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Criminalización

Migrantes y trans: ideales para armar causas

En el informe del Ministerio Público Fiscal publicado en 2018 se devela que sólo el 22 por ciento de las mujeres trans privadas de la libertad tiene condena firme, mientras que el resto se encuentra detenida en forma preventiva


Por Matías Máximo / Foto: Lara Otero

Tres de estas mujeres trans tienen antecedentes vinculados con infracción a la ley de estupefacientes e incluso estuvieron detenidas por este motivo, lo que para el fiscal “permite vislumbrar palmariamente el nexo entre ser mujer trans y leyes que son utilizadas para criminalizar a esta población de forma recurrente”. En este punto el dictamen examina que corresponde al Estado un abordaje del fenómeno criminal apuntando a su complejidad y los eslabones más altos de la cadena, de modo de atacar el problema estructural. Y al mismo tiempo, reclama que se ofrezcan alternativas no punitivas al colectivo trans para el desarrollo libre de su identidad y el pleno ejercicio de derechos sociales, económicos y culturales que puedan modificar su vulnerabilidad frente a estas redes criminales que se valen de su situación para obtener un rédito.

El dictamen plantea que la comunidad trans travesti migrante se encuentra en un estado de vulnerabilidad social alarmante y que las imputadas, si bien algunas accedieron a documentos de Argentina -incluso con las modificaciones registrales vinculadas a su género autopercibido-, no resulta suficiente para que puedan ser sujetos de derechos en plenitud, máxime si se tiene en cuenta que durante todo el proceso de aprehensión e identificación en sede policial, la mayoría no obtuvo tratamiento de acuerdo a su género autopercibido (de entrada, en el mail que inició la denuncia, se hablaba de “un travestido”).

La investigación “Mujeres travestis y trans en conflicto con la Ley Penal” de la Dirección General de Políticas de Género del Ministerio Público Fiscal estudia esta violencia específica a migrantes trans. “Las mujeres trans privadas de la libertad en establecimientos del Servicio Penitenciario Federal están imputadas  fundamentalmente por delitos relacionados con la ley de estupefacientes, en especial por tenencia con fines de comercialización, transporte y contrabando, y también por infracciones a la ley de trata de personas con fines de explotación sexual”. Nuevamente, del análisis de expedientes judiciales se observa que en la mayor parte de los casos este colectivo constituye el último eslabón en la cadena de organización criminal.

En el informe del MPF publicado en 2018 se devela que sólo el 22 por ciento de las mujeres trans privadas de la libertad tiene condena firme, mientras que el resto se encuentra detenida en forma preventiva. Que el 60 por ciento son extranjeras -en su mayoría latinoamericanas, con intersección de afrodescendientes y descendientes de indígenas- y el 85 por ciento ejerció o ejerce la prostitución como vía para la subsistencia.

Según la Sala IV de la Cámara de Garantías de La Plata “el 91% de las mujeres trans y travestis bajo custodia del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) se encuentran privadas de la libertad por infracción a la ley 23.737. En el caso de las mujeres trans y travestis migrantes privadas de libertad en el SPB, el 100% está presa por estupefacientes.

No existe otro grupo poblacional que esté preso en su totalidad bajo la misma calificación. Esto da cuenta del uso excluyente de la ley 23.737 como método de criminalización.

 

Evitar la doble condena

Luego de analizar los hechos y las pruebas de la causa, así como también la situación particular de cada una de las mujeres involucradas, el fiscal entendió que en el caso “se presenta una causal de inculpabilidad insoslayable que me impide requerir su elevación a juicio y, por lo tanto, me lleva a solicitar su sobreseimiento”.

El dictamen concluye que en las tareas de investigación se logró establecer que había numerosísimos antecedentes de infracciones a la ley de estupefacientes en los domicilios investigados, lo que indica claramente que el comercio de sustancias trasciende a sus vendedores callejeros ocasionales y forma parte de una matriz más profunda y arraigada  Por esta razón se pide que decreten parcialmente la clausura de la instrucción y remitan las actuaciones al Tribunal Oral en lo Criminal Federal que corresponda “a los efectos de que se lleve a cabo el juicio oral con el objeto de dirimir la responsabilidad que le pudiera corresponder al procesado P.F (el encargado y dueño de los hoteles) por los hechos que le fueran reprochados. Que se disponga el sobreseimiento de las cinco trans y se ordene profundizar la investigación a la fuerza federal de seguridad que estime que corresponda”.

Por último, Picardi pide que se le otorgue intervención a la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas de la Procuración General de la Nación (DOVIC), para que asista a las mujeres trans; así como también se solicite a la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que extienda un acompañamiento para que se las incluya dentro de los programas integrales que ofrece dicha área tales como inserción integral laboral, salud y formación.

En los próximos días se conocerá la respuesta del juez. (Fuente: Cosecha Roja).

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