País

Impunidad

A cinco años de la muerte de Rafael Nahuel, no hay avances en la causa

El joven de 22 años integrante de la comunidad mapuche fue asesinado un 25 de noviembre del 2017, luego de que prefectos del grupo Albatros de Prefectura dispararan plomos contra personas que se resistían al desalojo de tierras en Villa Mascardi, Bariloche.


La causa que investiga el homicidio de Rafael Nahuel lleva un lustro sin tener grandes novedades. Sólo la incertidumbre de los querellantes sobre qué sucederá con el expediente: con tres pericias realizadas, esperan  la fecha del inicio de las audiencias del juicio con tres prefectos imputados.

“Hay un olor a impunidad tremendo”, exclamó en diálogo con El Ciudadano el abogado Rubén Marigo, referente de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH). El militante era presidente de la regional Bariloche del organismo  en el momento en que una bala ingresó por el glúteo de Rafael Nahuel, para salir por su pecho, mientras subía por el monte boscoso de Villa Mascardi.

Fue el sábado 25 de noviembre de 2017, en uno de los dos lotes declarados como recuperados por la comunidad Lafken Winkul Mapu, a 35 kilómetros de la ciudad de San Carlos de Bariloche. Días previos, y a raíz de una denuncia de la Administración de Parque Nacionales debido a la presencia de la comunidad mapuche, un operativo especial de 200 efectivos federales de diferentes fuerzas llegaron a Mascardi con la tarea de correr a los integrantes de la comunidad originaria, que rechazó y resistió el desalojo.

El Poder Judicial había determinado que el cuerpo Albatros, dependiente de la Prefectura Naval Argentina, tenía que custodiar el perímetro del Parque Nacional Nahuel Huapi, y evitar el ingreso de personas. Dos días antes, el día de la llegada de los efectivos al territorio, el 23 de noviembre, un operativo de desalojo detuvo a cinco mujeres mapuches. Los hombres huyeron montaña arriba del parque. Al entrar en el bosque donde estaban parapetados integrantes de la comunidad Lafken Winkul Mapu, los integrantes del grupo de tareas abrió fuego contra los originarios.

Graciela y Alejandro, mamá y papá de Rafael Nahuel

Los integrantes de la fuerza, Sergio Guillermo Cavia, Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García, ingresaron al parque que debían custodiar, armados con pistolas Beretta 9 milímetros y subfusiles MP5. Allí se toparon con los restantes integrantes de la comunidad, a los cuales les dieron la voz de alto. Los mapuches respondieron con piedrazos, y los federales comenzaron a disparar. Las pericias pudieron rescatar entre 114 y 129 proyectiles 9 milímetros.

La causa fue elevada a juicio en diciembre del 2021 en el Tribunal Oral de General Roca, tras ser concluida la etapa de instrucción del expediente, a cargo de la jueza federal subrogante de Bariloche Silvina Domínguez. La carátula: “Homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa”. El mismo tuvo varios jueces en su haber: Gustavo Villanueva (el mismo que ordenó el desalojo de la comunidad mapuche en 2017), Leónidas Moldes (era el titular del Juzgado pero dejó el cargo), Gustavo Zapata y la magistrada Silvina Domínguez.

La causa tiene a cinco personas procesadas, integrantes del grupo de tareas Albatros, de la PNA: el cabo Sergio Guillermo Cavia por el delito de “homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa” y a Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García, como “partícipes necesarios” del hecho.

El período de audiencias todavía no tiene una fecha de inicio, cosa que preocupa a la querella, debido a la posible utilización política de la causa: “Esperamos que sea el último año de la causa. Existe la posibilidad de que el juicio sea trasladado a un juzgado de Buenos Aires, por lo que la causa se llevaría adelante muy lejos de la posibilidad de movilidad de su familia”, explicó Marigo, quien agregó : “Tendremos que estar preparados en lo político, en lo legal, en lo emocional. Sabemos que va a ser difícil llevar el juicio”.  Y señaló los intentos del fiscal  de calificar el delito como “homicidio en legítima defensa”: “Es la figura legal que usan en los casos de causas de muerte por violencia institucional”, advirtió Marigo.

“Es muy difícil entender cómo puede ser que sea exceso de la legítima defensa cuando los que se defienden son entre 7 y 10 prefectos, armados con armas largas, sino que además los supuestos atacantes hayan sido un grupo de personas de la comunidad que estaban lanzando palos y piedras, en una pendiente donde no se hallaron otras armas ni registro de pólvora en las manos de Nahuel, y donde se encontraron 140 cartuchos en la escena, montaña arriba”, reflexionó Marigo.

Para el abogado, que integraba la querella de la causa hasta hace escasos meses, la causa “peligra” por dos cuestiones: en primer lugar debido a la real posibilidad de que el expediente sea trasladado a un juzgado de Buenos Aires. Por otro lado, el dos veces titular de la regional Bariloche de APDH entiende que desarrollar las audiencias del juicio llevaría cerca de tres a cinco meses, lo cual podría coincidir con la época de elecciones: “Es una causa muy sensible de ser politizada. Acá en Bariloche se llevaron adelante muchas marchas de la derecha”, en referencia a las movilizaciones llevadas adelante por los propietarios y arrendadores en Villa Mascardi en rechazo a la presencia de las comunidades originarias en las inmediaciones del predio.

Rafael Nahuel tenía 22 años al ser asesinado en el encuentro con la Prefectura en los bosques de Villa Mascardi

La investigación contó con tres pericias que buscaron determinar la identidad del efectivo que dio el tiro que le quitó la vida al joven de 22 años en Villa Mascardi: la primera fue realizada por el Poder Judicial, señaló que el proyectil salió de un subfusil MP5 que correspondía a Pintos.

En una segunda instancia de peritaje, los peritos de Gendarmería concluyeron que la bala que mató a Nahuel no se correspondía ni al arma de Pintos ni de otro de los efectivos. La tercera pericia la hicieron integrantes del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) del Ministerio Público de Salta y estableció que la bala salió del arma de Sergio Guillermo Cavia. Este último procedimiento de investigación fue denunciado múltiples veces por la querella ente violaciones en la cadena de custodia de las pruebas, el extravío de proyectiles levantados en la escena del crimen, entre otras irregularidades.

“Si bien puede haber diferencias en los proyectiles, en las armas, no cabe duda de que la bala que mató a Rafa Nahuel salió del arma de un prefecto que no estaba autorizado por la justicia para estar en el predio, ni mucho menos para reaccionar como reaccionaron contra personas que estaban desarmadas y en franca desventaja”, adujo Marigo, y sentenció: “El caso de la muerte de Rafael Nahuel es un caso paradigmático de la violencia institucional en Argentina”

Comentarios