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Justicia

Un juicio sin lugar para la muerte

Un vigilador fue condenado a 14 años por balear en la cabeza a un niño de 10 años, quien agonizó tres años y murió. Pero la defensa, único actor en apelar la sentencia por intento de asesinato, desistió y la muerte del niño quedó fuera del proceso.


La controversia entre el debido proceso, la seguridad jurídica y la vida de un niño se plasmaron en un hecho de sangre que tuvo lugar en el año 2012. Fue en un confuso hecho en el que el padre de un nene de 10 años sacaba unos tirantes del predio de la Cooperativa de Pescadores en el que trabajaba. En el medio un custodio armado intervino a los tiros e hirió al niño de 10 años en la cabeza. El proceso se llevó adelante y el vigilador fue condenado por tentativa de homicidio a la pena de 14 años. Esta decisión fue cuestionada únicamente por la defensa del acusado. Sin embargo, tres años después, el niño finalmente murió y el defensor desistió del recurso. De esa manera eliminó la posibilidad de revisar el caso y de incorporar la muerte del niño al expediente. Ante ello la Cámara Penal y en virtud del desistimiento dejó firme de decisión del juez de primera instancia que condenó al acusado por tentativa de homicidio.

Agresión

El Monito tenía 10 años e iba a la escuela 9 de Julio. En el 2012 recibió un disparo en la cabeza en Nansen y Costanera. Su papá, junto a una pareja y una amiga llegaron a la Cooperativa de Pescadores ubicada en ese lugar a vaciar un contenedor. Aledaño al predio existe una guardería náutica donde se encontraban dos custodios. Uno de ellos observó la presencia de una chata y un Dodge 1500 y describió en su testimonio cómo en la camioneta subían tubos de gas del salón de fiestas que está en el lugar. El hombre dio aviso a su colega, un ex policía, y decidió reducir al conductor de la chata identificado como Sergio Bonfiglio, mientras que el ex uniformado corrió al automóvil Dodge que se alejaba del lugar.

Dos versiones

La pareja y el pequeño hijo de Bonfiglio se subieron al vehículo Dodge 1500 con la intención de buscar algo para comer cuando el custodio interpretó que estaban huyendo del lugar y empezó a tirar con un arma calibre 40. El conductor intentó proteger al niño pero un proyectil ingresó por la ventana del acompañante e impactó en la cabeza del pequeño. La lesión fue gravísima e irreversible, y debió ser mantenido en un coma inducido.

Por el presunto robo llegaron al lugar dos policías de civil, uno de ellos encargado de la seguridad de la guardería, quienes llamaron al 911. Cuando arribaron al predio Bonfiglio estaba demorado pero finalmente y a pedido de los dueños del salón que prefirieron no hacer la denuncia fue liberado y el hombre se retiró del lugar. Por su parte, Bonfiglio sostuvo que fue a buscar unas maderas que había en la cooperativa donde trabajaba e incluso sostuvo que tenía llaves del contenedor en las que estaban. A todo esto, los disparos que el custodio efectuó contra el automóvil pasaron desapercibidos por el personal policial que llegó al lugar, ya que nadie informó de la balacera al vehículo que se produjo en otro sector y que se retiró rumbo al hospital.

Joel Bonfiglio sufrió una herida que le generó secuelas irreversibles y permaneció en coma farmacológico. El autor del disparo fue individualizado, señalado por al menos 4 testigos presenciales y la descripción de su fisonomía y vestimenta coincidió con el único custodio calvo que había en el lugar, quien marchó preso. El sospechoso nunca reconoció el hecho pero las pruebas fueron contundentes y en 2014 el Juzgado de Sentencia 7ª a cargo de José Luis Mascali condenó a Enrique Fabián Cettour a la pena de 14 años de prisión por el delito de tentativa de homicidio agravada por el uso de arma y portación de arma de fuego.

La condena fue apelada por la defensa de Cettour. Tanto la querella como la Fiscalía no adhirieron al pedido de revisión de la sentencia al entender satisfactoria la condena.

Pero el 30 de noviembre pasado Joel no soportó más la agonía y murió a consecuencia de las lesiones sufridas. Ayer se efectuó una audiencia de apelación. El acto fue presidido por un tribunal pluripersonal compuesto por Georgina Depetris, Adolfo Prunotto Laborde y Otto Crippa García. Al iniciar la audiencia el defensor Juan Ubiedo desistió de la apelación y aceptó la condena a 14 años de prisión por tentativa de homicidio. Esta situación imposibilitó la continuación del proceso ya que fue el único que apeló el fallo. Con esta decisión impidió la revisión de la sentencia.

La fiscal de Cámaras María Eugenia Iribarren sostuvo durante la audiencia que planteará la muerte del niño como un hecho nuevo en baja instancia, aunque algunas fuentes consultadas sostuvieron que es un hecho jurídicamente extraño, donde una consecuencia de un hecho delictivo se produce cuando el proceso llegó a su fin y modificar la situación procesal del acusado implicará una enorme dificultad. Por su parte, los vocales de Cámara no se expidieron sobre la muerte del menor ya que no fue materia de planteo y atento al desistimiento del defensor confirmaron la decisión del juez de primera instancia, que condenó a Enrique Fabián Cettour a 14 años de cárcel por el caso.

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