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Un transexual logró al fin su identidad femenina

La jueza Gurdulich ordenó modificar la partida de nacimiento. Ahora Marcela, también es mujer en su DNI.

“Cuando una persona de cualquier género, siente pertenecer a un sexo diferente al que genitalmente le corresponde, y se la ha asignado registralmente, se produce una disociación de la identidad sexual biológica, con la psicológica. Se sostiene que la verdadera identidad sexual del sujeto va más allá de lo meramente genital; que hace a la dignidad de la persona humana, la autodeterminación de su sexualidad, y que corresponde por lo tanto que la sociedad entienda y respete al otro diferente”. Con esos argumentos la jueza a cargo del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 3ª Nominación, Marta Gurdulich, ordenó modificar la partida de nacimiento de un transexual de 45 años y otorgarle su identidad femenina.

La resolución, además, sostuvo que en situaciones concretas como el matrimonio y la adopción, se debe informar de la modificación de los datos a quienes acrediten un interés legítimo en el asunto.

Marcela a partir de ahora podrá exhibir un documento de identidad que no se contradice con su apariencia física. En el año 2008 había solicitado la nulidad parcial de su partida de nacimiento, en relación a su nombre de pila y su sexo, y la emisión de un nuevo documento de identidad, ya que su imagen de mujer no condice con su documento. Dicha situación le generó grandes dificultades para conseguir trabajo, para acceder a seguros o prepagas, incluso para estudiar. Además, se sentía discriminada al cruzar hacia otras provincias o países.

El expediente da cuenta de los padecimientos que tuvo que sufrir Marcela durante toda su vida. Cuenta que desde que tiene memoria, mantuvo actitudes femeninas, y que a los seis años fue sometida a tratamientos violentos para que se afirmara en una identidad y estética de varón que no le dieron resultado. Posteriormente, le diagnosticaron distrofia del órgano sexual y futura infertilidad. A eso sobrevino la separación de sus padres, y el cursado de la escuela secundaria vestido de varón, hecho que terminó en un tratamiento psiquiátrico.

Durante su vida, la ahora mujer ante la ley ha sufrido distintas modificaciones en su cuerpo y fue sometida a diversos tratamientos hasta que conoció la existencia de una operación de neoplastía perineo genital que se realiza en Chile. Varios años después, logró conseguir el dinero gracias a la venta de una propiedad que heredó y se operó en el año 1996 en el país vecino. A partir  de allí, Marcela se convirtió en una mujer completa, salvo por su documento de identidad,  por lo que realizó la presentación judicial.

El cuerpo médico forense que examinó a Marcela determinó que tiene características psicológicas y sociales de sexo femenino, que no presenta alteraciones en sus facultades mentales y que su identidad sexual se adecua con el sexo morfológico, psicológico y psicosocial femenino.

Genitalidad

En su fallo, Gurdulich expresó que el sexo no es un fenómeno abstracto, ni un dato aislado, sino integrado a una totalidad de vida y que la asignación sexual de una persona hace esencialmente a su derecho a la identidad personal como un derecho fundamental garantizado por los tratados internacionales de rango constitucional.

“Cuando una persona de cualquier género siente pertenecer a un sexo diferente al que genitalmente le corresponde, y se la ha asignado registralmente, se produce una disociación de la identidad sexual biológica, con la psicológica”. Y agrega: “Se sostiene que la verdadera identidad sexual del sujeto va más allá de lo meramente genital; que hace a la dignidad de la persona humana, la autodeterminación de su sexualidad, y que corresponde por lo tanto que la sociedad entienda y respete al otro diferente”, expresa el fallo. Por todo ello, la jueza hizo lugar al planteo, dispuso la reasignación de los datos de sexo y nombre en la partida de nacimiento y ordenó la emisión de un nuevo documento de identidad. Asimismo la magistrada dispuso la conservación de la inscripción en el registro con su sexo genético como una forma de conservar la verdad biológica e histórica de Marcela, información que deberá ser brindada a quienes acrediten interés legítimo en caso de casamiento o adopción.

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