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El Concejo ordenó la creación de un compendio normativo sobre discapacidad

El Concejo Municipal aprobó en la sesión del jueves la creación de un Compendio Normativo en Materia de Discapacidad, que estará conformado por las normas de carácter nacional, provincial y municipal. “El objetivo de la complilación es ordenar todas las leyes, ordenanzas y resoluciones que aborden la problemática a fin de constituirse como un punto de referencia jurídico a la hora de abordar el diseño de políticas públicas locales para la inclusión de personas con discapacidad”, explicó el autor del proyecto, el edil socialista Aldo Gómez.

También se propone que en el compendio también se irán incorporando las futuras ordenanzas, decretos y resoluciones que se sancionen en relación con la temática.

Como antecedentes jurídicos, Gómez señala que, “con el retorno de la democracia, el Concejo Municipal de Rosario sancionó en 1984 la ordenanza 3745, producto de una ardua tarea de organizaciones que luchaban y siguen luchando por la inclusión de personas discapacitadas”, argumentó Gómez, quien reconoció la necesidad de avanzar en un marco de referencia para el avance en la normativa local.

Luego sobrevinieron adhesiones a leyes nacionales –la primera data de 1981 y fue el primer antecedente en Sudamérica–, normas sobre la conformación de espacios de articulación entre la sociedad civil y el estado municipal, el diseño de planes de accesibilidad, el abordaje del desplazamiento a través del Transporte Urbano de Pasajeros, la creación de espacios recreativos – deportivos – lúdicos, los talleres protegidos, entre otros.

“Esos son alguno de los productos de la labor legislativa de más de 20 años de sesión de nuestro Concejo Municipal, y de ahí la necesidad de recopilar sistemáticamente dichas normas y ordenarlas en un sentido lógico y temático” explicó el edil socialista quien también reconoció la necesidad de que “la política legislativa en materia de discapacidad debe estar inspirada en los principios fundamentales de respeto a la dignidad humana y a la libertad individual y de solidaridad e integración social, según lo señala la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, ratificada por nuestro país.

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ORDENANZA

Sr.

PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL

DON MIGUEL ZAMARINI

S.D.

Tengo el agrado de elevar a Ud. el proyecto de Ordenanza para la aprobación del Compendio Normativo en Materia de Discapacidad. El mismo tiene como propósito el ordenamiento de todas las normas de la materia que rigen en el ámbito municipal a fin de constituirse como un punto de referencia jurídico a la hora de abordar el diseño de políticas públicas locales para la inclusión de personas con discapacidad.

En marzo de 1981, durante el gobierno de facto, se dicta el Decreto-Ley 22.431, primera norma de orden nacional en Sudamérica que establece un sistema de protección integral para discapacitados, la cual abre un nuevo paradigma sobre la legislación en la materia en Argentina. Con el retorno de la Democracia, el Concejo Municipal de Rosario sanciona en 1984 la Ordenanza 3745, producto de una ardua tarea de organizaciones que luchaban y siguen luchando por la inclusión de personas discapacitadas. Será esta norma la que establezca el marco de referencia para el avance en la normativa local. La adhesión a leyes nacionales, la conformación de espacios de articulación entre la sociedad civil y el estado municipal, el diseño de planes de accesibilidad, el desplazamiento a través del Transporte Urbano de Pasajeros, la creación de espacios recreativos – deportivos – lúdicos, los talleres protegidos, la cuota de personal municipal para discapacitados, etc. son alguno de los productos de la labor legislativa en más de 20 años de sesión de nuestro Concejo Municipal. De allí la necesidad de recopilar sistemáticamente dichas normas y ordenarlas en un sentido lógico y temático.

También es necesario precisar que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, ratificado por nuestro país mediante la Ley 26378, introduce un cambio sustantivo en el paradigma de la discapacidad que pasa de abordarse exclusivamente desde la óptica de la salud, ha considerarse como una cuestión de Derechos Humanos. Es este sentido podemos resumir los principios rectores de la nueva normativa en los siguientes puntos:

Ÿ La política legislativa en materia de discapacidad ha de estar inspirada en los principios fundamentales de respeto a la dignidad humana y a la libertad individual y de solidaridad e integración social.

