Ciudad

Ordenanza inconstitucional

Un fallo habilitó a heladería rosarina a abrir más locales

La Justicia de Santa Fe declaró inconstitucional una ordenanza que limita la cantidad de locales que puede tener una misma franquicia a través de una resolución que habilitó a la firma Tento a abrir un nuevo espacio en avenida Pellegrini y Felipe Moré.


La Justicia habilitó a Tento a abrir un nuevo espacio en avenida Pellegrini y Felipe Moré.

La Justicia de Santa Fe declaró inconstitucional una ordenanza de Rosario que limita la cantidad de heladerías que puede tener una misma franquicia a través de un fallo que habilitó a la firma Tento a abrir un nuevo local en avenida Pellegrini y Felipe Moré. Los dueños de la empresa habían presentado un recurso de amparo en la Justicia después de que el municipio rechazara el pedido de habilitación de un nuevo comercio por superar el cupo permitido. En un fallo de primera instancia el juez Marcelo Quiroga le dio la razón a la empresa y esta semana la Cámara de Apelaciones lo ratificó. La ordenanza declarada inconstitucional fue sancionada por el Concejo Municipal hace ocho años con el fin de regular la llegada a la ciudad de la cadena cordobesa Grido y para proteger a las heladerías artesanales de la competencia desleal. Establece que ninguna compañía podrá tener más del 10 por ciento del mercado local haladero. Desde la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad dijeron a El Ciudadano que la decisión judicial no anula la ordenanza y que apelarán el fallo en la Corte Suprema.

Alejandro Schvartzman, director de Asuntos Jurídicos, explicó que el pedido de la firma Tento fue rechazado porque forma parte de un grupo económico junto a Smart, de Marcelo Bersano. “El grupo tiene los mismos socios y la ordenanza delimita una cantidad de locales, que el grupo supera”, explicó el funcionario.

Schvartzman agregó que la misma firma tiene otros tres juicios iniciados con el mismo objetivo y dijo que la resolución judicial es individual y no inhabilita la ordenanza. Sin embargo, la decisión tomada en Tribunales genera precedente y volverá a poner el tema en agenda.

Desde el municipio llevarán el caso a la Corte Suprema de Santa Fe y pedirán que el fallo sea declarado inconstitucional.

El apoderado legal de la Cámara Industrial y Comercial del Helado Artesanal, Carlos Racamato, agregó que desde la entidad rechazan la resolución judicial porque perjudica a las heladerías artesanales. Y aclaró que en este fallo en particular no pueden intervenir. “Si se presenta un nuevo pedido similar vamos a pedir la participación y la constitucionalidad de la ordenanza sancionada”, explicó.

Según el integrante de la cámara la decisión judicial llega en un momento de crisis en el sector productivo que afectó directamente a las heladerías. “El sector está muy golpeado por una caída abrupta del consumo, sumado a los aumentos en las tarifas de luz y en los costos de los insumos”, agregó. Las expectativas están puestas en la primavera y el verano, aunque ven difícil la reactivación del consumo.

Límite a las cadenas

La ordenanza 8.664 fue aprobada en el Concejo Municipal por unanimidad el 30 de septiembre de 2010. Dice que las cadenas de heladerías no podrán tener más del 10 por ciento de los locales habilitados en Rosario. Cuando fue sancionada había 193 y el límite estaba en no superar las 19 sucursales.

A la par de la ordenanza el Concejo aprobó la ordenanza 8.665, que creó el Programa de Promoción del Helado Artesanal de Rosario, y la 8.666, que dispuso que todas las heladerías debían tener en lugar visible información a los consumidores de los productos, como la identificación de los que son aptos para el consumo por parte de personas celíacas y el porcentaje de aromatizante artificial utilizado.

En abril de 2013 el juez en lo Civil y Comercial Marcelo Bergia declaró inconstitucional la legislación municipal a partir de recursos de amparo de dos comerciantes que pretendían abrir locales de Grido. La Cámara de Apelaciones rechazó la decisión del juez y falló a favor del Municipio. No fue el primer fallo en contra del juez. En 2010 y a dos mes de sancionada la norma, Bergia hacía lugar a un amparo y habilitaba judicialmente la apertura de dos nuevos locales de Grido.

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