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Hecha la ley, la adopción aún es difícil en Santa Fe

Diputados y senadores votaron por unanimidad una norma. Pero no se reglamentó, y nadie sabe qué hacer.

Falta de reglamentación y la maraña burocrática frenan una solución para los niños.

Por: Laura Hintze

“Se necesita una ley de Adopción que proteja a los menores y para que las familias desesperadas por tener un hijo no cometan maniobras ilegales. No podemos seguir teniendo esta ley”, dijo la propia presidenta Cristina Fernández de Kirchner durante la apertura del año parlamentario. Acto seguido, anunció que la reforma de la actual normativa estará en la agenda legislativa de 2011. Si bien aún no se sabe muy bien adónde apuntó la jefa del Estado, un pantallazo sobre cómo es la situación en Santa Fe resultaría interesante para saber qué problemas y cuántos vericuetos plantea la legislación sobre adopción. En efecto, en junio del año pasado, el Poder Legislativo de la provincia aprobó –y por unanimidad– la creación del Registro Único de Adoptantes, a fin de descentralizar y hacer más transparentes y fáciles los trámites de adopción. Pero el Registro –nadie saber porqué– aún no fue reglamentado, y por ello concretar una adopción en la provincia es virtualmente imposible. Pero además, y principalmente, cabe destacar que hace meses que sobran padres adoptivos y faltan chicos para esas familias. Según el juez de familia Marcelo Molina, del Tribunal Colegiado Nº 5, existen “trabas” en el sistema y en su funcionamiento, y es allí a donde tienen que apuntar las modificaciones provinciales y nacionales.

Comenzando desde lo básico, ¿cómo hace una familia para adoptar en la provincia? Existen dos vías: la entrega directa y a través del Registro de Adoptantes. La primera posibilidad es sencilla: una mamá, o una mamá y un papá, deciden darle a una determinada persona o a un matrimonio, un bebé. Según explicó el juez Molina, “es difícil” este tipo de adopción. “Es muy complicado conseguir una mamá que te vaya a dar a un hijo. Además, y en teoría, esto es sin ningún tipo de cargo, no es a cambio de algo”, explicó.

La otra posibilidad es con el chico que se encuentra en situación de “adoptabilidad”, es decir hijos que por distintas situaciones sociales no se encuentran contenidos en su grupo familiar originario. “El chico está en una situación de riesgo, por lo que el juez de familia, sugerido por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, lo declara en situación de adoptabilidad y pide al Registro de Adoptantes un grupo familiar idóneo para ese chico”. Así descrito, el camino debería ser sencillo. Pero no: “El Registro está creado en la provincia pero actualmente no está reglamentado, lo que es lo mismo que nada. Entonces, y de cualquier modo, si se nos diera una de estas situaciones hoy, nosotros recurriríamos al antiguo registro, porque algún registro tenemos”, detalló el juez Marcelo Molina.

Este trámite en el Juzgado de Familia, según describe el magistrado, es “relativamente sencillo”: se empieza con un período, la guarda preadoptiva, donde el chico tiene que estar seis meses bajo la guarda de la familia candidata. Y en ese lapso la madre biológica o el padre tienen la posibilidad de “arrepentirse” y solicitar la recuperación de su hijo. Si ello no ocurre, después de la guarda viene el juicio de adopción, un trámite que, bien llevado, en un año se termina.

En este sentido, y según continuó explicando Molina, el problema no está en el trámite judicial, sino en llegar a la entrega directa, o a la adopción de un chico por medio del Registro. ¿Por qué?

“Porque el trámite anterior a que el chico sea declarado en situación de adoptabilidad se tramita en la Dirección Provincial de Niñez. Y allí se tarda casi un año y medio para tratar que ese chico sea receptado en su familia de origen; si eso no se logra, la Dirección le solicita al juez que lo declare en situación de adoptabilidad”, explica Molina.

Además, el juez explica que esta problemática, el tiempo que tarda en aparecer la declaración de adoptabilidad no sería exclusiva de la Dirección de la Niñez, sino que “es una traba del sistema, de cómo está funcionando”.

“Creo es a donde tienen que apuntar las modificaciones. No pasa por el Registro, aunque, obviamente, si hay una ley tiene que reglamentarse; el problema está en lograr que un chico se considere o no abandonado. Hay chicos institucionalizados que son visitados sólo de vez en cuando por sus familias, y no se consideran abandonados. Además, este es el trámite que sería más transparente, no hay dinero, no hay nada de por medio. A partir de la entrega directa, uno no sabe”.

Objeto y sujeto

Mónica Varetto es titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia. Ante la consulta de El Ciudadano, explicó: “Nosotros sugerimos una figura jurídica para el niño. A través de un trabajo interdisciplinario con el chico, en hogares y en familias, sugerimos al juez si el chico está o no en situación adoptable. De él es la última palabra, pero el tiempo para resolver esto depende de cada situación”.

