápido e intentó frenar y esquivar a Ramírez sin lograrlo. Por la huella de frenado iba a no menos de 69 kilómetros por hora. El cuerpo sin vida de Ramírez permaneció tendido boca abajo sobre la carpeta asfáltica hasta las nueve de la noche, cuando personal del Servicio Integrado de Emergencias Sanitarias (Sies) llegó hasta el lugar y lo declaró fallecido.

La muerte de Ramírez se tradujo en dos causas en los Tribunales provinciales. Una en el Juzgado Correccional de la 10ª Nominación contra el conductor acusado de homicidio culposo, que fue a la Cámara de Apelación de Distrito en lo Penal IV donde se lo absolvió. Otra iniciada en 2011 por la madre de Ramírez contra el conductor que resolvió el Tribunal Colegiado Extracontractual 1.

El juicio para definir responsabilidades y penas por la muerte concluyó a fines del año pasado.

Una culpa compartida

“El hecho se debió a la conducta de la víctima y del demandado. El demandado por haber embestido a la víctima revelando con ello no haber tenido el dominio de su conducido al circular a una velocidad inadecuada y la víctima por haber cruzado en lugar no habilitado para el paso peatonal de tránsito fluido sin guardar la más mínima prudencia en ello, en estado de ebriedad”, señala la resolución de la Justicia santafesina. Sin embargo, los magistrados obligaron a pagar al conductor por el daño moral a la madre del hombre una suma total de 36 mil pesos. Como contraparte, la madre –que vive en el Chaco– deberá pagar la mayor parte de las costas del juicio. Entre las consideraciones de los magistrados se destacó que “la valoración de la vida humana no es otra cosa que la medición de la cuantía del perjuicio que sufren aquellos que eran destinatarios de todos o parte de los bienes económicos que el extinto producía, desde el instante en que esta fuente de ingresos se extingue”.

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