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Penado por robar 250 pesos

El imputado fue encontrado culpable de un asalto por el que lo condenaron a siete años de prisión. Sin embargo, la pena fue unificada con otra anterior, por lo que deberá pasar tras las rejas más de 12 años.

Un joven de 25 años fue condenado a siete años de prisión por un robo calificado ocurrido hace un año en un supermercado ubicado en Dorrego e Ituzaingó, de donde se llevó unos 250 pesos. Como el muchacho gozaba de libertad condicional por un ilícito anterior, el Juzgado Penal de Sentencia de la 5a Nominación lo declaró reincidente y unificó ambas penas en 12 años y medio.

El hecho por el que fue condenado Pablo Escobar, de 25 años, ocurrió el 10 de abril de 2009, poco antes de las 20. Ese día, un pibe ingresó al supermercado Rendo, ubicado en Dorrego 1990 y, tras mostrar un arma de fuego, se hizo de 252 pesos de la caja y cinco Tickets Canasta para darse a la fuga en una motocicleta Yamaha Crypton color roja.

El encargado del comercio dio aviso a la Policía, que a pocas cuadras del lugar, en Moreno y 27 de Febrero, interceptó a un motociclista sospechoso tanto por su indumentaria como por sus características físicas, ya que coincidían con la descripción brindada por el denunciante. Fue entonces que el patrullero inició una persecución que terminó a la altura de Gálvez y Presidente Roca cuando el conductor perdió el control de la moto y cayó al suelo.

Según indicaron los uniformados que lo detuvieron, el muchacho portaba un revólver calibre 32 en la cintura además de los 252 pesos y los Tickets Canasta.

Durante el juicio el imputado contó una versión muy distinta de los hechos, pero no fue convincente para el juzgado que lo condenó, a cargo del juez Gustavo Alfredo Salvador. Según dijo el imputado en su declaración indagatoria, el día de su detención había salido a dar una vuelta con la moto de su madre y al llegar a la intercepción de las calles Moreno y 27 de Febrero lo detuvo un patrullero que le pidió los papeles del rodado.

Según sus dichos, como no tenía la documentación exigida los uniformados le pidieron una coima de cien pesos que él se negó a pagar. El muchacho dijo en sede judicial que ante su negativa los policías lo presionaron, aduciendo que lo iban a “engarronar” y lo dejaron ir, pero que el mismo comando lo chocó y lo hizo caer al piso a unas cinco cuadras del lugar. De acuerdo con el mismo relato, allí la Policía le volvió a exigir dinero y como se volvió a negar lo tiraron al piso y le “plantaron” dinero en efectivo, un arma y también una gorrita.

Para el juzgado, con estos argumentos el imputado “intenta dar una explicación que sólo se vislumbra como inverosímil y que tiene por finalidad mejorar su situación, pero de ninguna manera logra quebrantar el estado de certeza al que se arriba luego de ponderar cada uno de los elementos de prueba aludidos”.

Entre las pruebas principales de las que se sirvió el juez Salvador está la relacionada con la apariencia física del detenido en comparación con la brindada por la víctima del robo. En ese sentido, en el momento de su detención Pablo vestía un buzo color marrón con capucha, un short negro y zapatillas blancas. Los tatuajes en sus piernas y un diente de lata completaron las “coincidencias”.

El hecho de que el muchacho no haya sido reconocido en rueda de personas por la víctima del robo –es decir, por el encargado del supermercado– no fue un dato relevante para los argumentos condenatorios del juez, quien citó jurisprudencia sobre el tema: “El resultado negativo de los reconocimientos en rueda de personas no enerva el valor convictivo de las probanzas reunidas, ya que en la evaluación probatoria de éstos no puede prescindirse del contexto en que los acontecimientos investigados se desarrollaron”.

Por este hecho el juez condenó a Pablo a 7 años de prisión, pena que se vio casi duplicada por un antecedente condenatorio de cinco años y medio que pesaba sobre el imputado. Las penas fueron unificadas y la condena se fijó en 12 años y medio de prisión, revocando la libertad condicional.

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