Para el juez, sin embargo, la cuestión parece más simple. “Hace poco tuvimos un caso –cuenta– de un nenito que estaba en neonatología con problemas complicadísimos de salud. No se sabía si iba a vivir; y de él se hizo cargo una mamá soltera. Vino un año después, y el chiquito estaba rebien, gordito. Fue esta chica quien lo llevó adelante. Nadie quería a ese nene, ni hacerse cargo de esa situación. Y entonces, ¿cuál es la familia más idónea? Evidentemente, ella. No tiene que ver con ser pobre o rico, sino con ser potencialmente padre o madre de familia”.

A la hora de decidir qué familia puede recibir a un chico, se busca, primordialmente, que ofrezca un ámbito de contención adecuado. “Eso no quiere decir que sea una familia con ingresos elevados ni nada por el estilo, sino que sea una persona que tenga un empleo, ningún antecedente delictivo; se puede tener en cuenta cómo está constituida esa familia, ¿el chico va a tener abuelos, primos? La idoneidad de la familia es muy relativa”.

A su vez, y tal como especificó Varetto, la decisión sobre si un niño está o no “abandonado” por su familia se toma de manera interdisciplinaria. En ningún momento se abandona a la persona: “En el lapso en que el chico está bajo la Dirección de la Niñez, a él lo acompaña un equipo interdisciplinario. Funcionarán bien o mal, o serán escasos; pero algo hay. Y cuando el chico esté en guarda preadoptiva estará con quienes serán sus padres”, manifestó.

Durante este período “de prueba”, sí se tienen en cuenta varias cosas, entre ellas, la responsabilidad de los padres. Porque también hay padres adoptivos que quiere devolver a la criatura, porque la situación no resultó ser como la habían pensado. “Ellos tienen que saber, y entender que los hijos que tiene uno son los hijos que tiene. Imagino que tuviera la desgracia de que mi hijo es de Newell’s. No lo puedo devolver: es mi hijo. Es lo que me tocó. No hay que pensar al hijo como objeto, sino como sujeto. Y también tenemos que saber que los padres somos imperfectos”, explicó –y bromeó– el juez.

Por eso, como con la adopción se constituye una familia de sujetos, con sus ventajas y sus desventajas, el control específico del Estado se ejerce únicamente durante el principio y el fin de la guarda adoptiva. En este sentido, el juez se pregunta: “Como padres, ¿a quién le gustaría que el Estado tenga que hacer un control cotidiano cada mes, mes y medio, para ver si lo hacés bien o mal? Una vez que esté dada la adopción será un hijo como cualquier otro, que sólo estuvo controlado por el Estado un período. El control que el Estado le hace a esta familia es el que le hace a cualquier otra familia, ¿desde qué punto de vista? No necesariamente judicial, todos de alguna forma estamos controlados: cuando un hijo va a entrar al jardín le hacen control médico, por ejemplo”.

Reglamentación “esquizofrénica”

“Es medio esquizofrénico, se está incumpliendo una ley ya promulgada”, trató de explicar el juez Molina cuando se le preguntó acerca del procedimiento legal que tiene que seguir esta ley. El proyecto de Registro Único se aprobó por unanimidad a mediados de 2010. Ya está vigente, pero necesita ser reglamentado; y ese decreto de reglamentación tiene que estar firmado por el gobernador. El dictamen fue elevado a la Fiscalía (se encarga de hacer los análisis pertinentes) en octubre de 2010, y aún no se ha devuelto: nadie comprende bien por qué”, se queja el juez Molina. Según manifestó, “alguna dificultad tiene que haber”. A él le consta “de buenas fuentes” que el trámite se está realizando, pero ello no impide preguntar: ¿por qué los plazos incumplidos? O, ¿por qué los plazos? El problema reside en una discusión que, según especificó el juez, ya lleva tiempo en debate y es puramente política: “¿Qué plazo pueden ponerse entre los poderes?” Pero ante todo, sucede que sin reglamentación no puede cumplirse una ley ya discutida, votada y aprobada.

Tal como explicó la diputada socialista Lucrecia Aranda, impulsora de este proyecto, lo que se busca es “crear un registro único, en toda la provincia, de personas que quieran adoptar; un registro que centralizaría la información, y generaría más transparencia en los trámites”. Según ella, antes de este proyecto, “cada juzgado resolvía «a su mejor entender» qué familia iba a recibir al niño; había una realidad variada, desigualdad”. Así, la creación del registro busca terminar con esto, planteando también que las familias que adoptan tienen que poder acceder a la información, a los registros, consiguiéndose “más transparencia en el sistema y un pie de igualdad para todas las personas”.

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