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La Corte puso las cosas en su lugar

Por Paola Cándido.- La Corte nacional ordenó que un juzgado local dirima si el polista accidentado queda a cuidado de su esposa en Rosario o con sus padres, que consiguieron una orden federal y se lo llevaron a Córdoba.


La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictaminó que el caso del polista Ignacio Ballesteros, que se encuentra en estado de cuadriparesia espástica, lo que le impide moverse y comunicarse, deberá resolverse en Rosario, donde vivía con su esposa al momento del accidente, y no en Córdoba a donde se lo llevaron sus padres con una orden emitida por un juez de esa provincia.

Se trata de un caso complejo en el que intervinieron jueces de Rosario, que decidieron que el joven debía permanecer en su casa al cuidado de su esposa, y de Córdoba, que a solicitud del padre del polista ordenó que sea trasladado a esa provincia para quedar a su cuidado, obviando el hecho de que está casado y a cargo de su mujer. La situación desató una disputa legal que ahora se va a resolver en Rosario.

Gisela la Menza, de 29 años, e Ignacio José Ballesteros, 33, se casaron el 31 de marzo de 2010. El 11 de diciembre de ese año, Ignacio tuvo un accidente en el que sufrió un severo traumatismo que lo dejó en situación de discapacidad. Fue en la mitad de un partido de polo en San Antonio de Areco, provincia de Buenos Aires.

Luego del accidente, su primera internación fue en el Hospital Austral y luego lo derivaron al Instituto Fleni de Escobar para su rehabilitación neurológica. Su esposa preparó una casa en Fisherton totalmente equipada para el cuidado de su marido: camillas, cama ortopédica y equipos de oxígeno, entre otras adaptaciones para su mayor comodidad. Pero su destino no sería ése.

Desde mediados del año pasado, Gisela debió afrontar un duro pleito judicial contra la familia de Ignacio, que pretendía hacerse cargo de su cuidado, argumentando que en Rosario “no estaba bien cuidado”.

Los Ballesteros recurrieron a un Tribunal Federal, ámbito que para el entorno de Gisela “no tiene nada que ver” con el caso, logrando sorpresivamente que el juez Ricardo Bustos Fierro ordenara la internación del paciente en el centro de rehabilitación cordobés “Vida Plena”.

A partir de ese momento se suscitó un grave conflicto familiar que recorrió varios tribunales y escaló hasta la Corte Suprema de la Nación, que con voto unánime dirimió la jurisdicción. Con los votos de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Zaffaroni y Carmen Argibay, la sentencia ordenó que las actuaciones se remitan en forma urgente al juzgado de Familia Colegiado Nº 4 de Rosario, explicó Diego Ancilleta, abogado de La Menza. “Los pasos a seguir, una vez que lleguen todos los antecedentes al juzgado, será que el juez dictamine qué pasará con Ignacio en cuanto a la continuación de su rehabilitación. Cuando se lo llevaron se planteó ante el juez de Rosario que Ignacio vuelva, pero se suscitó el conflicto de competencia”, detalló Ancilleta.

“La idea sería que Ignacio siga la rehabilitación en su domicilio de Rosario; se deberá determinar en qué condiciones se encuentra en Córdoba para que tenga un traslado seguro”, subrayó el letrado.

Ancilleta agregó: “A Ignacio nunca lo deberían haber separado de su mujer, ni de la rehabilitación; lo cual implica un daño y un retroceso para su recuperación. Está más que claro que separarlo de su esposa es una medida fuera de la ley. Tal es así que la misma Corte determinó que el juez sea de Rosario, y la Cámara Federal de Córdoba decretó la nulidad de lo que había fijado Ricardo Bustos Fierro”, concluyó.

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