País

Fuera de la ley

El fiscal Stornelli iba a ser el adoptante de la beba de la niña jujeña violada

El gobernador Morales había hecho referencia a "una familia importante” interesada en adoptar al bebé en la previa a la cesárea que le practicaron a la nena de 12 años y a quien le negaron el derecho a un aborto. Según la ley, sólo pueden recibir en adopción las personas que están inscriptas


Stornelli recusó al juez Ramos Padilla y no concurrirá a la citación.

“Una familia importante está interesada en adoptar al bebé”, había dicho el gobernador de Jujuy Gerardo Morales en la previa a la cesárea que le practicaron a una nena de 12 años que había sido violada y a quien le negaron el derecho a un aborto.

Tras la muerte del bebé, que sólo vivió unas horas, ahora Morales reveló la identidad del adoptante. Se trataba del fiscal Carlos Stornelli.

Al ser consultado en radio Metro por qué en su momento sostuvo que “una familia importante” se había propuesto adoptar al bebé, dando por tierra el curso legal que debe seguir en todo proceso de adopción por medio de un registro, el mandatario jujeño contestó: “No es una familia importante de Jujuy, en verdad fue el fiscal Stornelli”.

La explicación de Morales para esta revelación fue la siguiente: “Hacía referencia a que es una familia consolidada. Había mil inscriptos, pero hice sólo una referencia diciendo «bueno, hay mucha gente interesada». Ese fue el sentido. No «importante» en el sentido de que tenga plata, como algunos creían”.

“Lo dije en el sentido de que había muchas familias interesadas, de modo tal que, en cumplimiento de la ley, se iba a producir la adopción si ocurría o si terminaba de la mejor manera”, se justificó Morales.

Con relación al caso, Stornelli “expresó su voluntad” para adoptar a la beba prematura, al igual que otras familias. Sin embargo, semanas atrás Morales afirmó en declaraciones a radio Mitre que tenía “el pedido de una persona, de una familia muy importante para adoptarla”, con lo cual se estaba refiriendo expresamente al fiscal y no al resto de solicitantes.

De acuerdo a la ley de adopción, sólo pueden adoptar niños, niñas y adolescentes aquellas personas que están inscriptas en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos. El Código Civil y Comercial, incluso, prohíbe de forma explícita la entrega directa de menores de edad a otras personas.

La realidad es que no se cumplió el fallo de la Corte Suprema ya que, en lugar de garantizar un aborto para un embarazo riesgoso producto de una violación, se obligó a la niña a parir, con el objetivo de obtener un bebé con vida. Así lo admitieron tanto Morales como el ministro de Salud provincial, Gustavo Bouhid.

Comentarios