Ciudad

Un fuerte reto al juez cordobés

La Corte Suprema de Justicia sostuvo que el magistrado Federal de Córdoba Ricardo Bustos Fierro intervino en un trámite que no le correspondía. En Rosario, la Justicia detalla el extraño caso del polista accidentado y la disputa por su “cuidado”.


La Corte Suprema de Justicia de la Nación que resolvió el martes un conflicto de competencia en el caso del polista Ignacio Ballesteros, que padece cuadriparesia espástica como consecuencia de un accidente con un caballo dio sus fundamentos. Y además de asegurar que en el caso es competente la justicia local, fue muy dura con el juez cordobés Ricardo Bustos Fierro, a quien le dijo directamente que intervino en un trámite que no le correspondía.

En su resolución, la Corte con la firma de sus siete integrantes señaló que fue la cónyuge, es decir Gisela La Menza, en su carácter de representante legal y curadora designada judicialmente, quien trasladó al joven a la ciudad de Rosario desde Buenos Aires (donde ocurrió el accidente) para continuar allí su rehabilitación. Asimismo, indicó que los padres del joven habían consentido de manera expresa la competencia del tribunal de familia de Rosario, ante la cual promovieron las actuaciones tendientes a obtener un régimen de contacto con su hijo.

Por otro lado, la Corte dijo que la medida cautelar dictada por el juez federal de Córdoba, es decir Ricardo Bustos Fierro, “importó una grave e indebida interferencia en el trámite de la causa iniciada ante la justicia local de Rosario, en virtud de carecer de competencia en razón de la persona, de la materia y del territorio”. Y que el traslado compulsivo del joven a la ciudad de Córdoba por la fuerza pública, ordenado por el magistrado de esa localidad, no puede ser razón idónea para privar de competencia al tribunal de Rosario, que estaba entendiendo en la causa”.

Desde el juzgado de Familia, el magistrado Manuel Rosas detalló que la historia judicial comenzó en septiembre de 2011, en Rosario, cuando los padres de Ignacio presentaron un pedido de régimen de visitas y inicialmente se resolvió con el otorgamiento. Luego hubo situaciones enojosas para con la mujer y con la anuencia de todos, se puso una asistente social y se determinó que sólo la madre del chico venía una vez por semana a visitarlo. “Fue por la enorme situación de tensión. Se acotó el régimen en una oportunidad que el joven fue trasladado al Sanatorio Parque y hubo una situación de hostigamiento a la nuera por parte del padre del joven lo que generó la restricción de acercamiento del padre de Ignacio”, relató.

Los padres del joven consideraron insuficiente la decisión y apelaron.  Después, se trasladó a Ignacio a Córdoba. “Creemos que el traslado era injusto, desmedido, y que generaba una grave e indebida interferencia, ya que la competencia correspondía a este tribunal”, sostuvo el juez.

Y detalló que se lo trasladó con una orden del juez Bustos Fierro, hace más de dos meses. “Inmediatamente yo oficio al juez para que me remita nuevamente el paciente, porque yo era el juez interviniente. Entonces él sostuvo que era él competente y elevó la causa para que resuelva la Corte”, detalló.

Mientras esto ocurría, la Cámara Federal de Córdoba nulificó todo lo actuado por Bustos Fierro. “Cuando lo trasladan al joven, el efector que realizó el traslado dijo que no obstante sus condicionantes, estaba apto para el traslados lo que significa que aquí estaba bien cuidado”, abundó.

“En este momento no tengo el conocimiento del estado de salud y para que exista una restitución, primero tiene que haber una solicitud de Gisela La Menza y luego un determinar las condiciones de salud del joven porque el caso requiere un traslado seguro”, agregó. “Los operadores del derecho tenemos que armonizar las situaciones como esta que exceden toda cuestión de derecho, lo que es brutal y produjo todo esto es la decisión de un juez federal que intervino en esta causa”, opinó Rosas.

“Los padres decían que la mujer no le prodigaba cuidados ni atención y que debía ser trasladado a una clínica, ello fue la constante y recurrieron las decisiones que tome como juez de trámite, por lo que el tribunal en pleno revisó el fallo y confirmó. Entonces plantearon un recurso de apelación extraordinaria, al que le dimos curso y cuando se estaba tramitando en la Cámara vino la orden del juez federal de Córdoba que se llevó al paciente intempestivamente. No esperaron la decisión de la Cámara donde no impulsaron más el trámite por lo que no hay resolución”, agregó.

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