Ciudad

En marzo cierra el registro de los médicos “objetores”

Son los que se niegan a realizar los abortos que la ley permite o rechazan las prácticas anticonceptivas. 

Por: Diego Montilla

El Registro de Objetores de Conciencia a prácticas en salud sexual y reproductiva estará finalizado para el próximo mes de marzo. Así se lo confirmaron a El Ciudadano desde la Secretaría de Salud Pública del municipio, desde donde además remarcaron que a partir del mes que viene se comenzarán a analizar caso por caso las respuestas de los distintos profesionales sanitarios con el objetivo de “ir armando una grilla” para que no haya inconvenientes a la hora de llevar adelante prácticas médicas en casos de abortos no punibles, ligadura de trompas o vasectomías y demás intervenciones ligadas a la salud sexual y reproductiva en los centros de salud pública. Cabe destacar que la confección del registro ya tendría que haber estado finalizada a fines del año pasado, y que esta prórroga fue decidida desde el Ministerio de Salud de la provincia.

El secretario de Salud Pública municipal, Lelio Mangiaterra, dijo que la conformación del registro sigue su curso. “La cuestión sigue avanzando. Fue el propio ministro de Salud provincial (Miguel Ángel Cappiello) quien decidió postergarlo hasta marzo, fecha en que estará culminado. Por lo que hemos podido ver, a grandes rasgos, hay algunos profesionales que objetan algunos de los puntos planteados en los formularios, pero hay que aclarar que todavía no hemos hecho una lectura en profundidad de los mismos”, comentó el funcionario.

“En poco tiempo, calculo que a partir del mes que viene ya comenzaremos a evaluar las respuestas para poder ir determinando con qué nos encontramos a la hora de tener que realizar prácticas determinadas. Tendremos que evaluar caso por caso los informes y a partir de allí se procederá al armado de una grilla que asegure la atención en los distintos centros de salud públicos”, añadió el secretario de Salud.

Mangiaterra recordó que el registro abarca a todos los profesionales de la salud pública de la provincia “vinculados al área de la tocoginecología”. “Tanto los médicos como los enfermeros que se desempeñan en esa rama tienen la posibilidad de plantear su objeción de conciencia tanto por razones personales como por otras que pueden vulnerar su conciencia para actuar frente a determinados casos. Allí los distintos profesionales pueden decir en qué actos médicos realizan la objeción. Acá lo que es importante es que se está trabajando en la construcción de un registro que contenga el listado de profesionales de la salud que se niegan a atender a las pacientes que llegan a los efectores públicos pidiendo que se les practique un aborto no punible o alguna otra práctica ligada a sus decisiones en materia sexual o reproductiva”, explicó.

Sobre cuándo se empezaría a aplicar esto mismo en el ámbito de la salud privada, el secretario de Salud Pública explicó que su implementación está pensada para una etapa posterior. “Eso forma parte de un segundo paso, de otra instancia. Por ahora tiene exclusiva vigencia pública y se extiende a todos los efectores de la provincia”, respondió.

Cabe recordar que –tal como se informó en su momento– el registro será publicado en internet y deberá estar disponible en todos los centros de salud para que usuarias y usuarios de los servicios conozcan quiénes son los objetores de conciencia. Además, la resolución, que fue promulgada en abril del año pasado, da por hecho que el jefe de servicio no puede ser objetor de conciencia, ya que junto con el director de cada hospital y el propio Ministerio, en caso de que hubiera problemas, son los tres estamentos que deben garantizar que el servicio funcione.

Así las cosas, el Ministerio de Salud envió a los nodos de salud y a los efectores la resolución con la copia de la declaración jurada que deben firmar los agentes del sistema de salud. Las declaraciones juradas se firman por triplicado: una queda en el hospital, otra en el Nodo y otra va a la Dirección de Maternidad e Infancia del Ministerio.

Según se remarcó en su oportunidad, “el registro es una herramienta que garantizará el acceso de los usuarios de los servicios de salud sexual y reproductiva a las distintas prácticas previstas por ley, así como al aborto no punible. En el formulario realizado por el Ministerio –con la participación del Consejo Asesor de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva– está especificada cada práctica, y hay algunas que tienen ítems discriminados. Por ejemplo en anticoncepción hormonal oral, el trabajador puede objetar el darle pastillas anticonceptivas a menores. En cuanto a ligadura tubaria, el profesional también se puede negar a realizar esa práctica, o hacerla sólo en determinados casos. De la misma manera ocurre con los restantes métodos para evitar los embarazos.

En cuanto a la atención humanizada de las mujeres que cursan un post-aborto, estas deben ser siempre atendidas y no caben las objeciones.

Sobre el aborto no punible, los profesionales pueden objetar, pero todos los servicios públicos deben garantizar que cuentan con personal en condiciones de hacerlo, de acuerdo con la ley provincial que adhiere a la guía elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación donde se estipula, claramente, cómo se hacen y en qué casos. Allí también se especifica que no se deben judicializar estas situaciones, ya que el Código Penal las contempla”.

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