Policiales

Violencia y revictimización

Una lucha por evitar la revictimización en un caso de abuso sexual llega a la Corte Suprema nacional

Tras una segunda denuncia, ya que la primera fue archivada, el caso llegó a juicio cinco años después. La defensa del agresor pidió la nulidad porque la joven no declaró en el debate, en la ciudad de Santa Fe. Los jueces rechazaron el pedido y lo condenaron. Ahora la Fiscalía va al máximo tribunal


Los delitos contra la integridad sexual son de los más aberrantes que fija el Código Penal. En muchos casos el contexto, las circunstancias en las que se produce, el tiempo que las víctimas son sometidas a estas prácticas delictivas, su edad y vulnerabilidad los hacen muchos más feroces. Perder el temor y denunciar estos abusos, que son de instancia privada, en muchos casos lleva un trabajo personal, de hartazgo, de una extrema necesidad de salir de un infierno. En una localidad cercana a Santa Fe una niña luchó contra el abuso continuo de su propio padre. A los 11 años se animó a denunciar pero no la escucharon. En 2015, cuando tenía 15 años, tuvo un hijo producto de los ultrajes y a los 16 su madre radicó una denuncia que finalmente prosperó. La investigación data de 2016: la entonces adolescente declaró en Cámara Gesell con la necesidad y convicción de no volver a hacerlo. El juicio llegó recién este año y, tras un pedido de la defensa del acusado para que declarara en el debate y la postura poco clara de los magistrados, el caso viró a una lucha por la no revictimización de la joven. Echar un vistazo a su historia con un poco de sentido común alcanza para entender por qué desde el Ministerio Público de la Acusación pelean no dejar a la víctima en una nueva situación de vulnerabilidad.

La semana pasada se realizó el juicio oral y público en el que la víctima no declaró, aunque la defensa planteó la nulidad del debate. El tribunal desechó ese planteo y condenó a Jorge C. a 19 años de cárcel. A pesar de una sentencia condenatoria, la Fiscalía a cargo de Alejandra Del Río Ayala y Matías Broggi mantiene el recurso presentado ante la Corte Nacional respecto de la no revictimización de la joven.

Entienden los fiscales que, a pesar de la condena, al existir un planteo invalidatorio por parte de la defensa la cuestión no se volvió abstracta y continuarán con el trámite en resguardo de la víctima, hasta que la sentencia condenatoria y el rechazo del planteo de nulidad de la defensa dictada por los jueces Gustavo Urdiales, Octavio Silva y Héctor Gabriel Candioti quede firme.

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El camino judicial

Tras la denuncia en 2016 y la imputación del agresor se inició un extenso camino en la instrucción penal preparatoria. Finalmente el caso llegó a la audiencia preliminar; en ella la defensa solicitó que la víctima declarara en juicio y el juez José Luis García Troiano resolvió disponer una prueba pericial sobre la víctima para determinar si estaba en condiciones de declarar en juicio. En caso contrario, dispuso la reproducción de su declaración en Cámara Gesell.

La Fiscalía apeló la decisión y el camarista Sebastián Creus la confirmó; entonces el MPA presentó un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia, pero no le dieron curso y plantó un recurso de queja ante el máximo tribunal de la provincia. Allí, los fiscales fundamentaron el pedido al entender que se encuentra en juego el derecho de la víctima al acceso a la justicia, a ser oída y a vivir una vida libre de violencias.

Explicaron los fiscales que lo decidido causa un gravamen concreto y actual ya que exponer a la víctima a una evaluación psicológica importa una práctica revictimizante: “Pretender subordinar el interés superior de los niños, niñas y adolescentes y los derechos de las mujeres en el proceso penal a las necesidades de éste contraría diversos estándares internacionales normativos, jurisprudenciales y doctrinarios, lo que constituye un supuesto de gravedad institucional”.

La perspectiva de género

Pero la Corte, a poco de iniciar el juicio, resolvió rechazar el planteo al entender que no cumplía los requisitos formales, a excepción de la ministra María Angélica Gastaldi, quien dejó asentado que las postulaciones de la querella y Fiscalía “importan -prima facie- articular con seriedad planteos que pueden configurar hipótesis de arbitrariedad y vulneración de derechos y garantías constitucionales con idoneidad suficiente como para operar la apertura de esta instancia extraordinaria”.

Entonces, como el debate oral ya estaba iniciado, el juez García Troiano dispuso que se realicen las medidas para llevar adelante el peritaje. La Fiscalía planteó que estaba pendiente el trámite, ya que no se había agotado la instancia de recursos y el juez Nicolás Falkenberg, en reemplazo de García Troiano, lo suspendió. Ante ello la defensa pidió la suspensión del juicio.

Una vez reincorporado a la actividad, el juez García Troiano resolvió que se ejecutara la medida y dijo que el juicio no se iba a suspender. Pidió que la perito evitara cualquier situación de revictimización y en caso que así fuera se informarse y se reprodujese en juicio la Cámara Gesell.

La profesional interviniente explicó que el solo hecho de la entrevista para determinar si está en condiciones de declarar es revictimizante, lo que llevó al magistrado a disponer la suspensión de la medida y la reproducción en juicio de la Cámara la Gesell. Pero la defensa planteó la nulidad del juicio y se mantuvo en su postura durante el debate.

Si bien el debate terminó en condena, la sentencia no se encuentra firme, circunstancia que llevó a la Fiscalía a continuar con el trámite del recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación hasta tanto se termine la vía recursiva respecto de la sentencia condenatoria.

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