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¡Atención empleados de comercio! Cómo queda el sueldo en diciembre 2023, tras la última suba de año

En diciembre 2023 habrá un aumento de sueldo de empleado de comercio del 13,3%. Cual será el salario básico del sector y cómo queda la escala salarial


En diciembre próximo los empleados de Comercio tendrán el último aumento de sueldo del año, según acordó la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys), liderada por Armando Cavalieri, con las patronales del sector en octubre último.

El incremento en los sueldos del último trimestre del año negociado en paritarias por el sindicato más numeroso del país -representa a 1,2 millones de empleados de comercio- será de 47% para el período que va de octubre a diciembre.

En el trimestre anterior habían percibido un 28% de suba salarial, pero la última paritaria se negoció tras la devaluación oficial y la aceleración de la inflación ocurrida tras las elecciones primarias, que habían dejado como insuficiente ese incremento.

Asimismo, el gremio de los empleados de comercio y los empresarios del sector acordaron volver a reunirse en enero para conversar sobre nuevos ajustes, y proteger así el sueldo de empleado de comercio de la inflación de la erosión.

¿Qué aumento de sueldo tendrán los empleados de comercio?

La suba salarial del último trimestre negociada por Faecys se abonará de la siguiente forma:

Octubre: 20 %
Noviembre: 13,3%
Diciembre: 13,3%

De esta manera, el sueldo básico para empleado de comercio llegará a ser de 397.400 pesos. Asimismo, la conducción de FAECyS acordó los aumentos salariales para los trabajadores y trabajadoras de la rama call center, para los meses de octubre, noviembre y diciembre.

Más beneficios

En cuanto al adicional por antigüedad, el mismo es del 1 por ciento por año trabajado y deberá aplicarse a las cifras remunerativas y no remunerativas; en tanto que para el presentismo, las cifras remunerativas y no remunerativas deberán ser aumentadas con la asignación complementaria establecida por el artículo 40 del convenio colectivo 130/75 de empleados de comercio.

Respecto del adicional por manejo de caja, es un complemento remuneratorio, fijado porcentualmente, según las funciones asignadas al cajero. Este adicional se calcula sobre el sueldo inicial. Los cajeros tienen ese adicional por CCT Nº 130/75, que en las escalas salariales figura como monto anual, no remunerativo, y se abona por trimestre vencido, o sea esa suma se divide por 4, y se liquida trimestralmente.

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