País

Corrupción en los 90

Venta de la Rural: fiscal pide prisión para Menem y Cavallo

Es en el marco de la causa que estudia los hechos que tuvieron lugar en 1991, cuando por decisión de los por entonces presidente y ministro de Economía se vendió un bien de dominio público –un predio de Palermo– sin una ley del Congreso y a un precio considerado "vil" por la Justicia –a la SRA–


La fiscal de juicio Gabriela Baigún pidió este miércoles la pena de cuatro años de prisión para el ex presidente Carlos Saúl Menem, y de tres años y nueve meses para el ex ministro de Economía Domingo Felipe Cavallo, por la venta a precio “vil” del predio del barrio porteño de Palermo a la Sociedad Rural Argentina (SRA) a principios de los 90.

Así lo solicitó en su alegato ante el Tribunal Oral Federal 2 y en ese marco también reclamó condenas para otros dos ex funcionarios del Ministerio de Economía, además de la pena de dos años y diez meses para Ricardo Agustín de Zavalía, ex presidente de la Sociedad Rural.

El actual senador nacional Menem fue recientemente sobreseído por el tráfico ilegal de armas a Croacia y Ecuador, y condenado a otros cuatro años y medio de prisión por el pago de sobresueldos durante su gestión.

Este caso fue enviado a juicio por el juez federal Sergio Torres y ahora el TOF 2 estudia los hechos que tuvieron lugar en 1991, cuando por decisión del ex presidente y el entonces ministro de Economía se vendió un bien de dominio público sin una ley del Congreso y a un precio considerado “vil” por la Justicia.

Puntualmente, la sospecha es que se provocó un perjuicio al Estado Nacional por aproximadamente 100 millones de dólares con la venta del predio ferial de Palermo, pues la operación se habría cerrado en un 25 por ciento menos de su valor: se fijó en 30 millones de dólares cuando dicho inmueble valía como mínimo 131.800.000 pesos, según evaluó la Fiscalía.

La venta del predio fue a partir de un decreto presidencial firmado el 20 de diciembre de 1991: en su requerimiento de elevación a juicio, el fiscal Carlos Stornelli había remarcado que el predio vendido era del dominio público, lo cual implica que se encontraba “absorbido por los caracteres de inalienabilidad, imprescriptibilidad, inembargabilidad e inejecutabilidad que le impedía al Estado Nacional, aún por intermedio de su máxima autoridad, venderlo”.

Incluso, Stornelli sostuvo que los imputados utilizaron para la operación el régimen legal relativo a la venta de bienes del dominio privado del Estado en “un intento de evitar el verdadero trámite legal que debió haber tenido la operación por ley del Congreso de la Nación”, y lograron de este modo “la sustracción del bien hacia manos de particulares”.

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