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Otro candado a las reservas

Una jueza suspendió el decreto 289 que creó el “Fondo para el Desendeudamiento Argentino”, lo cual le impide al Tesoro pagar deuda con plata del Banco Central. El gobierno apeló, y ahora decidirá la Cámara.

La jueza en lo contencioso administrativo federal Claudia Rodríguez Vidal concedió ayer el recurso de apelación presentado por el gobierno nacional contra su decisión de suspender los efectos del decreto presidencial 298/10 que dispuso el uso de reservas para el pago de deuda externa, informaron fuentes judiciales. Vidal había considerado que el decreto era igual que el Decreto de Necesidad de Urgencia (DNU) del Fondo del Bicentenario (Fobic). En tanto, el jefe del Gabinete, Aníbal Fernández, había considerado que eran distintos.

Con la decisión de la aceptación de la apelación, la causa llegará a la Cámara del fuero en un plazo máximo de cinco días, tiempo que tiene el gobierno para fundamentar la apelación.

El recurso contra el fallo de Rodríguez Vidal quedó a cargo de la sala I de la Cámara, integrada por Néstor Bujan, Néstor Coviello y Clara do Pico.

Esta última fue miembro de una de las salas de feria judicial que ratificó una medida cautelar que suspendió el uso de reservas al fallar sobre el primer decreto que creó el Fobic, derogado por el gobierno, en un caso declarado “abstracto” ayer por la Corte Suprema.

Ayer a la mañana la magistrada notificó su decisión de hacer lugar a una medida cautelar que pedía la suspensión de la vigencia del nuevo decreto firmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y que establece el uso de reservas del Banco Central para el pago de deuda.

Esta norma fue firmada el lunes último, tras la derogación de otro decreto que fijó la creación del Fobic y que establecía la misma medida para con el pago de deuda.

La decisión judicial de suspender la vigencia del decreto seguirá vigente hasta que se expida la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

La decisión de la jueza de suspender dicho decreto se debió a planteos formulados por Graciela Camaño (PJ disidente) y por Gerardo Morales y Ricardo Gil Lavedra (UCR).

La medida sólo alcanza al decreto de necesidad y urgencia 298/10, por el que se dispuso el pago a tenedores de bonos de la deuda pública, aunque no a un decreto simple, el 297/10, por el cual se ordenó hacer frente a vencimientos con reservas ante organismos de crédito internacionales.

La jueza consideró que el derogado decreto 2010/09, por el que se creó el Fondo del Bicentenario –que luego la presidenta derogó– y el decreto 298/10, que lo reemplazó, son en lo sustancial idénticos.

Por su parte, el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, había considerado ayer un “sinsentido tan grande” y un “error fenomenal” la medida cautelar de la jueza Claudia Rodríguez Vidal, y aseguró que pese a esa decisión el gobierno puede utilizar “sin ningún inconveniente” los fondos de la autoridad monetaria. “La Corte ya se expidió respecto del recurso que llevó al tribunal de última instancia respecto al decreto 2010. Para que la jueza pueda parangonar ese decreto con el 298, por lo pronto tienen que parecerse y son dos actos administrativos distintos”, explicó el funcionario nacional.

Además, ratificó que “el gobierno puede utilizar sin ningún inconveniente las reservas comprendidas en el 298”.

Fernández explicó que “el decreto 2010, que es el que se dictó a fines del año pasado y que es el que derogó la presidenta con el decreto 296 el 1º de marzo, modificaba la ley de convertibilidad en su artículo sexto”.

“El decreto 298 no lo hace, con lo cual tiene ahí una diferencia sustancial”, subrayó.

Y agregó: “El 2010 hacía una modificación que quedaba para siempre”, mientras que el 298 es exclusivo de la deuda de este año.

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