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Reducen pena por violación

El Tribunal de Casación Penal Bonaerense bajó la condena a un pastor evangélico por entender que las víctimas, de 14 y 16 años, eran de un nivel social que acepta mantener relaciones sexuales a corta edad.

El Tribunal de Casación Penal bonaerense redujo a la mitad la condena impuesta a un pastor evangélico por la violación de dos chicas de 14 y 16 años, por entender que las víctimas eran de un nivel social que acepta relaciones sexuales a corta edad y porque ya habían estado con otros hombres.

El fallo dictado por la sala I, ya fue apelado ante la Suprema Corte bonaerense por el fiscal de Casación adjunto, Jorge Roldán, quien consideró que la decisión “discrimina a los sectores sociales más humildes y por ende más vulnerables a determinados delitos”.

El imputado, Francisco Hablaos (59),de nacionalidad paraguaya, había sido condenado por el Tribunal Oral 4 de Morón a 18 años de prisión por cuatro abusos sexuales con acceso carnal agravados por ser ministro de un culto, en concurso ideal con dos hechos de promoción de la corrupción de menor de edad calificados por intimidación.

Los hechos ocurrieron en abril y agosto de 2000 en la Iglesia Evangélica Jesús es el Camino del barrio Parque San Martín, en la localidad bonaerense de Merlo.

En el fallo, el camarista Horacio Piombo, a cuyo voto adhirió Benjamín Sal Llargués, afirmó que “lo hecho por el encartado, tener relaciones con mujeres que viven en comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas (…) no lo veo como algo moralmente edificante, pero tampoco como un quehacer aberrante”.

Sostuvo que tampoco es “repulsivo, que hiera la integridad sexual o que constituya, como se ha dicho, la pompa de la deshonestidad, marcando al concepto de honestidad con el variable contenido actual”.

El camarista tuvo en cuenta también para bajar la pena que las adolescentes “poseían experiencia sexual –incluso en yacer con otros hombres– y respecto de las cuales también operó el ejemplo brindado por otros sujetos para convencerlas de tener sexo natural con el objeto de estar en condiciones de concebir un hijo”.

Para justificar su voto, Piombo dijo que entiende que “todos los delitos que se edifican sobre conceptos sociales o culturales, sufren el impacto de la transformación del significado que tales entidades del lenguaje sufren con el correr de los años”.

El fallo fue revisado por Casación luego de que la defensa del pastor lo apelara, ocasión en la que el fiscal Carlos Altuve se había opuesto a una absolución o rebaja de la pena.

Altuve había remarcado que el acusado aprovechaba la “enorme influencia moral” que tenía sobre las víctimas –limitaciones culturales mediante– y tras difundir primero el temor de la inminencia del fin del mundo se presentaba como “la encarnación de un espíritu salvador” Con esa excusa, decía que la única salvación para las adolescentes era ser fecundadas por él.

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