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drama y muerte

Un fallo del siglo XXI: 12 años de cárcel por tentativa de femicidio

La Cámara Penal determinó que “no es necesaria una violencia extrema” para el agravante, ya que basta comprobar "situaciones de agresión física o psíquica” contra una mujer, al confirmar 12 años de cárcel por tentativa de femicidio.


“Me decía cosas feas porque andaba borracho, que era puta, que andaba con uno y con otro”, dijo Rosana. Esa tarde de agosto del año 2013 discutieron dos veces: “Sin saber cómo, ahí en el pasillo, mientras discutíamos, me vi envuelta en llamas”. Prendida fuego Rosana intentó sacarse la ropa y corrió a casa de un vecino pidiendo auxilio. Llamaron a la ambulancia. El 40 por ciento del cuerpo estaba quemado. Cabeza, cuello, rostro, tronco y brazos. Pajarito, como le decían a su pareja y padre de uno de sus hijos, llegó a juicio. Fue condenado a 12 años de cárcel por tentativa de homicidio calificado por el vínculo y femicidio, pero Rosana no pudo estar en el debate. En marzo de 2014 se quitó la vida luego de la muerte, en un siniestro de tránsito, de uno de sus hijos. Ayer la Cámara Penal confirmó el fallo. “No es necesaria una violencia extrema para sostener la existencia de violencia de género, basta comprobar situaciones de agresión física o psíquica para encuadrar el caso en el agravante de femicidio”, detalló.

Rosana tenía varios hijos, estaba en pareja con Paulino Ariel Velázquez, Pajarito, con quien tenía una relación de sometimiento. No era raro ver a la mujer intentar defenderse verbalmente en cualquier sitio; incluso la marca de los golpes se volvía visible algunas veces. La tarde del 23 de agosto de 2013, en el pasillo de la casa de Brasil al 2700 y Rosana Espinillo padeció un nuevo ataque de Velázquez. El hombre estaba borracho, dijo Rosana. Le decía cosas feas: “Puta, que andaba con uno y con otro”. Era la segunda agresión del día.

Repentinamente Rosana se vio envuelta en llamas. Quedó sola, intentó sacarse la ropa y corrió hasta la casa de un vecino. El hombre la hizo entrar y la acostó mientras su hija llamó a la ambulancia. Sufrió múltiples quemaduras en el 40 por ciento del cuerpo. Estuvo 21 días en terapia intensiva.

Nunca antes había pasado algo así, aclaró cuando pudo declarar, y agregó: “Simplemente me golpeaba y me agredía verbalmente”. Resignada dijo: “De última, lo hecho ya está hecho y, si tienen que largarlo, lárguenlo, porque es el padre de mi hija”. La mujer le contó a su vecino, a dos de sus hijas, a algunos funcionarios policiales, e incluso a una psicóloga, que las llamas fueron iniciadas por Velázquez. Esas declaraciones más los testimonios de oídas y los indicios del caso marcaron la violencia de género en la que vivía inmersa la víctima.

Si bien el expediente se originó en el viejo sistema penal, por la gravedad del delito el juicio se hizo en forma oral. Aunque Rosana no llegó a ver a su agresor sentado en el banquillo. En marzo de 2014 se quitó la vida luego de perder, un mes antes, a uno de sus hijos en un siniestro vial.

En octubre de 2016 un tribunal integrado por los jueces Gustavo Salvador, María Isabel Mas Varela y Marisol Usandizaga condenó a Velázquez a 12 años de prisión por tentativa de homicidio calificado por el vínculo y por femicidio.

El fallo fue apelado y los camaristas José Luis Mascali, Georgina Depetris y Guillermo Llaudet confirmaron la decisión. El tribunal desechó la autolesión e hizo eje en el testimonio de la víctima, en testigos del juicio y en un informe forense. El documento relata las quemaduras de Rosana en el dorso de las manos, “señala indiciariamente que el rociamiento provino de terceros en una acción de defensa”. En cuanto a la violencia de género, el tribunal explicó la falta de necesidad en acreditar violencia extrema para sostener que una mujer es fruto de la violencia de su pareja: basta con corroborar situaciones de agresión física o psíquica. Y, en este caso, se comprobaron.