Policiales

Informaron fuentes judiciales

Piden 20 años de prisión para los imputados por el abuso grupal en Palermo

La querella de la joven, que en febrero de 2022 fue víctima de una violación grupal en la Capital Federal, solicitó la pena de 20 años para cinco de los seis detenidos que están siendo juzgados como presuntos autores por el hecho.


Los abogados de la joven que en febrero de 2022 fue víctima de una violación grupal en el barrio porteño de Palermo solicitaron hoy la pena de 20 años de cárcel para cinco de los seis detenidos que están siendo juzgados como presuntos autores por el hecho, informaron hoy fuentes judiciales.

El pedido ante el Tribunal Oral en lo Criminal 14 de la Capital Federal, fue formulado esta mañana en su alegato por los abogados querellantes Hugo Figueroa y Osvaldo Cantoro, quienes consideraron a seis acusados autores o partícipes necesarios de un “abuso sexual con acceso carnal agravado por la intervención de dos o más personas” y pidieron para cinco de ellos, el máximo de la pena para ese delito.

El pedido de 20 años de prisión recayó sobre Ángel Pascual Ramos (24), Lautaro Dante Ciongo Pasotti (25), Franco Jesús Lykan (24) -ellos tres como coautores-, Thomas Fabián “TH” Domínguez (23) y Alexis Steven Cuzzoni (21) -estos dos últimos como partícipes necesarios-.

En el caso de Ignacio Retondo (24), el abogado Figueroa solo lo consideró un “partícipe” pero no necesario del hecho, con lo que la escala penal en su caso, se reduce.

Además, la querella de la víctima -que al momento del hecho tenía 21 años-, pidió que se investigue por “falso testimonio” a la testigo de la defensa Paloma Carricaburu, al considerar que mintió al declarar en el juicio que vio a la chica consumir de manera voluntaria éxtasis junto a uno de los acusados, algo que no había dicho en su declaración de instrucción.

Figueroa además solicitó que al margen del agravante de la “participación de dos o más personas”, se tome en cuenta también el del inciso “a” de este delito contemplado en el artículo 119 del Código Penal, que es cuando del abuso “resultare un grave daño en la salud física o mental de la víctima”.

Sobre ese punto, dijo que con su testimonio y el de su madre, quedó acreditado que el hecho le causó a su representada “un grave daño en el desarrollo de sus estudios, de su carrera y en su propio desarrollo humano”.

Al momento de distinguir roles, el abogado de la querella puso dentro del auto y como coautores del abuso sexual con acceso carnal agravado a Ramos, Ciongo Pasotti -ambos están filmados y tiene pericias de ADN que los incriminan-, y a Lykan, que estaba en el asiento trasero y, según la querella, dos testigos vieron que desde allí manoseó a la víctima.

A Domínguez y Cuzzoni también les imputó un “abuso sexual simple”, por haber quedado filmados manoseando a la víctima un rato antes, cuando estaban en un kiosco de la Plaza Serrano y quedaron filmados.

Pero en relación a la figura del “abuso sexual agravado” que ocurrió dentro del auto, les endilgó una “participación necesaria y absolutamente principal” en la situación, ya que, según Figueroa, fueron ambos quienes abordaron a su clienta en el boliche, la convencieron de que se quedara con ellos cuando se fue su amigo y le prometieron prestarle una tarjeta SUBE y acompañarla a su casa.

En el caso de Retondo -que quedó filmado tocando la guitarra en la vereda, fuera del auto-, el letrado dijo que es el único que sin su accionar no hubiera cambiado el curso de los hechos, pero que de todas formas lo consideraba un “partícipe” porque sabía lo que ocurría dentro del auto y lo convalidó al no actuar y al salir a defender al grupo en la posterior gresca.

Tal como sucedió desde que el 28 de agosto comenzó el juicio, la jornada ante los jueces Gabriel Vega, Gustavo Valle y Domingo Altieri se desarrolló a puertas cerradas -ya que se trata de un delito sexual de instancia privada-, en el edificio judicial de la calle Lavalle 1.171, con la presencia de los seis imputados que actualmente cumplen prisión preventiva en la sala del tribunal, pero con la mayoría de las partes conectadas a través de la plataforma Zoom.

La otra querella que iba a tener la posibilidad de alegar es la del abogado Marino Cid Aparicio, quien representa a Natalia Concepción Duarte Godoy y Orlando Jesús Ibarra, los panaderos que se acercaron al vehículo donde se cometía el abuso para ayudar a la víctima, en el marco de una causa por presuntas amenazas de cinco de los acusados hacia los comerciantes, que en su momento fue anexada al expediente principal.

Sin embargo, fuentes judiciales adelantaron que el letrado delegaba el alegato en el que realizará el fiscal general de juicio Fernando Klappenbach.

Según el cronograma notificado por el TOC 14, el fiscal Klappenbach alegará el próximo 10 de noviembre, y para las defensas se fijaron los días 24 y 28 de noviembre y 5 de diciembre.

El 1 de septiembre pasado, la víctima declaró en el juicio y afirmó que no recordaba nada del episodio, que “le arruinaron la vida”, que tuvo que dejar sus estudios en la carrera de ingeniería de sistemas y cambiarse de sector en su trabajo, donde antes hacía atención al público, y dejó en claro que nunca dio el consentimiento para tener relaciones sexuales con los imputados.

“Nunca hubiera prestado consentimiento para estar con un hombre, no es mi inclinación sexual”, agregó la joven al descartar, tal como ya lo había hecho en su declaración durante la instrucción, que las relaciones sexuales que tuvo con algunos de los imputados hayan sido consensuadas.

El martes pasado, en la última audiencia del juicio, uno de los principales acusados, Ramos, dijo que tuvo con la víctima una relación sexual “mutua y consentida” y consideró que el “error” fue haber elegido un auto estacionado para tener sexo.

En tanto, en otra jornada, otro de los imputados, Ciongo Pasotti, dueño del auto donde ocurrió el tramo final del abuso, declaró que solamente se besaron con la víctima, que él no se sacó la ropa y que a quien sí vio tener relaciones con la chica dentro de su vehículo es a Ramos.

La clave de este debate está centrada en si se mantendrá la acusación que durante la instrucción formularon y sostuvieron el fiscal Eduardo Rosende y el juez Marcos Fernández, en la que, pese a que no todos llegaron a abusar de la víctima, les atribuían a los seis el mismo grado de responsabilidad en el marco de una “coautoría funcional” con división de roles, o si alguno de los imputados es beneficiado con una calificación más leve.

El hecho ocurrió el feriado de carnaval del 28 de febrero de 2022, en la calle Serrano al 1.300, en la zona de Palermo Soho, donde una pareja de panaderos y otro vecino intervinieron al ver que dentro de un auto Volkswagen Gol estacionado junto a la vereda abusaban en grupo de una chica.

La prueba clave fueron los múltiples videos de cámaras de seguridad que registraron todo el derrotero del grupo con la víctima durante nueve horas.

Según la reconstrucción del hecho, la joven fue captada a las 6 de la madrugada por algunos de los imputados en el boliche “Espacio Ro Techno Bar” de la calle Thames 1.625, de allí fueron a una plaza de Soler y Godoy Cruz y luego a un kiosco de plaza Serrano donde fue manoseada, hasta que pasadas las 15 fueron caminando hasta el auto estacionado frente a una panadería de la calle Serrano al 1.300, de donde fue rescatada.

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