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Polarizados: hay reglas claras

El municipio difundió la manera en que se aplicará la ordenanza sobre láminas de seguridad y protección solar. En sintonía con la ley nacional, sólo estará autorizada la tonalidad “intermedia” en gris o negro.

El gobierno municipal informó ayer acerca de la reglamentación de la norma sobre vidrios polarizados, que habilita expresamente sólo la tonalidad intermedia  en gris o negro, con el objetivo de garantizar su cumplimiento, se informó oficialmente. 

En una conferencia de prensa en el salón Belgrano del Palacio Municipal, el secretario de Gobierno, Fernando Asegurado, informó sobre el decreto reglamentario firmado recientemente por el intendente Miguel Lifschitz de la ordenanza que regula la colocación de láminas de seguridad y control solar (polarizados) en los vehículos, que además de habilitar la tonalidad intermedia prohíbe los espejados y semiespejados, a la par que precisa pautas sobre la habilitación y contralor de los comercios encargados de su instalación. Estuvieron presentes, además, el director de Tránsito municipal, Henry Fabbro, y representantes de empresas y comercios autorizados.

Durante el encuentro, Asegurado sostuvo: “Hemos reglamentado esta ordenanza después de un largo trabajo que demandó un profundo estudio de las cuestiones técnicas, jurídicas y de consenso con respecto al trabajo y la responsabilidad que van a tener las empresas”. Y aseveró que “la ordenanza que sancionó el Concejo y que permite una tonalidad intermedia convierte a Rosario en la primera ciudad del país en encuadrar lo legal con la realidad que circula en las calles”.

Asimismo, destacó la importancia de “poder llevar adelante esta reglamentación aunando criterios con lo trabajado desde el propio Ejecutivo municipal y el gobierno de la provincia de Santa Fe, además de la valiosa participación de representantes de los comercios especialistas en el área”.

El decreto reglamentario responde a lo dispuesto en la ordenanza 8.562, por medio de la cual se modifica el llamado Nuevo Código de Tránsito en lo referido a los vidrios de seguridad para automotores. Tal modificatoria estableció que “al respecto de los vidrios de seguridad regirá lo dispuesto en el anexo F del decreto nacional 779/95, reglamentario de la ley 24.449”.

La normativa está en sintonía con reglamentaciones de tránsito vigentes en el ámbito nacional, y establece precisas pautas sobre las tonalidades permitidas. Así, quedarán autorizados los de tonalidad intermedia –con especificaciones técnicas correspondientes a la denominada “20” en los catálogos de fabricación– al tiempo que se admitirán exclusivamente en color gris y negro y quedan prohibidos los espejados y semiespejado.

A su vez, el decreto reglamentario también precisa pautas para la habilitación y contralor de los comercios autorizados para su colocación, y la obligatoriedad de registros actualizados de los rodados sobre los que se apliquen. Se establece que “las empresas y/o personas físicas que decidan instalar láminas de seguridad y control solar en el marco de la ordenanza 8562 deberán previamente ser autorizadas por la Municipalidad a través de la Dirección General de Tránsito”.

El director de Tránsito, Henry Fabbro, recordó que cada vehículo deberá portar una oblea seriada que será colocada en el parabrisas y etiquetas rectangulares en cada una de las láminas colocadas en el rodado; además, el conductor deberá llevar la credencial en el vehículo. Los comerciantes serán responsables de las condiciones técnicas y demás datos declarados en las cédulas, siendo pasibles de sanciones en caso de insertar datos inexactos.

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