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Santa Fe se encamina a un año electoral fruto del consenso

Por: Ezequiel Nieva.- Todo apunta a que comicios locales y nacionales se realicen en la misma fecha: primarias 11 de agosto y generales 27 de octubre.


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En la última semana, fruto del diálogo entre las distintas fuerzas políticas de la provincia, se arribó a un consenso absoluto en cuanto al sistema electoral a utilizar este año –se usará la boleta única para los comicios de concejales, intendentes y comisiones comunales– y también en lo referido al cronograma, ya que todas las autoridades partidarias que se entrevistaron con el ministro de Gobierno, Rubén Galassi, coincidieron en la conveniencia de que ambas elecciones –locales y nacionales– se realicen en la misma fecha: las primarias el 11 de agosto y las generales el 27 de octubre.

Para que se termine de formalizar el cronograma electoral faltan dos elementos: por un lado, el aval de la Cámara Nacional Electoral –máxima autoridad en la materia– para que se puedan usar, el mismo día, dos sistemas diferentes –la boleta única y la sábana para las legislativas nacionales–; por el otro, la sanción definitiva, en la Legislatura provincial, de la ley por la cual se acortan a 100 días los plazos de la campaña electoral, proceso que en la actualidad demanda seis meses (180 días).

Ese proyecto, que ya tiene media sanción del Senado, será tratado el jueves 14 por la Cámara de Diputados. Presentada por el senador justicialista Danilo Capitani, la iniciativa fue votada por la Cámara alta el 4 de octubre de 2012 y tiene por objetivo acortar a poco más de 100 días los plazos de la campaña electoral, a los fines de que los presidentes comunales –principales impulsores de la medida– tengan mayor tiempo de gestión y no deban perder un cuarto de su mandato en el proceso electoral.

La iniciativa introduce reformas a las leyes 12.367 y 6.808 a los fines de acortar los plazos de convocatoria a elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias para cargos provinciales y también en lo que refiere a la presentación de candidaturas y alianzas. Se reducen la extensión de los procesos establecidos en la ley 12.367 de primarias abiertas, simultáneas y obligatorias, por lo cual la convocatoria deberá realizarse con una antelación no menor a 42 días y no mayor a 80 días corridos respecto del día de las elecciones generales.

En cuanto a las listas de candidatos y a la presentación de los partidos políticos o alianzas electorales, la inscripción se realizará en el plazo comprendido entre la publicación de la convocatoria a dichas elecciones y hasta 65 días anteriores a las mismas. El plazo de las adhesiones será de hasta 14 días posteriores a la fecha fijada como la del vencimiento para la presentación de las listas.

“Los presidentes comunales tienen, en la actualidad, un mandato de 24 meses y, como la ley electoral 12.367 de elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias contempla plazos de seis meses de campaña, les queda solamente un período de 18 meses de gestión. A su propio pedido, se busca el acortamiento de esos plazos”, se explica en los fundamentos del proyecto.

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