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Fallo

Aseguradora debe cubrir siniestro, aunque la clienta no tenía carnet

Una compañía de seguros deberá cubrir los daños ocurrido en el 2007 en Armstrong. Los camaristas entendieron que la aseguradora debió exigirle a la clienta el carnet de conducir al momento de celebrar el contrato.


Una compañía de seguros deberá cubrir los daños de un accidente de tránsito, a pesar que la clienta no tenía carnet de conducir, según publicó el portal Tiempo de Justicia.

La Cámara de Apelaciones de Circuito de los tribunales provinciales de Rosario rechazó un recurso planteado por la compañía de seguros.

La empresa Federal Argentina por un fallo de primera instancia debía cubrir los gastos producidos por un choque ocurrido en el 2007 en Armstrong.

Sin embargo, consideró que era causal de exclusión de cobertura que la automovilista no tuviera carnet de conductor habilitante al momento del siniestro.

Los camaristas Eduardo Pagnacco, Ricardo Netri y René Galfré entendieron que la aseguradora debió exigirle a la clienta el carnet de conducir al momento de celebrar el contrato.

Para la Cámara la empresa tenía la obligación de realizar todas las averiguaciones necesarias y no haberlo hecho es un acto de mala fe que la habilitó a cobrar las cuotas, pero en caso de un siniestro podía eludir su responsabilidad de cobertura.

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