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A la pesca de los infractores del río

En dos años y medio, se detectaron más de mil contravenciones a la ley.

Un informe elaborado por el Ministerio de la Producción da cuenta que en la provincia de Santa Fe se produjeron, desde diciembre de 2007 al 27 de abril de 2010, más de mil infracciones a la ley provincial Nº 12.212, que regula el ejercicio de actividades relacionadas con los recursos ictícolas.

Más del 50 por ciento de las infracciones fueron detectadas en el departamento Garay que, junto con La Capital, San Jerónimo y San Javier, conforman núcleos donde se dan los mayores casos de contravención, relacionados con pesca sin licencia; la utilización de vehículos no habilitados para el traslado de los pescados, y acopio de especies vedadas, de las cuales el sábalo representa más del 90 por ciento de los decomisos realizados.

Así lo indicó la Subsecretaría de Relaciones Institucionales del Ministerio de la Producción que tiene a su cargo las áreas involucradas en la pesca santafesina por un período de 60 días. Desde el organismo se informó también que “a la fecha se encuentran sancionados o con expedientes administrativos en trámite por infracción las siguientes licencias de acopio: Pesquera Bruno, Roberto Frigorífico El Timón, Marfig SRL, Ramiro Rodríguez, Frigorífico Marea Sol, Mónica Medina, Elvio Cohelo, Ictícola Coronda SA, Frigorífico Don Quito y Latitud Sur”.

Para realizar el control de las actividades relacionadas con la pesca, el Ministerio de la Producción que comanda Juan José Bertero se basa en la ley 12.212, sus modificatorias y decretos reglamentarios que regulan, entre otras actividades, la captura, cría, cultivo, comercialización e industrialización de dichos recursos, como también su fiscalización.

Al detectarse algún tipo de infracción, los inspectores de la cartera de Producción, personal policial, de Gendarmería o Prefectura confeccionan el acta de infracción correspondiente. Estos inspectores tienen, además, la facultad de decomisar los productos y/o subproductos en infracción y, de acuerdo a la gravedad de la contravención, el secuestro de equipamiento y elementos que se hallen en cada uno de los procedimientos.

Además de labrar las actas y decomisar productos o artes de pesca, la ley no faculta a los inspectores para realizar multas o inhabilitar una licencia –ya sea de pesca, transporte o acopio–, lo que traba el proceso hasta que éstas finalmente se efectivizan.

Las suspensiones o inhabilitaciones corresponden a aquellas personas consideradas reincidentes, con dos o más sanciones aplicadas dentro de los cinco años. Según la cantidad de reincidencias, se dispone el tiempo de inhabilitación, según la siguiente escala: si se trata de dos veces, se suspenderá o inhabilitará por seis meses; de tres, corresponde un año, y de cuatro o más, la sanción será permanente.

El Ministerio de la Producción elabora en la actualidad un anteproyecto de ley de pesca para proponer el tratamiento a las cámaras legislativas, que subsanaría, entre otros temas, las “actuales deficiencias” de la ley 12.212 en lo que refiere a las infracciones.

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