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Hasta fines de noviembre

Caso Herrera: siguen presos los cuatro policías de la PAT

Para el juez hay peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación. Destacan “actitud irracional e irresponsable” de imputados


Los cuatro agentes de la Policía de Acción Táctica acusados de participar en la balacera que en enero pasado terminó con la vida de Jonatan Herrera seguirán con prisión preventiva (uno de ellos en su domicilio) por 60 días, la que se prorrogará automáticamente hasta la audiencia preliminar de juicio si la Fiscalía presenta la acusación antes del 28 del próximo noviembre. A su vez, el juez Gonzalo López Quintana rechazó el planteo de nulidad respecto de la audiencia oral donde se otorgó el arresto domiciliario a un imputado sin presencia de la querella, la que había presentado el pedido. Por otra parte y en virtud de las presuntas amenazas que recibieron por parte del principal sospechoso los otros acusados, el magistrado dispuso el traslado del sindicado autor material del crimen, Ramiro R., a otro lugar de detención.

La decisión del juez López Quintana se esperó con ansias en la sala 1 de los Tribunales provinciales. Pasadas las 14, y con el recinto colmado de público, se dio lectura a la resolución que se extendió por unos 10 minutos. Tuvo varios puntos y el primero fue sobre la prisión preventiva. El juez evaluó los requisitos de esta medida, los que entendió “permanecen incólumnes”. Sostuvo que se trata de una investigación compleja que se ve reforzada con más evidencias y destacó que, luego del hecho, cuando menos existieron “maniobras delictivas de autores desconocidos por el momento” que han dificultado la tarea investigativa, en referencia al levantamiento de vainas en el lugar del hecho. Incluso se detalló que el principal acusado, Ramiro R., levantó las suyas y las entregó a un perito.

Acusación

En cuanto a los elementos acusatorios, López Quintana valoró la declaración del presunto autor del robo que originó la persecución que acabó con el homicidio de Herrera –quien lavaba el auto en la puerta de su casa de barrio Tablada–. Este joven señaló que tras ser reducido –por otros policías– escuchó numerosos disparos de arma de fuego dirigidos hacia otra persona (Herrera). Detalló el juez la declaración de los imputados por homicidio Alejandro G., Francisco R. y Luis S., quienes declararon recientemente en sede fiscal, además de la ubicación de los cuatro acusados en el colectivo en que se movilizaban y la orden de Ramiro R. para que bajaran y dispararan.

Testigo

Añadió el juez la declaración de una vecina que observó a la víctima en cuclillas cerca de un árbol cuando frenó un colectivo y descendieron entre 4 o 5 personas que comenzaron a disparar –los policías acusados por el crimen–. El magistrado entendió que permanecen vigentes el peligro de fuga y el entorpecimiento de la investigación. “No se trata de valoraciones abstractas, sino de peligros ciertos y concretos”, dijo y se refirió a las penas en expectativa para los acusados.

El magistrado tuvo en cuenta el daño ocasionado, la actitud de los cuatro policías encargados de la protección de la población, quienes efectuaron disparos “en forma deliberada, irresponsable e irracional contra alguien que se refugiaba detrás de un árbol desarmado e indefenso”, detalló el juez. A ello agregó la sustracción de evidencia del lugar del hecho y las presuntas amenazas que recibieron tres imputados del sindicado autor material del crimen, por lo que resolvió que este último sea trasladado a otra dependencia policial.

Prórroga

El magistrado concluyó en prorrogar la prisión preventiva del cuarteto hasta el 28 de noviembre, plazo que se extenderá automáticamente si el fiscal Adrián Spelta acusa antes de los 60 días. A su vez desechó la morigeración de la preventiva solicitada por la defensa, por lo que tres de ellos seguirán tras las rejas. Por su parte, el cuarto imputado permanecerá con arresto domiciliario, ya que el juez no hizo lugar al pedido de nulidad de la audiencia en la que se otorgó el beneficio, al entender que “la norma habilita al querellante a solicitar medidas cautelares de carácter patrimonial y ello se entiende demarcatorio del terreno en el que puede actuar e influir dejando la facultad de recurrir medidas restrictivas de la libertad a la Fiscalía. Por último, y para evitar este tipo de planteo, el magistrado hizo una recomendación al director de la Oficina de Gestión Judicial para que se arbitren medidas sobre notificaciones a las partes.

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