Política

Lesa humanidad

Villazo: piden “celeridad” en la causa que investiga los crímenes cometidos en 1975

Organismos de derechos humanos hicieron una presentación este miércoles en la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario. La causa fue elevada a juicio oral en marzo de este año pero fue presentada hace casi diez años


Créditos: Norberto Puzzolo

La delegación Rosario de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) realizó este miércoles una presentación para solicitarle “celeridad” a la Cámara Federal de Apelaciones local en la resolución de la causa por delitos de lesa humanidad cometidos en represalia a la lucha obrera en Villa Constitución, en marzo de 1975, para que sea elevada a juicio.

En la nota presentada ante la Cámara Federal de Rosario, firmada por la APDH, el Espacio Memoria, Verdad y Justicia de Villa Constitución y familiares de las víctimas de la represión ilegal, se señala: “Nos dirigimos a ustedes con el objeto de solicitarles y exigirles celeridad en la emisión de la resolución sobre los procesamientos que se discuten, en el sentido ya ordenado por la Cámara (Federal) de Casación Penal”.

La causa por el hecho histórico denominado “Villazo”, que consistió en una intervención militar, policial y paramilitar en Villa Constitución en marzo de 1975 por un conflicto gremial de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), fue presentada en 2013, hace casi una década. Se elevó a juicio oral en marzo de este año.

El fiscal del caso, Adolfo Villatte, pidió en 2017 las indagatorias para 102 acusados, pero el juez federal Nº4 de esta ciudad, Marcelo Bailaque, la concedió para 46 y dictó los procesamientos de los imputados por los delitos de homicidio, torturas y secuestros recién en marzo de 2020.

Una de las abogadas de la APDH, Julia Giordano, dijo a Télam que la Cámara Federal de Rosario revocó en parte esos procesamientos y “dictó falta de mérito en los casos de homicidio” que se analizan en la causa.

Esa decisión fue apelada por las querellas y en mayo pasado la Cámara Federal de Casación Penal revocó la resolución de la Cámara rosarina y le ordenó dictar un nuevo fallo, que contemple los casos de homicidio de militantes gremiales de Villa Constitución.

Entre los acusados hay dos empleados jerárquicos de la empresa Acindar, que según la investigación prestó sus instalaciones para la represión ilegal de sus obreros, brindó información sobre ellos y pagó sobresueldos a policías para la persecución de los militantes de la Lista Marrón de la UOM, enfrentada a la conducción nacional.

El “Villazo” se inició el 20 de marzo de 1975 cuando un conjunto de tropas militares, policiales y parapoliciales “ocupó” la ciudad ubicada en el sur de Santa Fe y produjo homicidios, secuestros y aplicación de tormentos.

Según la investigación, ese proceso represivo ofició como “laboratorio” de lo que un año después se extendería a todo el país tras el golpe de Estado a la presidenta María Estela Martínez. 
En la nota presentada hoy, los querellantes le piden a la Cámara Federal que dicte la nueva resolución y que contemple los casos de homicidio, para que se realice un solo juicio oral, atento a que el resto de la causa ya fue elevada, dijo Giordano.
“Los camaristas del máximo tribunal penal del país (Casación Federal) han dado cuenta de la gravedad de continuar dilatando este proceso”, dice la nota de la APDH y las demás organizaciones de derechos humanos. 
“En ese sentido, en su voto el juez (Gustavo) Hornos expresó que ‘habré de acompañar la solución propuesta sin efectuar ulteriores consideraciones, exhortando a que el nuevo pronunciamiento, cuyo dictado se ordena, sea emitido con la mayor celeridad, y se avance sin dilaciones hacia la celebración del juicio oral'”. 
Giordano dijo a esta agencia que “nuestra preocupación es que no se permita la impunidad biológica”, atento a que los más de 30 acusados son personas mayores, al igual que las víctimas. En la nota, remarcaron que “el paso del tiempo en causas como la presente generan impunidad”, atento a que “dificultan la prosecución de la causa por las muertes y enfermedades nuestras y la impiden por completo en los casos de enfermedades o muerte de los victimarios”.

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