Policiales

Banda mixta

Piden seis años de cárcel para jefes de comisaría por connivencia con narcos

El fiscal federal Reynares Solari solicitó las condenas en su alegato, donde criticó la etapa de investigación ya que tuvo que cambiar la calificación por otra que prevé menor monto de pena. Este jueves, el debate seguirá con las exposiciones de las defensas y se espera que el TOF3 emita su veredict


El juicio oral a la banda mixta de cinco policías de la seccional 20ª de Empalme Graneros y tres civiles entró en la etapa de alegatos. El primero en argumentar fue el fiscal federal de juicio Federico Reynares Solari, quien el viernes pasado tuvo duras críticas para con la investigación, ya que debió que cambiar la calificación legal por tráfico de estupefacientes de manera organizada a una confabulación, figura que prevé una pena menor. Reynares pidió para el jefe, el subjefe y un subordinado de la seccional de Empalme Graneros seis años de cárcel mientras que para los civiles las penas oscilaron de 5 y 8 meses hasta tres años y tres meses. Además, solicitó la absolución de una joven por el beneficio de la duda. Este jueves será el turno de las defensas y se estima que ese mismo día el Tribunal Oral Federal 3 (TOF3) –integrado por los magistrados Osvaldo Facciano, Eugenio Martínez y Otmar Paulucci– dará a conocer el veredicto.

En el banquillo de los acusados están: los policías Roberto “Queja” Quiroga, de 47 años y jefe de la seccional 20ª; su subjefe Jorge “Mostro u Obra” Ocampo, de 49; junto con los subalternos Cristian “Gavia” Gelabert, de 35; Víctor “Mochila” Villalba, de 44, y Gustavo “Empleo” Elizalde, de 43. En tanto, Sixto Pérez, de 35 y apodado Chaqueño o Chaque, está señalado como quien comandaba a los civiles, entre las que se encuentran Silvia Di Morelle, de 67 y conocida como la Gorda Bolona, y su nieta Micaela Pared, de 25.

El alegato

El fiscal de juicio Federico Reynares Solari explicó el cambio de calificación del delito para los acusados y criticó el desarrollo de la investigación en la etapa de instrucción porque estas personas quedaron por fuera del expediente que terminó con una condena a 9 años de prisión a Gustavo “Tuerto” Cárdenas, hallado responsable de conformar una organización dedicada al tráfico de estupefacientes con base en la zona noroeste.

Primero, Reynares Solari anunció el cambio de la calificación de la acusación donde –en el pedido de elevación a juicio– los sindicaba como una organización dedicada al comercio de estupefacientes, por la inscripta en el artículo 29 bis de la ley 23.737, que habla de la confabulación de dos o más personas para cometer una serie de delitos, entre los que se encuentra el tráfico o comercio de estupefacientes.

En ese marco, para tres de los policías, entre los que están el jefe, el subjefe y uno de los subordinados, solicitó la pena más alta para este delito que es de seis años de prisión mientras que para otros dos policías los pedidos fueron 5 años y medio, y 5.

Para los civiles, el fiscal general de juicio solicitó para Sixto 5 años y 8 meses que se le unificaría con una condena previa de 6 años de cárcel, mientras que para Bolona el pedido fue de tres años y tres meses. En cambio, el funcionario decidió no acusar a Micaela Pared y pidió la absolución por el beneficio de la duda.

Además, para los policías planteó ocho años de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos.

Las críticas a la pesquisa

En su alegato y con base en las pruebas presentadas, en su mayoría escuchas telefónicas, el fiscal federal advirtió que si bien la calificación penal para los acusados era conformar una organización dedicada al tráfico de estupefacientes, el decomiso fue sólo tres gramos de cocaína en la casa del subjefe de la comisaría 20ª y criticó el expediente donde señaló que era una causa de drogas pero sin drogas imputadas.

“Se tomaron determinadas estrategias de persecución penal que hizo que ciertos elementos hoy no se encuentren aquí. En esta causa hay déficit investigativos de estrategias procesales. Si aquí se encontrara sentado entre los acusados Gustavo Cárdenas no tendría que estar diciendo todas estas cosas”, dijo en su argumentación Reynares Solari.

Y continuó: “No hay drogas en las acusaciones pero es una causa que versa sobre la droga, no es una causa donde la droga no tiene nada que ver. Esta situación no se la voy a cargar en la cuenta de los acusados como tampoco voy a defender al Ministerio Público Fiscal por los errores que haya cometido. Acá vengo a defender la imputación. El hecho de que no esté en esta causa Gustavo Cárdenas no quita que las escuchas telefónicas y las actividades de seguimiento que desarrolló el personal de la Delegación Antidrogas de la Policía Federal den cuenta de que no nos puede caber ninguna duda de que el personal de la comisaría 20ª de Empalme estaba conectado con los puntos de ventas de estupefacientes de aquella zona”.

Cambio de calificación

En su exposición Reynares Solari destacó la necesidad de fundamentar el cambio de una calificación de tráfico de estupefacientes de manera organizada que tiene una proyección de pena de 20 años a una acusación cuyo máximo de pena es de 6 años.

