Economía

5000 profesionales en riesgo

Alertan que la profesión de despachante de Aduana puede desaparecer tras el DNU de Milei

El Centro de Despachantes de Aduana decidió ir a la Justicia. Aseguran que el decreto pone el riesgo la fuente laboral de 5.000 profesionales


Uno de los puntos cruciales del DNU de Javier Milei, reglamentado el viernes pasado y que avanza con una fuerte desregulación de la economía, es que cualquier personas podrá operar en comercio exterior sin necesidad de inscribirse en registro importador alguno o demostrar solvencia financiera.

Desde luego que esta solvencia será un requisito necesario cuando tengas que negociar con tu contraparte en el exterior, pero uno de los puntos que más entusiasman a los emprendedores es la posibilidad de hacer negocios con países extranjeros sin tantas vueltas.

Desde ahora todos podrán convertirse en importadores y, desde luego, lo que más le importa a la administración Milei, en exportadores.

Un párrafo para subrayar teniendo en cuenta la avidez de muchos argentinos que podrán comenzar a importar todo tipo de productos desde, bienes del sector tecnológico o todo tipo de productos que la población requiera, desde prendas textiles hasta repuestos para los automóviles.

En este contexto, los despachantes de Aduana dicen enfrentar una situación de “incertidumbre” e “intranquilidad” sobre la continuidad de su profesión a raíz de las modificaciones en el Código Aduanero dispuestas por el Gobierno nacional en el Decreto 70/2023.

A causa de esto, el Centro de Despachantes de Aduana (CDA) decidió ir a la Justicia con una acción de amparo y medida cautelar.

Más de 5.000 profesionales afectados

La presentación es contra el apartado de Comercio Exterior (Título V) del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) impulsado por el presidente Javier Milei, el cual, aducen desde el CDA, se presenta una “paradoja de la desregulación” de la actividad del Despachante de Aduana, una situación que en la Argentina afecta a más de 5.000 profesionales que desarrollan esta actividad.

El DNU “invoca varios objetivos loables, pero concretamente respecto de los Despachantes de Aduana no dice qué es lo que su régimen tal como estaba resulta perjudicial, y mucho menos su urgencia de cambio”.

Ello implica “una gran indefensión, pues no elimina su profesión, ni su carácter de Auxiliar del Servicio Aduanero (mantiene el art. 36 del Cód. Aduanero), pero reduce la actividad a su mínima expresión y lo deja como un título vacío”, advirtieron el presidente del CDA, Héctor Gerardo Pardal, y el secretario de la entidad, Facundo Manuel Álvarez.

En diálogo con Télam, la vicepresidenta del CDA, Andrea Coscarello, dijo que la intención del Gobierno es “modificar el comercio exterior” con esta normativa.

“Sentimos una gran indefensión, pues el decreto no elimina su profesión, ni su carácter de Auxiliar del Servicio Aduanero, pero reduce la actividad a su mínima expresión y lo deja como un título vacío”.

Si bien reconoció la necesidad de actualizar el Código Aduanero -ya que la normativa vigente es del año 1982-, Coscarello sostuvo que el eje “no debería ser sin la figura del Despachante de Aduana”.

“Ante todo, somos auxiliares del servicio aduanero y estamos en el artículo 36 del Código Aduanero. En el artículo 37, lo que se quiere hacer es el agregado de una persona física, jurídica, autorizada por un importador, ergo, se agregaría en ese artículo un ‘autorizado'”, se explayó Coscarello.

Y advirtió que “para ese ‘autorizado’ no hay condiciones y hoy nosotros sí las tenemos, como ser mayores de edad, tener un título de capacitación, estar inscriptos en la Inspección General de Justicia, llevar libros de comercio, somos responsables ante la Unidad de Información Financiera, que es fundamental por el tema de lavado de activos y financiación del terrorismo”.

“¿Adherimos a la facilitación? Totalmente, eso es indiscutible porque sí o sí necesitamos la facilitación de todo lo que sea el comercio exterior, pero no a través de una figura que va a ser un ‘autorizado’, va a tener que saber hacer el trabajo, clasificar, valorar, si esa mercadería tiene fraude marcario. O sea, no va a tener control la mercadería que ingrese o que egrese”, planteó la profesional.

Por su parte, Raúl Vázquez y Matías Duarte, secretario general y tesorero de la Asociación de Empleados de Despachantes de Aduana (AEDA), respectivamente, manifestaron en diálogo con Télam, que el Gobierno busca “desregularizar la actividad, sacar el llenado de profesionalismo al despachante de aduana”.

Concretamente, “fomentar las operaciones de comercio exterior, tanto importaciones como exportaciones, sin ninguna vinculación con un nivel profesional como el del despachante de aduana”, enfatizaron los directivos de AEDA.

“El Gobierno quiere fomentar las operaciones de comercio exterior, tanto importaciones como exportaciones, sin ninguna vinculación con un nivel profesional como el del despachante de aduana”

Duarte dijo que con esta medida está “en riesgo el puesto de trabajo de más de 40.000 familias que dependen de la actividad nacional del comercio exterior que regulan los despachantes”.

De todas maneras, Vázquez aclaró que pese a la publicación del DNU 70/2023, “por el momento está todo igual ya que la operatividad sigue funcionando y la gente está trabajando”, con lo cual “este DNU todavía no está teniendo ninguna consecuencia” practica.

Sobre este punto, Duarte consideró que el DNU “no tiene régimen de reestructuración”.