Ÿ El concepto social de la discapacidad, entendida como limitación, debe transformarse en concepto jurídico, en el sentido de forma especial de ejercer la capacidad. Dicho concepto es base de estudio y desarrollo en recientes normas y proyectos , en los que debe dejar de ser un “concepto jurídico indeterminado”.

Ÿ El concepto de “vida autónoma” debe entenderse como posibilidad del ejercicio de los derechos individuales sin barreras discriminatorias y no como “vida independiente”, pues todos somos dependientes, en mayor o menor medida, del entorno social y ambiental.

Ÿ El principio de “accesibilidad universal” no significa necesariamente que las ciudades, entornos y medios deban construirse pensando únicamente en las personas con discapacidad, sino que han de adaptarse a las distintas capacidades para asegurar la autonomía personal de éstas.

Ÿ Hay que tener especial cuidado en la redacción de las reformas legislativas, exigiéndose soluciones especiales para situaciones especiales, mediante la adopción de medidas de acción positiva tendentes a eliminar barreras discriminatorias.

Ÿ Una sociedad solidaria está obligada a proteger a las personas más vulnerables que, no siendo susceptibles de incapacitación legal, están en casos de dependencia o capacidad límite, por lo que es necesario ayudarlas a superar las limitaciones que las aíslan personal y socialmente.

Ÿ Es preciso desarrollar una política legislativa de sensibilización que supere las llamadas barreras psicológicas y culturales (prejuicios sociales), estimulando el trabajo solidario y voluntario y el tejido de nuevas relaciones sociales que entiendan a la sociedad como la convivencia de múltiples diversidades.

Son estos los principios sobre los cuales debe encararse la legislación en materia de discapacidad y las necesarias reformas sobre la legislación vigente, no sólo a nivel nacional sino también a nivel local.

El presente trabajo incluye nueve ejes temáticos dentro de los cueles se contienen las normas vigentes en la esfera local pero también se incorpora, en el primero de los apartados, las normas marcos a nivel provincial y nacional. Se incluyen comentarios y referencias a artículos específicos que se consideran de gran importancia en la enumeración de derechos, como ser los referidos a trabajo, educación, salud y vivienda, así como normas de derecho internacional y programas y proyectos específicos impulsados desde la Dirección de Inclusión para las Personas con Discapacidad de la Municipalidad de Rosario. A los apartados II a), IV, V y IX les precede una introducción con información complementaria de características particulares que abarca desde nociones conceptuales de la materia hasta iniciativas impulsadas en la ciudad.

Como cierre del trabajo se enuncian las numerosas fuentes consultadas para la confección del proyecto: documentos de organismos internacionales, estudios y opinión de especialistas, información oficial, páginas web, notas periodísticas, relatos de organizaciones, etc.

Resulta necesario avanzar decididamente en la inclusión social de las personas con discapacidad, eliminando las barreras materiales pero también las culturales. Es necesario avanzar hacia una igualdad real de oportunidades en el goce y ejercicio pleno de los derechos reconocidos. Un compendio en materia de discapacidad es una invitación a valorar lo que hicimos y lo que no pudimos hacer, pero sobre todo un desafío para construir juntos los que nos hace falta.

En virtud de ello, y a los efectos de seguir haciendo de Rosario una ciudad inclusiva y solidaria, el concejal abajo firmante, eleva para su consideración y aprobación, el siguiente proyecto de:

ORDENANZA:

Artículo 1°: CREASE el Compendio Normativo en Materia de Discapacidad, el que estará conformado por las normas de carácter nacional, provincial y municipal que integran el Anexo, que forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo 2°: El Compendio creado por la presente será incluido en el Digesto Municipal.

Artículo 3°: Serán incorporadas al Compendio las futuras Ordenanzas, Decretos y Resoluciones que se sancionen en relación al tema de Discapacidad, así como también comentarios volcados a la normativa contenida en ella.

Artículo 4°: El Departamento Ejecutivo incluirá el Compendio Normativo en Materia de Discapacidad en el sistema normativo digital de la página web oficial.

Artículo 5°: Comuníquese con sus considerandos.

RESOLUCIÓN:

Artículo 1°: El Concejo Municipal editará el Compendio Normativo en Materia de Discapacidad en ejemplares de soporte papel y digital para su distribución entre las organizaciones de personas discapacitadas y otras instituciones que lo requieran.

Artículo 2°: De forma.

Antesalas, octubre de 2009

Concejal Aldo Gómez

Bloque Socialista

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