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El asunto no es para bromas

Una mujer denunció por discriminación a una sucursal del Coto tras descubrir que en su envío a domicilio alguien había escrito “glúteos grandes” en el lugar del destinatario. Ahora reclama medio millón de pesos como resarcimiento.


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Una docente de 40 años presentó una demanda por medio millón de pesos contra la sucursal que tiene el supermercado Coto en el shopping Alto Rosario por “discriminación injusta, arbitraria y lesiva”. Todo comenzó cuando la mujer realizó una compra en el comercio con el modo “envío a domicilio”. Hasta ahí, nada fuera de lo común. El tema es que poco tiempo después, revisando el ticket, descubrió que en el lugar donde se coloca el nombre y apellido del destinatario alguien que efectuó el despacho había escrito “glúteos grandes” como identificación del cliente. Esto hizo que iniciara en el Juzgado Civil y Comercial Nº 17 una acción judicial amparándose en uno de los artículos de la ley de Defensa del Consumidor (ver recuadro) sobre situaciones vergonzantes, vejatorias o discriminatorias. Además, se anunció que se llevará el caso ante el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi).

El abogado de la mujer, Oscar Pandiani, contó a este diario que “el tema está siendo estudiado por varios jueces”. “Mi cliente es una docente, intelectualmente formada y que fue sometida a una auténtica situación de humillación. El ticket tiene un espacio que dice nombre y otro que dice apellido. En lugar de poner el nombre o el apellido pusieron lo que se considera un acto de discriminación. En ese momento había hecho una compra de más de mil pesos, una adquisición importante. Esto lo descubre no inmediatamente y cuando se da cuenta entiende por qué en el momento que fue a dar los datos a la que se denomina, creo, caja central, se reían algunos empleados. Se reían, por la broma que le estaban haciendo, una vergüenza”, destacó.

“Antes de la demanda se hicieron una serie de medidas previas como el aseguramiento de prueba. La empresa se encarga de negar todo, niega que el ticket es de ellos. Ahí es cuando se hace una pericia y el perito determina no sólo que el ticket es del supermercado sino que la impresión del ticket corresponde a las dos máquinas que en una de las medidas se cautelaron. Es decir, se identificaron y se las dejaron al supermercado en calidad de depositario judicial. O sea que está más que probado que ese ticket salió del comercio”, agregó el profesional.

El abogado explicó que “a partir de eso se inicia la demanda principal con fundamento en la ley de Defensa del Consumidor y se está corriendo en este momento una denuncia en el Inadi para que tome cartas en el asunto”. “Lo que se pide es medio millón de pesos por daño patrimonial, daño moral y se pide también por un daño punitivo”, aclaró.

“No sé con qué frecuencia ocurren casos como éste. Yo recuerdo que hace dos años aproximadamente en un restaurante de Miami ocurrió algo similar con tres comensales. También en el ticket les habían puesto algo relacionado con el aspecto físico de alguno de ellos. No sé cuántas veces pasa acá. Ahora parece que además de controlar el precio hay que controlar otras cosas. No es un tema que hay que dejar pasar por alto”, afirmó.

Hacer la denuncia

Consultada al respecto, la titular del Inadi en Santa Fe, Stella Vallejos, remarcó que en casos como éste “lo importante siempre es hacer la denuncia, no dejarlo pasar de ninguna manera”. “Nadie merece que alguien se le burle o ser descalificado. Está bueno que no se naturalicen estas cosas porque estamos en una sociedad donde se privilegian algunos atributos como la belleza, ser jóvenes, sanos, de piel blanca, heterosexuales y aquél que se sale del marco suele ser discriminado. Entonces siempre es saludable que una persona que haya recibido una ofensa recurra a las herramientas que le da la democracia”, subrayó.

“Las denuncias relacionadas con el aspecto físico se dan más que nada en el ámbito escolar”, añadió Vallejos.

“Cuando ocurren en el ámbito adulto, en algún espacio público, es importante que se haga la denuncia porque la persona mayor suele estar más fortalecida y suele ser importante como ejemplo para los más chicos. Hay una cosa que es terrible y es que en muchas ocasiones los chicos que son burlados se sienten culpables y piensan que los otros tienen razón. Es más, en los casos donde no los dejan entrar a los boliches hasta cambian su aspecto para ser aceptados y lo que nosotros proponemos es que se respete la diversidad, que se entienda que somos todos diferentes pero iguales en nuestros derechos”, concluyó.

Trato digno y equitativo

La ley de Defensa del Consumidor establece en el artículo 8º bis que toda persona tiene derecho a un trato digno. “Los proveedores deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios. Deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias. No podrán ejercer sobre los consumidores extranjeros diferenciación alguna sobre precios, calidades técnicas o comerciales o cualquier otro aspecto relevante sobre los bienes y servicios que comercialicen. Cualquier excepción a lo señalado deberá ser autorizada por la autoridad de aplicación en razones de interés general debidamente fundadas”, se destaca.

“En los reclamos extrajudiciales de deudas deberán abstenerse de utilizar cualquier medio que le otorgue la apariencia de reclamo judicial. Tales conductas, además de las sanciones previstas en la presente ley, podrán ser pasibles de la multa civil establecida en el artículo 52º bis de la presente norma, sin perjuicio de otros resarcimientos que correspondieren al consumidor, siendo ambas penalidades extensivas solidariamente a quien actuare en nombre del proveedor”, agrega.

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