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Fallo Lucía Pérez

“El Estado no investigó lo suficiente”

La abogada rosarina y miembro de la OEA Susana Chiarotti cuestionó el fallo del Tribunal de Mar del Plata que absolvió a los acusados de abuso sexual y femicidio por la muerte de Lucía Pérez


Después de conocerse el fallo que absolvió a los acusados por la muerte de Lucía Pérez que desató el paro de mujeres de este miércoles, un grupo de especialistas de la Organización de los Estados Americanos (OEA) pidieron a la Corte Suprema de la Nación que revise la sentencia y garantice el acceso a la Justicia a la familia de la jóven. “El Estado no investigó lo suficiente. Hicieron las pericias con negligencia y no pudieron probar nada”, dijo a El Ciudadano Susana Chiarotti, la abogada que integra el Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (Mecsevi).

Clave

Chiarotti también puso el foco en las pruebas para definir si los acusados lavaron o no el cuerpo de Pérez para ocultar un abuso sexual. “El fiscal planteó que el cadáver fue lavado y vestido. Según los forenses, el hisopado de la nariz arrojó que Pérez había aspirado cocaína. Lo concluyeron porque tenía restos en la nariz. Eso no quita que los acusados hayan lavado el resto del cuerpo”, opinó Chiarotti.

“Soy garantista, pero no me gusta que dejen impune a un hombre que abusa de una adolescente que quiere probar drogas. Queda naturalizada la idea de «levántate a una nena, drogala, tené sexo, total no te va a pasar nada». Queremos que garanticen los derechos de las mujeres y el acceso a la justicia en caso de violencia”, agregó la abogada.

Desde el comité del que participa Chiarotti señalaron que la sentencia va en contra de las normativas internacionales y pidieron al máximo tribunal nacional que revise la decisión. “Pérez murió por ser mujer y no hay responsables. El fallo termina siendo disciplinador para las mujeres. Algo así como «miren qué les pasa cuando se meten donde no deben»”, dijo Chiarotti.

Para ella la muerte de Pérez fue un femicidio. “El tribunal no sancionó que hubo sexo fuerte, lo cual para mí es abuso. El acusado usó la droga para tener sexo con ella. Si hubiera sido un varón quizás simplemente le vendían la droga sin acercamiento sexual”, señaló.

Doble estándar

Una de los aspectos más cuestionados del fallo de Mar del Plata fue la exposición que los jueces hicieron sobre Pérez. “Aplicando las normas del derecho patriarcal, los jueces expusieron la vida privada en una vidriera. Sin ningún tipo de recato mostraron mensajes de WhatApp y fotos para evidenciar que la chica era independiente, empoderada y que todo lo hizo fue por su cuenta”, opinó Chiarotti.

“La vara para los acusados fue muy diferente. A ella le ponen la vida en la vidriera, cuando está desaconsejado, pero los jueces pidieron al fiscal que cuide la intimidad del acusado bajo el principio de reserva cuando trataban de mostrar que consumía porno y tenía una visión objetivada de las mujeres”, concluyó la abogada.

Belém do Pará es la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, y tiene rango constitucional. El Comité de Expertas del Mesecvi se encarga de monitorear su cumplimiento por parte de los Estados. Está conformado por expertas independientes y designadas por los países.

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