Ciudad

Violencia doméstica

Un juez suspendió el régimen de comunicación filial por los malos tratos del padre

Además de mantener las restricciones de acercamiento y contacto con el niño y la madre, el tribunal dispuso que se realice una denuncia penal para que se investigue la posible comisión de delitos en perjuicio del pequeño por parte del mayor, un médico

Foto: Franco Trovato Fuoco

Un Tribunal de Familia rosarino dispuso la suspensión del régimen de comunicación entre un médico y su hijo por cualquier medio. Según la resolución exponía al niño a distintos hechos de violencia doméstica. Además ordenó mantener las restriciones que ya estaban dispuestas en protección de su ex pareja y ordenó se realice una denuncia ante el MPA para que se investiguen presuntos delitos cometidos por el padre en perjuicio de su hijo.

En una audiencia que se llevó adelante en el Tribunal Colegiado de Familia de la 5 Nominación ante el juez Ricardo Dutto las psicólogas que trataban al niño, relevada de su secreto profesional, contó las circunstancias a las que era expuesto por su padre.

Según el relato, cuando el niño no hacía la tarea o no limpiaba su padre lo hacía dormir en la terraza envuelto en una frazada en época invernal. Contó que en una oportunidad le hizo hacer la comida, primero comió el hombre y le dio las sobras.

Le decía que no contara, que no le iban a creer, que iba a sufrir las consecuencias. Su mamá contó que muchas veces lo vio marcado, volvía con golpes en las piernas y la cara y su papá lo castigaba de diferentes formas por el tema de las calificaciones.

Contaron que el niño no quiere ver a su padre y que no lo llame tampoco sus abuelos paternos. La acción legal fue presentada por la progenitora a través de la abogada María Fernanda Migoya.

La defensora general que representó al niño pidió al juzgado que el médico cese con los actos de perturbación, intimidación o cualquier tipo de conversación telefónica, vía mail o cualquier red social o violencia que afecte a su ex pareja y al niño.

La decisión

Tras evaluar el caso el juez ordenó que, en virtud de los hechos narrados por las psicólogas que asistieron al niño, se realice denuncia ante el MPA por la posible comisión de delitos perpetrados en perjuicio del pequeño por parte de su padre.

Además sin perjuicio de la orden de restricción de acercamiento y cese de conducta hostil hacia la madre y el niño dispuso el cese de actos perturbatorios,de intimidación por cualquier medio bajo apercibimiento de considerarlo una desobediencia a una orden judicial lo que desencadenaría en una denuncia penal.

El juez Dutto tuvo especialmente en cuenta para esta decisión el interés superior del niño y la normativa en materia de violencia doméstica y la ley 26485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales “pues aparecen como pautas insoslayables tanto en lo que hace a la protección integral de la familia, en general, como en la ponderación de las mujeres y los niños como sujetos preferentemente tutelados en esta problemática específica”.

En cuanto al pedido de régimen de comunicación pedido por el padre el magistrado dijo que en el estado actual el espacio de revinculación paterno filial resulta insostenible dado el profundo deterioro en el vínculo afectivo entre el hijo y el padre, hechos y situaciones que han afectado salud psíquica o física del niño, no se avizoran mecanismos posibles para trabajar su reconstrucción, ni se visibiliza camino de revinculación en la situación actual del grupo familiar”, explicó.

Justamente el derecho de comunicación entre padres e hijos, el único límite que debe considerarse para la restricción de ese derecho, es el riesgo de sufrir un daño en la salud emocional y física de los hijos, cuestión que surge liminarmente de estas actuaciones, concluyó.

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