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Fuego, muerte y acusación

Un joven de 21 años fue procesado, acusado de matar a su concubina. Si bien en un principio el caso se investigó como un siniestro doméstico, el juez determinó que la chica fue rociada con alcohol e incendiada.


Un supuesto accidente doméstico ocurrido en enero del año pasado, donde una joven terminó con el cuarenta por ciento de su cuerpo quemado y falleció tras agonizar 33 días, dio un giro inesperado cuando la familia de la victima planteó en el Juzgado de Instrucción de la 9ª Nominación sus sospechas sobre la forma en que ocurrió el hecho y el papel que jugó el concubino de la muchacha, que se encontraba junto a ella en el momento del siniestro. Estas dudas dispararon una larga investigación que reveló un  caso de violencia doméstica. La pareja de la chica terminó detenido y procesado por el delito de homicidio calificado por alevosía y ensañamiento.

La tarde del 27 de enero de 2011, Lorena Jiménez, de 21 años, fue hospitalizada con el torso, los brazos y parte del rostro quemado. A pesar de las lesiones, la joven pudo contar que las quemaduras se produjeron por un accidente en la cocina. Dijo que el artefacto hizo una explosión cuando retiró una pava que había puesto en el fuego y las llamas tomaron su remera. Sostuvo que no pudo gritar y que su pareja la apagó con una frazada. Esta versión fue confirmada por su concubino, Franco A. de 21 años. Pero algunas actitudes de la víctima, de su pareja y de la familia de éste generaron sospechas en los allegados de Lorena. Cuando la muchacha murió tras agonizar 33 días, sus padres se presentaron en el Juzgado de Instrucción a cargo de Javier Beltramone, y plantearon sus dudas sobre que el hecho hubiera sido un accidente.

En su resolución del caso, el magistrado subrayó la deficiente actuación policial en la pesquisa y la falta de notificación del fallecimiento de Lorena, situaciones que jugaron en contra de la investigación, ya que impidieron la realización de una serie de medidas como la  autopsia, pericias inmediatas o requisas en el domicilio.

Dos médicos que asistieron a la joven en diferentes hospitales y dos peritos, uno de ellos especialista en explosivos, coincidieron en que las quemaduras no fueron por gases sino por “exposición a llamas por varios minutos”, y agregaron que existió una maniobra de protección facial porque la joven tenía menos quemada las palmas de la manos. En tanto, el jefe de pericias de Bomberos estimó que para que se produzca una deflagración en un domicilio es necesario que haya una gran acumulación de gases en un recinto cerrado, lo cual se produce al encender una hornalla u horno y produce daños como roturas de vidrios y restos de objetos quemados en la casa, reza el fallo.

Estos informes guiaron la sospecha hacia la pareja de Lorena. Varios testimonios señalaron que el joven era violento, que le propinaba golpes y la celaba y que la chica, estando internada, temblaba, lloraba y quería volver a su casa cuando le hablaban del accidente. A su vez el magistrado tuvo en cuenta los relatos contradictorios de los familiares del sospechoso, que terminaron erosionando la versión del acusado.

La reconstrucción del hecho en base a la versión del acusado determinó que la ropa de la víctima no llegó a prenderse fuego, sino que se achicharró mientras que, al tirarle un líquido inflamable, la prenda se quemó.

Otro elemento relevante fue el informe del médico policial que examinó al acusado, que sostuvo que, según las lesiones, el sospechoso no abrazó a su pareja para intentar apagarla, a lo que se sumó el examen sobre la frazada, que arrojó falta de rastros ígneos o tejido biológico.

El fallo sostiene que, al ser detenido, el acusado cambió su versión y dijo que sintió gritos de la joven, salió de la habitación y la apagó. Pero al momento de los hechos había dicho que la chica nunca gritó y luego, en una ampliación, afirmó que discutieron y ella intentó suicidarse rociándose con alcohol, que se prendió fuego y cuando el acusado salió de bañarse la apagó.

En tanto, el perito psicólogo que examinó al hombre sostuvo que el joven mostró falta de emocionalidad, lo que es incompatible con las situaciones traumáticas que vivió –en referencia a  la lesión de su concubina, la muerte y su posterior encarcelamiento– y agregó que el sospechoso mostró un grado de despreocupación por su concubina y sí se preocupo por si mismo.

El magistrado refirió que varios de los testimonios brindados en la causa determinaron la personalidad de un hombre que indubitablemente ejercía una violencia de género clara y simple sobre su concubina. El juez concluyó que Franco A., con una probada personalidad violenta, roció con alcohol a Lorena y la prendió fuego, mientras la víctima intentaba maniobras defensivas y, al no lograr su fin, montó una escena que pudo mantener durante la vida de Lorena, dada la captación de la voluntad que ejercía sobre ella. Con este argumento Beltramone dispuso el procesamiento de Franco A. por el delito de homicidio calificado por ensañamiento y alevosía, y ordenó trabar embargo sobre sus bienes por la suma de 100 mil pesos.

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