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Ratifican procesamiento por estafa contra abogada

La Cámara Penal avaló la resolución dictada por el juez Donnola contra la profesional demandada.

La Sala I de la Cámara Penal ratificó el procesamiento por estafa contra una abogada del fuero local, quien fue denunciada por una clienta, quien aseguró haberle prestado 10 mil dólares y 15 mil pesos a su representante legal, quien le ofreció invertirlos en la Mutual de Manuel Ocampo, localidad del partido bonaerense de Pergamino y nunca más recuperó el dinero. Durante la tramitación del proceso surgieron otros testimonios que involucraron a la abogada en casos similares donde los damnificados habrían entregado fuertes sumas de dinero para una inversión a cambio de una ganancia mensual que nunca se hizo tangible. Los camaristas avalaron la resolución del juez Juan Andrés Donnola y sostuvieron que la letrada creó un escenario de confianza apto para lograr un ámbito de seguridad en las promesas efectuadas a una mujer de avanzada edad, circunstancias que fueron aprovechadas por la curial “para inducir a engaño a su clienta en cuanto a las supuestas operaciones que le proponía, captando así su voluntad para cerrar con el suministro de fondos prima facie fraudulentamente obtenidos” refiere la resolución.

Rosa F. actualmente tiene 78 años y durante largo tiempo mantuvo una relación de confianza con su abogada, identificada como María R., quien en un momento le propuso invertir dinero en una mutual de Pergamino, ciudad ubicada al noroeste bonaerense, de donde la profesional es oriunda. La mujer accedió a la propuesta y entregó 10.000 dólares y 15.000 pesos que había obtenido de un seguro, dinero que estaba destinado a la compra de una vivienda para sus nietos. Como la operación no daba sus frutos, la hija de la denunciante se presentó en varias oportunidades ante la letrada a reclamar el efectivo y obtuvo la firma de un pagaré, pero el dinero nunca apareció. Por lo que la anciana denunció el hecho penalmente.

La causa recayó ante el Juzgado de Instrucción de la 7ª Nominación, a cargo de Juan Andrés Donnola, y durante la tramitación de la causa surgieron testimonios similares de otros damnificados que le habrían entregado dinero  a la sospechosa con el fin de obtener réditos económicos, muchos de ellos colegas de la letrada.

Terminada la instrucción el magistrado procesó a la abogada por estafa y el fallo fue apelado. La defensa de la mujer sostuvo que las mismas actividades por las que fue procesada fueron realizadas por otros declarantes en la causa y esos actos quedaron impunes a la vez que solicitó el apartamiento del juez por prejuzgamiento, al entender que  tiene un pensamiento incriminador hacia su clienta. El defensor concluyó su exposición afirmando que no existió ardid, engaño o dolo por parte de su defendida, y que la denunciante no era una persona ingenua o fácil de engañar, sostiene el fallo.

Pero la Sala I de la Cámara Penal desechó el planteo y confirmó el procesamiento al entender que el relato de la denunciante aparece verosímil y apoyado por elementos externos a su testimonio.

Los jueces Carina Lurati, Alfredo Ivaldi Artacho y Ernesto Pangia sostuvieron que en el año 2008 –cuando se produjo el hecho–  la denunciante contaba con 76 años y que la acusada fue apoderada de la mujer desde el año 2001, lo “que crea un escenario de confianza apto para lograr un ámbito de seguridad en las promesas efectuadas por la abogada en el trato con su poderdante” y agregaron: “El cuadro apuntado y las evidencias, permiten mostrar que ello fue aprovechado por la curial para inducir a engaño a su clienta en cuanto a los supuestas operaciones que le proponía”, refiere el fallo.

Los magistrados desecharon los planteos relacionados a la supuesta persecución selectiva y al apartamiento del juez instructor y aconsejaron utilizar los canales idóneos al respecto. A la vez que confirmaron el procesamiento de la letrada al entender que los elementos probatorios son suficientes para afirmar la existencia de un probable fraude.

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