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Violencia de género

Femicidio de Vanesa Castillo: la provincia pagará los honorarios por el juicio al asesino

La Ministra de Igualdad, Género y Diversidad, Florencia Marinaro anunció que el Estado santafesino se hará cargo de las costas de la querella que asciende a unos 457 mil pesos en el juicio que condenó a cadena perpetua a Juan Ramón Cano


Luego que Silvia Castillo, hermana de la “Seño Vane”, la docente asesinada en Alto Verde el 15 de febrero de 2018, diera a conocer que el femicida Juan Ramón Cano fue declarado “insolvente” por la justicia y la familia de la víctima debía hacerse cargo de los honorarios de los abogados, se anunció que el Estado provincial será el encargado de afrontar el pago.

La Ministra de Igualdad, Género y Diversidad, Florencia Marinaro, confirmó que, a instancias del gobernador de Santa Fe, Omar Perotti, el gobierno tomó la decisión de que la cartera “realice todas las gestiones necesarias para que los costos del juicio no sean una nueva afrenta” para la familia.

Luego de una reunión entre la funcionaria y Silvia Castillo, Marinaro anunció a través de redes sociales que será el propio Estado santafesino el que pagará las costas de la querella, un monto que asciende a unos 457 mil pesos, en el juicio que condenó a cadena perpetua a Juan Ramón Cano.

La familia de una maestra asesinada debe pagar casi medio millón por el juicio al femicida

“Es preciso aclarar, además, que los y las fiscales, bajo la órbita del Ministerio Público de la Acusación, son quienes representan el interés de la sociedad a la hora del esclarecimiento de un hecho, por lo que llevan la tarea de investigar y acusar. En caso de querer constituirse en querella, todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a un o una profesional que los patrocine al que pueden acceder de forma gratuita en los Centros de Acceso a la Justicia en distintos lugares de la provincia”, agregó la ministra en su mensaje.

El femicida de Vanesa fue condenado en 2020 por los delitos de “homicidio triplemente calificado por alevosía, ensañamiento, por ser perpetrado por un hombre a una mujer y mediante violencia de género y lesiones leves dolosas”. El caso fue encasillado como femicidio “no íntimo”.

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