“La primera aproximación, ya lo hemos dicho, se enfoca en esos 3 gramos de cocaína que pueden ser una exteriorización de algo pero en sí mismo no tienen conceptualmente, ni cualitativamente una entidad para decir que es una cantidad de material estupefaciente que ya sea con sí mismo o en conexión con el restante material probatorio que nos indique un tráfico. Entonces estamos hablando de la colaboración de personas con otras que realizan actividades reñidas con la ley 23.737. Estas personas que intervienen y que colaboran en estos hechos tendrían que haber realizado todo lo que está en sus manos para que estas personas no realicen estos actos y mucho menos haberse asociado, como decimos aquí. Esto se da cuenta en el extracto telefónico con Sixto Pérez y también las conversaciones donde los policías hablan del monto que se les cabrá a las personas que se dedican al tráfico al menudeo”, argumentó  Reynares y cambió la calificación por la enmarcada en el artículo 29 bis de la ley 23.737 que tiene una pena máxima de 6 años de prisión para quien formase parte de una confabulación de dos o más personas, para cometer delitos, como por ejemplo en la comercialización de estupefacientes.

La causa

En 2014, Gelabert estuvo en la mira de las fuerzas federales porque sospechaban que tenía conexión con el clan de Rosa Caminos, hermana del asesinado ex líder del paravalanchas leproso Roberto “Pimpi” Caminos, y procesada por la Justicia federal por manejar seis búnkeres de droga.

Gelabert trabajaba en una comisaría de la zona sur, donde es oriundo. Por ello, no se sorprendieron cuando en tareas investigativas las fuerzas federales lo encontraron de civil, en su propio auto, estacionado en la puerta de una boca de expendio de la noroeste. Por ese tiempo Gelabert ya trabajaba en la seccional 20ª.

Fue allá por 2015 cuando, a raíz del primero de los tres allanamientos que se hicieron en esa comisaría de Carrasco 5601, que se empezó a conocer la forma de operar de los policías. Para el entonces titular de la Fiscalía Federal 2, Mario Gambacorta, Gelabert era quien tenía los vínculos y preparaba o armaba las circunstancias para que los referentes de las bocas de expendio pagaran una comisión para poder vender en la zona de Empalme Graneros. Luego, cuando Gambacorta fue designado juez federal, lo reemplazó en su cargo de la Fiscalía federal Claudio Kishimoto.

Para la acusación, Gelabert “era el brazo ejecutor”. Si la plata que habían arreglado para el pago mensual no estaba para el 10 de cada mes, los mejicaneaba –como se dice al robo de estupefacientes a un narco–. Las funciones de los otros policías: Villalba y Elizalde era más o menos la misma, con la diferencia de ser un poco más discretas. Luego, lo recaudado pasaba por Ocampo, el subjefe, quien era el encargado de subir el dinero a Quiroga, siempre según la Fiscalía.

La causa federal contra Sixto Pérez se conoció con el operativo de las fuerzas federales llevado a adelante el 25 abril de 2015: ese día cayó Ocampo, el subjefe de la seccional. El titular del Juzgado Federal 4, Marcelo Bailaque, también había ordenado allanamientos a la comisaría 20ª y la subcomisaría 24ª de barrio Toba (lindero con Empalme), junto con las viviendas de los cinco policías involucrados.

Entre esos domicilios estaba el jefe de la seccional 20ª, Quiroga. De las dependencias incautaron los celulares de los jefes y los libros de guardia. El objetivo era determinar conexiones entre organizaciones criminales del noroeste y efectivos de la fuerza.

Un año más tarde, Quiroga –al momento de este procedimiento era jefe de Cuerpos de la regional de Villa Constitución–, Villalba y Gelabert fueron presos y les volvieron a allanar sus viviendas. Luego fueron indagados por Bailaque, junto con algunos civiles.

Los cuatro uniformados fueron procesados por comercio de estupefacientes agravado por la cantidad de intervinientes y por el hecho de haber sido cometido por funcionarios públicos.

En tanto, Sixto fue atrapado finalmente el 25 de octubre de 2017 en Chaco por personal de Gendarmería. Lo buscaban por otra causa de tráfico de drogas, radicada en aquella provincia, y le saltó el pedido de captura emitido en 2015 por Bailaque.

Bolona y su nieta se presentaron ante la Justicia federal en forma espontánea tras los allanamientos de abril de 2015 y quedaron relacionadas con la causa. Bolona quedó como la encargada de la comercialización. La mujer de 67 años también está encausada en la Operación Guaraní, desatada en 2016, cuando se acusó a Facundo Nicolás “Macaco” Muñoz (absuelto por el crimen del líder de Los Monos Claudio “Pájaro” Cantero, pero condenado por el asesinato de Juan Pablo Colasso) de manejar desde la cárcel de Piñero una organización que vendía drogas.

El Tuerto Cárdenas

Gustavo “Tuerto” Cárdenas fue condenado a principios de abril pasado por el Tribunal Oral Federal 2 (TOF) a 9 años de prisión como organizador de una banda dedicada a la venta de estupefacientes en la zona noroeste. En esa causa, otras siete personas fueron sentenciadas a penas de entre 7 años y 3 años.

Además, los magistrados ordenaron que la fiscalía federal investigue si existía connivencia de policías de la seccional 23ª y del Comando Radioeléctrico de Funes junto a los uniformados de la sub 24ª. En esa misma línea estaban los cinco policías de la 20ª que son juzgados desde finales de mayo en esta causa.

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