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Nunca más

Abusos sexuales en dictadura: criterio unánime de Casación para considerarlos delitos de lesa humanidad

El máximo tribunal penal federal del país publicó un boletín de jurisprudencia donde repasa las principales sentencias en este sentido. Las violaciones y abusos sexuales formaron parte del plan sistemático de desaparición de personas en Argentina entre 1976 y 1983


Este jueves, la Cámara Federal de Casación Penal ratificó el “criterio unánime” de este tribunal a la hora de incluir a la “violencia y/o abuso sexual” como parte del plan sistemático implementado por la última dictadura cívico militar y considerarlo un delito de lesa humanidad, es decir imprescriptible.

El máximo tribunal penal federal del país publicó al respecto un boletín de jurisprudencia en el cual se hizo un repaso de las principales sentencias firmadas al respecto, en el marco de los juicios por delitos de lesa humanidad en todo el país, según informaron fuentes judiciales.

El documento “sistematiza la jurisprudencia del máximo tribunal penal federal en materia de violencia sexual y de género ocurrida en el contexto de los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico- militar”, se informó en un comunicado.

La publicación “Género y violencia sexual en la Jurisprudencia de la Cámara Federal de Casación Penal sobre crímenes de lesa humanidad” repasa los principales tramos de las sentencias referidas a este delito.

El compilado de fallos “refleja el criterio unánime del tribunal respecto de la inclusión de la violencia y/o abuso sexual como parte del plan sistemático de ataque contra la población civil que caracteriza a los crímenes de lesa humanidad”

“Asimismo, aborda los problemas vinculados a la autoría y la participación en estos hechos, como también la autonomía de los delitos contra la integridad sexual respecto de la tortura u otras conductas punibles”, agregó el tribunal.

La compilación “refleja la riqueza de las discusiones jurídicas vinculadas, en definitiva, con el deber del Estado de investigar y juzgar los crímenes de lesa humanidad y la violencia de género”.

El boletín “da cuenta de la fundamental función de los juicios en la reconstrucción de la verdad, la memoria y la justicia como cimiento esencial de la democracia que este año cumple 40 años ininterrumpidos de vigencia, a la vez que hace honor a los compromisos internacionales sobre derechos humanos”, agregó Casación

La publicación fue aprobada por el Tribunal de Superintendencia de Casación integrado por los jueces Mariano Borinsky, presidente; Daniel Petrone, Guillermo Yacobucci, Javier Carbajo y Gustavo Hornos.

Un largo recorrido

En Argentina la primera vez que se condenó la violencia sexual como un delito de lesa humanidad fue en 2010. Entonces, el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata resolvió un falló donde condenó a prisión perpetua a Gregorio Rafael Molina.

En Rosario, se logró este tipo de condena recién diez años después cuando el marco de la tercera elevación de la megacausa Feced (la más grande en relación a centros clandestinos de Santa Fe) se condenó a José Rubén Lo Fiego y Mario Alfredo Marcote. Fue en mayo de 2020.

Marcote era conocido como “El Cura” en los centros clandestinos de detención porque de su cuello colgaba un gran crucifijo. Muchas sobrevivientes lo señalaron como “un violador serial” y que la violencia sexual “era su especialidad”.

La lucha que dieron las querellas y fiscalías del país para reconocer al abuso sexual y las violaciones como delitos autónomos de los demás tipos de tortura fue para visibilizar la violencia específica que implicaban y que fue una práctica extendida en todos los centros clandestinos de detención del país.

Era una forma específica de degradación y humillación. Se atacaba sobre todo a mujeres —inclusive embarazadas a quienes se forzó a abortar— pero también a hombres.

Dentro de la concepción abuso sexual se tienen en cuenta desde violaciones y abusos hasta otros tormentos como la desnudez forzada, las torturas con picanas en los genitales, los chistes obscenos, la obligación de los y las detenidas a realizar sus necesidades fisiológicas en el baño con las puertas abiertas y apuntadas por armas, ser manoseadas en las duchas y los interrogatorios de índole únicamente sexual. La Justicia reconoce que todo esto fue realizado de manera sistemática durante los años de terrorismo de Estado, a lo largo de todo el país.

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