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Víctima de 14 años

Fiscales santafesinos apelan absolución por trata

El año pasado la Cámara anuló el fallo mediante el cual los imputados fueron absueltos y ordenó la realización de un nuevo juicio. Los jueces otra vez absolvieron a los acusados y ahora los fiscales apelaron nuevamente a Casación.

Fiscal Federal Martín Suárez Faisal

El titular de la Fiscalía General ante el Tribunal Oral Federal de Santa Fe, Martín Suárez Faisal, y el fiscal a cargo de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), Marcelo Colombo, presentaron un nuevo recurso de Casación por la sentencia que había sobreseído nuevamente a cinco personas acusadas de secuestrar y explotar sexualmente a una joven menor de edad en septiembre de 2010. Los fiscales indicaron que los jueces tuvieron en cuenta “solo algunos testimonios, y de forma parcial, para poder desacreditar la versión lineal que dio la víctima en sus diferentes declaraciones respecto de los hechos que sufrió y que inevitablemente dejaron secuelas en su persona para siempre”.

El caso había llegado a juicio oral en 2013. En esa oportunidad, los jueces absolvieron a los imputados. Entre otras cosas, argumentaron que tomaban esa decisión porque habían encontrado contradicciones en las diferentes declaraciones de la víctima (en la etapa de la instrucción, en la cámara Gesell y en la audiencia de debate). Entonces, en octubre de ese mismo año, los representantes del MPF recurrieron la sentencia. Finalmente, en febrero de 2015, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de Casación presentado, anuló la sentencia y ordenó la realización de un nuevo juicio ante un nuevo Tribunal que comenzó el 22 de febrero de 2016 y finalizó el 1 de marzo, cuando los jueces volvieron a absolver a los acusados.

En esa línea, los fiscales sostuvieron que “no han quedado dudas sobre la participación que les cupo a cada uno de los imputados en los hechos que fueron motivo de la acusación fiscal” y consideraron que el fallo “se limita a realizar un análisis parcial de la prueba producida durante el debate”.

Los representantes del MPF indicaron que este nuevo Tribunal basó su resolución en supuestas contradicciones en la declaración de la víctima. Sobre este punto, señalaron que, “además de no ser dirimentes, obedecen, por un lado, a la reiteración de declaraciones a las que fue sometida la víctima con su claro sesgo revictimizante, y a los efectos postraumáticos de la propia vivencia que sufrió”. En ese sentido, remarcaron la “gravedad de la solución dada al caso” y pusieron en tela de juicio “la imparcialidad misma del tribunal de juicio que desde la evaluación de las pruebas ofrecidas por las partes reveló una postura tendenciosa a investigar en cierta forma a la víctima en sus dichos”.

“En definitiva, cabe inferir que el temperamento absolutorio que adoptó el Tribunal se sustentó en descalificar el relato de la niña, y creemos que eso se hizo sobre la base de preconceptos y prejuicios culturales y sexistas”, agregaron.

Finalmente, consideraron que la Cámara Federal de Casación Penal “debe hacer lugar al recurso deducido, casar la sentencia impugnada, anularla por faltar y/o ser contradictoria la fundamentación y resolver el caso con arreglo a la ley, a la doctrina y a la jurisprudencia cuya aplicación se estima adecuada”.

“En tal sentido, estimamos prudente que el Tribunal casatorio dicte una nueva sentencia condenando a los imputados en los términos solicitados en el juicio por este Ministerio Público Fiscal, tal y como lo resolvió en otro precedente”, concluyeron.

El caso

La investigación había comenzado en septiembre de 2010, cuando la madre de la víctima, quien en ese entonces tenía 14 años, realizó una denuncia en una comisaría de Santa Fe por la desaparición de su hija. Se estableció que la chica habría sido captada por otra mujer también menor de edad que, pretendiendo una amistad y engañándola a la salida de un local bailable, la condujo hasta un supuesto remis donde le dio de tomar una bebida que le hizo perder el conocimiento.

Di Stéfano, quien conducía el automóvil, las llevó hasta un rancho ubicado en la localidad de San José del Rincón, dentro de un terreno que pertenecía Miriam Graciela Villalba, madre de Rulera, y Víctor Gabriel Villalba Jara. Según la investigación, en el lugar explotaban sexualmente a otras chicas que también se encontraban cautivas. Finalmente, la joven fue encadenada, encapuchada, drogada y privada de su libertad.

El hijo de la dueña se encargaba, mediante golpes, de asegurarse el trato de la víctima con los hombres prostituyentes, al mismo tiempo que impedía el contacto con las otras chicas secuestradas. Además, la organización estaba integrada por el novio de la captora y un funcionario policial. Ambos colaboraban manteniendo las condiciones de privación de la libertad y sometiendo a la víctima a abusos sexuales en reiteradas oportunidades.

Durante el primer debate oral, el Tribunal Oral Federal compuesto por José María Escobar Cello y María Ivón Guadalupe Vella había solicitado que se practique un “estudio de personalidad” atendiendo un pedido solicitado por el defensor de uno de los imputados. Como consecuencia, el fiscal Suárez Faisal presentó un recurso de Casación para impedir que se concretara la práctica. Sin embargo, los jueces entendieron que el pedido del representante del MPF no era admisible. Ante esa negativa, Suárez Faisal, conjuntamente con el fiscal Colombo de la Protex, recurrieron la Cámara Federal de Casación Penal, que finalmente hizo lugar al recurso de los fiscales contra la práctica ordenada por los jueces del TOF, acorde con la recomendación de la Corte Suprema que indica evitar la revictimización de los menores de edad y el sometimiento a prácticas innecesarias que la obliguen a revivir un hecho de una profunda dimensión traumática.

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