Ciudad

Especulación mediática

Una jueza rosarina falló contra Rofex, la CNV y el Banco Central en la causa Dólar Futuro

Silvia Aramberri ordenó que se pague a valor real a inversores a quienes les modificaron los contratos tras la devaluación de 2015


La jueza federal de Rosario, Silvia Aramberri, emitió tres fallos condenando al Banco Central (BCRA), a la Comisión Nacional de Valores (CNV) y a las empresas Rofex Inversora y Argentina Clearing Inversora (AC) a pagarle a los inversores las millonarias diferencias entre el precio barato del dólar futuro que pactaron comprar a finales de 2015 en el mercado Rofex y el valor más caro que terminaron pagando en 2016 luego de que la entidad bursátil definiera un cambio del precio en beneficio del vendedor en medio de la devaluación ocurrida tras la salida del cepo cambiario. Y la magistrada rosarina tiene todo listo para emitir en los próximos días casi 30 sentencias en el mismo sentido, cada una en torno a los 4 millones de pesos

Por el contrario, y casi en simultáneo, en la Justicia federal de Buenos Aires, el juzgado contencioso administrativo federal número tres, emitió dos fallos en favor del BCRA, la CNV y Rofex Inversora. Según informó el portal Rosario3.com, en los Tribunales federales porteños hay más de 20 fallos por salir en las próximas semanas, pero –a diferencia de Rosario- están repartidos en varios juzgados. En cada caso, las diferencias en disputa están en torno a los 3/5 millones de pesos.

Un poco de historia

Vale recordar que la causa judicial conocida como Dólar Futuro tuvo fuerte repercusión mediática porque involucró directamente a la propia vicepresidenta Cristina Kirchner, y el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, quienes ya fueron sobreseídos. La decisión había sido tomada por la Sala I de la Cámara federal de Casación Penal, a cargo de los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa.

Los jueces entendieron que debía cerrarse la investigación luego de la pericia que hicieron los peritos de la Corte Suprema, la cual concluyó en que no había existido perjuicio para el Estado, según lo demostraron los balances del 2015 y 2016 del Banco Central. En un voto conjunto, Petrone y Barroetaveña señalaron que según las conclusiones de la pericia realizada la suscripción de los contratos futuros celebrados por el BCRA aparecía dentro de las facultades y límites impuestos por la Carta Orgánica de esa entidad.

¿Cómo comenzó la causa?

Federico Pinedo y el diputado nacional Mario Negri (UCR) denunciaron en octubre de 2015, muy cerca de las elecciones, al entonces presidente del Banco Central, Alejandro Vanoli, y a su directorio por “defraudación por infidelidad en perjuicio de la administración pública”. La operatoria denunciada por los dos legisladores macristas fue que se acusó al Central de vender dólares a futuro a precios por debajo de la cotización que tenían estos mismos contratos en el mercado donde se vendían -en Nueva York-, donde se vendían en el momento de la denuncia.

La denuncia la radicaron durante la campaña electoral de 2015 los entonces legisladores macristas y fue en este expediente en el que se dio la primera indagatoria de CFK ante el juez Claudio Bonadío, en abril 2016. Al mes siguiente, es decir, apenas cinco meses después de que dejara la Casa Rosada, la expresidenta recibió su primer procesamiento por parte de quien era el titular del juzgado federal N° 11.

La acusación recaía sobre Cristina por ser la responsable “política” de una serie de operatorias legítimas con el dólar futuro que, para Bonadio, fueron perjudiciales. Además, devaluación macrista mediante, resultó sumamente productiva para muchos funcionarios cambiemitas. Por otro lado, lo curioso del caso es que no había ninguna mención a la actual vicepresidenta en la denuncia original ni tampoco por parte del fiscal del caso, Eduardo Taiano. Porque el BCRA es un ente autárquico y la presidenta no tenía injerencia en sus decisiones.

El otro camino

Lo cierto es que, por el lado del sector privado y en caso de llegar Macri al gobierno, el Banco Central calculó por entonces que cumplir con los pagos correspondientes provocaría una gran emisión de pesos (ya que lo que se abona en el mercado de futuros al cumplir un contrato es la diferencia en precio entre la cotización del día y la cotización futura pactada anteriormente).

Y como calificó de maliciosa la decisión de vender a futuro dólares baratos, instó al Rofex a que tome cartas en el asunto. Fue así que, avalado por el reglamento de los contratos, el Rofex, con base en Rosario, dispuso por razones de emergencia un cambio de precios de esos contratos que, en la práctica le alivió el monto a pagar a la autoridad monetaria. En concreto, hubo una corrección de $1.75 por dólar para las operaciones abiertas a partir del 28 de octubre de 2015 inclusive.

Como era de esperar, muchos inversores que compraron dólares a futuro a precio bajos iniciaron demandas pidiendo que el Banco Central les pague los valores originales. No obstante, los demandantes, en general, fueron operadores no habituales y que habían ingresado a comprar dólares post Paso y post denuncia de Alfonso Prat Gay de lo que estaba haciendo el Banco Central.

En ese año, el 2015, hubo una tanda de medidas cautelares pedidas por los inversores, pero que fueron todas desactivadas en favor de las entidades demandas. Y ahora esas causas están llegando a las instancias de definiciones de fondo.

Fallos judiciales

En sus fallos, la jueza Aramberri dispone ahora que los demandados abonen las diferencias en 15 días y dispuso el pago solidario entre Rofex Inversora, AC Inversora, Banco Central y la CNV, que es un órgano de control que no participa de la operatoria comercial.

Según informó el portal Rosario3.com, Rofex Inversora y AC Inversora ya anticiparon que apelarán todas los fallos de Aramberri porque, dicen, no responde a derecho ni a los hechos de las causas. Si prospera la apelación el pago queda en suspenso a la espera del fallo final de Cámara. En las entidades empresarias además estiman que hay elementos para pedir además las nulidades de los fallos.

Así y todo, resaltan que en los fallos de la jueza se asegura que el reglamento del contrato que todos los participantes aceptan a la hora de operar avaló al Rofex a declarar la emergencia y el posterior ajuste precio ya que menciona que que “el mercado y su cámara compensadora no toman posiciones y que son solo una interposición jurídica entre compradores y vendedores”.

 

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