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La inauguración salió cara

La Justicia obliga a Puentes del Litoral y una aseguradora pagar una cifra que supera los 10 millones de pesos a una chica que quedó cuadripléjica a los 21 años el día que habilitaron la conexión.


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Puentes del Litoral –empresa concesionaria del puente Rosario-Victoria–  y una compañía aseguradora deberán pagar una cifra millonaria a una chica que quedó cuadripléjica a los 21 años tras sufrir un accidente en el corredor vial en mayo de 2003. Según fuentes judiciales cobrará, por un lado, 1.200.000 pesos, de los cuales 800 mil son por incapacidad y el resto por daño moral. A esto hay que sumarle los intereses que son un 6 por ciento anual. Además, le deberán pagar 8.471.000 pesos de gastos médicos. El siniestro ocurrió el mismo día de la inauguración de la gigantesca obra que une las provincias de Santa Fe con Entre Ríos. El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº6 estableció que no estaban completados los sectores necesarios para una circulación segura y faltaban carteles de señalización sobre reducción de velocidad. También se remarcó que el mal estado de las banquinas contribuyó a generar la situación y que el conductor que la chocó superaba los límites de alcohol permitidos para circular.

El accidente ocurrió el 22 de mayo de 2003, día en que se habilitó el puente y una multitud de rosarinos y victorienses se lanzaron con sus autos a “pasear” por el complejo vial. En el hecho, el conductor de un Renault Fuego, en el que iba la chica demandante como acompañante, perdió el control del vehículo, ingresó a la banquina y al retornar a la ruta chocó contra un Fiat Palio y un camión. El conductor y otra ocupante fallecieron.

La joven –que estudiaba Licenciatura en Economía y trabajaba– quedó cuadripléjica, en estado vegetativo permanente y con síndrome de cautiverio. Esto le causó una incapacidad total, absoluta y definitiva.

Los jueces Horacio Allende Rubino, Mónica Klebcar y Eduardo Oroño consideraron en la resolución que “el pésimo estado de las banquinas fue un factor determinante del accidente”. También destacaron que el grado de alcoholemia del automovilista fue una conducta imprudente y contribuyó para que se produjera el siniestro.

“Si la banquina se hubiera encontrado en condiciones adecuadas, es altamente probable que el accidente no habría ocurrido o las consecuencias pudieron ser menos nefastas. La obligación de seguridad de la empresa es ineludible en relación a los usuarios por imposición de la ley de Defensa del Consumidor”, se señala en el fallo.

“La falta de guardarrail, entonces influyó también en el accidente dado que resulta totalmente plausible que, frente al temor de caer el río, el conductor del Renault Fuego tomó la banquina con sólo dos ruedas, produciéndose también el efecto de torsión”, se agrega.

Por último, para los jueces la joven “ha visto truncado su proyecto de vida y no podrá realizarse como persona, sólo le resta vivir atrapada en su cuerpo”. Así las cosas, el conductor del auto y Puentes del Litoral fueron responsabilizados en un 50 por ciento cada uno por la tragedia.

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