Política

Piden no contemplar probation en casos de violencia de género

El proyecto de la diputada Marcela Aeberhard propone una reforma del Código Procesal Penal para que estos casos deriven en un juicio oral obligatorio. El año pasado se registraron 29 femicidios en Santa Fe y este año ya hubo 13.


violencia-dentroUna legisladora provincial presentará un proyecto de reforma al Código Procesal Penal para que los casos de violencia de género deriven en un juicio oral obligatorio y no sea contemplada la posibilidad de una probation.

La iniciativa es de la diputada Marcela Aeberhard, del espacio 100 por Ciento Santafesino, quien indicó que el objetivo es evitar la reincidencia en casos de violencia de género y proteger la integridad de las víctimas.

La legisladora opinó que “cuando ocurren femicidios como el de Melina Monzón o el de Carmen García es porque fracasaron todas las instancias competentes anteriores para evitarlo”.

“El día que sancionábamos la adhesión a la ley nacional de violencia de género ocurrió el caso de Gisela Benítez. Ella había realizado numerosas denuncias a la Justicia, pero más allá de las denuncias, ella fue quemada en el pecho y en el cuello”, señaló Aeberhard en declaraciones a radio Universidad.

La diputada remarcó que “los hechos de violencia contra la mujer son cada vez más recurrentes” y reseño: “El año pasado tuvimos 29 femicidios en Santa Fe y este año ya llevamos 13”.

“Nosotros presentamos iniciativas en la Legislatura para permitir que se haga justicia. Queremos evitar la reincidencia y brindarle mayores garantías de integridad física y psíquica a la víctima”, explicó.

“Queremos que todos los casos de violencia de género terminen en un juicio oral. Las evidencias nos demuestran que luego de un tiempo, lamentablemente, las amenazas de los violentos se concretan”, agregó.

Sobre la posibilidad de beneficiar a los agresores con una probation, Aeberhard aludió a un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Góngora Gabriel, por amenazas), que indicó la improcedencia de suspender el juicio para acceder a ese instituto.

La Corte dijo que el desarrollo del juicio “resulta fundamental a los efectos de que la víctima asuma la facultad de comparecer para efectivizar el acceso efectivo al proceso, de acuerdo al artículo 7 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer de Belem do Pará”.

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