Policiales

Asesinado en agosto de 2015

Un condenado por el homicidio de Sandro Procopio

El crimen del arquitecto impulsó la marcha conocida como Rosario Sangra. La condena llegó luego de un acuerdo de partes. La presentación se homologó este martes en una audiencia oral en Tribunales.


Agosto de 2015. Una multitud reclamaba justicia por Sandro Procopio. Foto: Archivo.

Un hombre de 31 años fue condenado por el crimen del arquitecto Sandro Procopio a 9 años de prisión en un proceso abreviado. El acuerdo incluye además un robo calificado y una tentativa de robo doblemente calificado. Cuando empezó la investigación, hace casi tres años, también fue imputado otro hombre, ambos como coautores del homicidio criminis causa, que estipula una pena de prisión perpetua. Con el correr de la investigación, la Fiscalía concluyó que el hoy condenado por la muerte prestó una colaboración secundaria en el caso y no hubo pruebas para determinar que el otro involucrado participó en el crimen. Este homicidio tuvo gran repercusión social y dio lugar a la marcha que se conoció como Rosario Sangra.

Sandro Procopio era arquitecto. La tarde del 24 de agosto de 2015 se dirigía a una obra en construcción cuando fue abordado por dos hombres. Según la investigación, los atacantes se bajaron de un auto VW Gacel en Cerrito y Constitución, el automóvil siguió su marcha y se detuvo por esta última calle. Esta secuencia fue tomada por una cámara de seguridad.

Cuando Procopio caminaba por calle Cerrito fue abordado por los dos hombres. Le mostraron un revolver calibre 38 y le sacaron el celular. Se produjo un forcejeo y uno de los asaltantes lo agarró a trompadas y patadas. Finalmente le dio con la culata del arma en la nuca y la cabeza y le efectuó un disparo. El proyectil produjo un daño irreparable. La víctima sufrió un shock hipovolémico por hemorragia masiva de abdomen y falleció.

El 4 de enero de 2015 un robo a un minimercado en Funes puso la lupa sobre Matías Ezequiel Cofano y Ángel Simón Cisneros. En esa oportunidad dos ladrones entraron armados, encerraron a la empleada y a un cliente en un depósito. Los inmovilizaron con precintos y se alzaron con 6 mil pesos, dos cartones de cigarrillos, dos botellas de fernet y dos celulares.

Tras la detención de ambos en septiembre de 2015, el fiscal Nicolás Foppiani los imputó por el robo. Pero algunos datos que surgieron de la filmación y el auto utilizado en el crimen los vincularon con la investigación. En noviembre de 2015 la Fiscalía imputo al dúo por homicidio criminis causa. A Cofano lo sindicó como el conductor del auto que trasladó a los atacantes mientras que a Cisneros lo señaló como la persona que bajó armada, lastimó y ejecutó a Procopio. En aquella oportunidad explicaron que aún restaba la producción de medidas, como un peritaje telefónico sobre 4 celulares secuestrados y reconocimientos en rueda de persona, entre otras pruebas. Al tercer agresor no lograron identificarlo.

A Cofano además le imputaron un tercer hecho. Una tentativa de robo calificado en Alvear que cometió con otro hombre que se encuentra identificado y prófugo.

En diciembre de 2014 ingresaron a un vivero en Alvear. Allí redujeron a su propietario de origen oriental con un arma, lo metieron en el baño, lo golpearon ferozmente y lo picanearon. Le sacaron las llaves de su casa y le robaron un celular, 150 pesos, un botón de pánico y herramientas. Se fueron en una traffic blanca pero fueron vistos por la Policía cuando cargaban bolsas en el utilitario. Debajo del rodado se encontró un revolver calibre 22.

Este martes se llevó adelante una audiencia oral donde los fiscales Miguel Moreno y Nicolás Foppiani junto con las defensoras oficiales Nora Gaspire y María Laura Maenza pidieron la homologación de un acuerdo presentado el pasado 28 de febrero. Las partes encuadraron el accionar de Matías Cofano en el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y le asignaron una participación secundaria. Una fuente judicial consultada explicó que Cofano estaba trabajando y usaba como remís trucho el auto que fue identificado en la filmación y ese día lo tuvo a su cargo. El cambio se realizó sobre la base de la prueba colectada, donde se determinó que el auto se detuvo a la vuelta y el chofer no pudo observar lo que pasaba en el lugar. A ello se sumó el robo al minimarket de Funes y al vivero de Alvear, que quedó encuadrado en una tentativa. Por los tres hechos las partes acordaron una pena de 9 años de prisión.

En cuanto a Cisneros, la investigación sobre su participación en el crimen del arquitecto no arrojó elementos para avanzar sobre la sospecha que tenía la Fiscalía en su contra. Por ello, tras haberlo imputado terminó archivándose la causa en su contra, explicó una fuente judicial. El hombre aceptó un procedimiento abreviado por el robo al minimarket. Las partes acordaron en este caso 5 años de prisión. Finalmente el acuerdo presentado fue admitido y homologado por el juez Mariano Aliau.