“Ellos sacaron el DNU pero ahora viene la otra parte, que es rearmar la estructura, si lo ponen en vigencia o no”, advirtió Duarte.

Por otra parte, a partir de lo establecido en el DNU, dicen desde el CDA, se está “perdiendo una oportunidad de insertarnos en el mundo en tanto comercio internacional porque ningún país del mundo es libre por completo para sus negocios internacionales”.

“Todos protegen; si creemos que Estados Unidos, Europa, China o Chile no protegen, es mentira”, confiaron desde la entidad a Télam. En esta línea, recalcaron: “Somos facilitadores, estamos para facilitar el comercio y agilizar todo lo que sea el comercio internacional”.

Asimismo, contemplaron que la figura del Despachante de Aduana “en Uruguay es obligatorio, en Chile son ministros de Fe, en España son recaudadores de impuestos”. “El 95% de las operaciones comerciales del mundo pasan por manos de despachantes de aduana o agentes aduaneros porque el privado elige tener la confianza de un despachante de aduana porque da certeza, agilidad, condiciones claras de trabajo y previsibilidad”, sumaron.

Para la CDA, los despachantes de aduana son “puentes con el mundo” porque “a la gente o empresas que no pueden salir al mundo, el despachante les hace el puente para que se salgan”. “Somos la herramienta que necesitan para salir al mundo y la oficina de comercio exterior de todas ellas, las pymes, las micropymes, las unipersonales, inclusive de grandes empresas donde el despachante trabaja en coordinación con el departamento de exportación o importación de la empresa para llevar adelante sus operaciones”, sostuvo una alta fuente de la entidad.

“Las empresas nos consideran una herramienta fundamental para el progreso del comercio exterior”, concluyó.

En medio de la preocupación en el sector, las autoridades del CDA se reunieron la última semana con la flamante directora General de Aduanas, Rosana Lodovico, y el subdirector general de Control Aduanero, Diego Carlos Figueroa.

En ese marco, la CDA transmitió la “preocupación compartida por ambas partes respecto a la reciente publicación de un decreto de relevancia para el sector”, según un comunicado de la entidad. “Expresamos nuestras inquietudes resaltando como las más llamativas la poca capacidad de control que va existir sobre los actores, la falta de información de los mismos, la no validación de idoneidad y el posible descontrol sobre las operaciones, entre otros”, ahondó Figueroa.

Milei libera las importaciones: las claves de la medida

La apertura de las “tranqueras” al mundo se apoya en la derogación del Registro de importadores y exportadores que se especifica en el artículo 92 del Código Aduanero.

El decreto de la administración de Javier Milei explica: “Todas las personas humanas y jurídicas podrán solicitar destinaciones aduaneras y realizar operaciones de comercio exterior sin necesidad de inscribirse en ningún registro”.

Una destinación aduanera es un documento mediante el cual una persona declarante, señala el régimen aduanero al que se someterá una carga. Esta declaración es aplicable a las mercancías que llegan al país mediante una importación. Usualmente, un despachante aduanero contratado por un cliente realiza este trámite que es el paso principal para que el sistema de aduanas del país pueda procesar una mercancía, fijando los tributos, aranceles a pagar según el caso.

Importaciones: cómo se manejaban antes del DNU de Milei

Ahora bien, antes del DNU, los importadores y los exportadores para solicitar destinaciones aduaneras debían inscribirse en el Registro para que mediara en cada operación una autorización de la Administración Nacional de Aduanas, la que a su vez podía exigir a los importadores y exportadores que acrediten la solvencia necesaria o que otorguen una garantía adecuada a las circunstancias. Todo esto dejo de existir con el DNU de Milei.

Por otra parte, existe un golpe enorme a las incumbencias de los despachantes de aduana porque entre las normas modificadas se anota el artículo 37, que afirma: “Las personas humanas o jurídicas podrán gestionar el despacho y la destinación de mercadería, por sí o a través de persona autorizada, con la excepción de las funciones que este Código prevé para los agentes de transporte aduanero y de aquellas facultades inherentes a la calidad de capitán de buque, comandante de aeronave o, en general, conductor de los demás medios de transporte”.

Antes del decreto sólo podía gestionarse ante las aduanas el despacho y destinación de mercaderías con la intervención del despachante. A no ser que el titular de la empresa importadora o exportadora se apersonara en las oficinas para realizar todos los trámites burocráticos necesarios para la operación de comercio exterior.

Los trámites que dejarán de hacer los importadores

Por otra parte, para los futuros importadores, se derogan muchos trámites que ralentizaban las operaciones.

El artículo 96 del Código Aduanero derogado sostenía: “Los importadores y exportadores inscriptos deberán presentar el balance general, el inventario y el cuadro demostrativo de ganancias y pérdidas, debidamente certificado por contador público; y comunicar a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la AFIP, todo cambio de los integrantes de sus órganos de administración y de los apoderados”.

Si bien para los grandes jugadores del comercio exterior toda esta gimnasia burocrática ya la tenían aceitada y los cambios propuestos no son los que más le preocupan, el cepo, el atraso cambiario a futuro y las retenciones, son sus principales intereses, para los individuos interesados en importar se abre un mundo de posibilidades donde la desburocratización es un ingrediente fundamental para conectarse al mundo.

En declaraciones a la prensa, el analista de comercio exterior Marcelo Elizondo sostuvo que “lo importante es que se le saca peso al control. La Argentina está muy burocratizada con registros, trámites que deben pasar por el Banco Central, la Aduana y la AFIP y, hasta aquí, todo es muy limitado”.

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