Policiales

Villa Moreno

Triple crimen: absuelven al adolescente implicado en el caso

Era menor cuando ocurrió el hecho y su situación procesal se tramitó en ese fuero. A más de seis años del múltiple asesinato se confirmó la absolución dictada por la jueza de primera instancia en diciembre pasado


El triple crimen de Villa Moreno marcó un antes y un después, no sólo en la ciudad sino también en la dinámica tribunalicia. Hubo un acampe durante el juicio oral que tuvo como principal acusado a Sergio “Quemado” Rodríguez, quien el 1º de enero de 2012 fue a Villa Moreno a vengar el ataque a tiros que horas antes había sufrido su hijo Maximiliano “Quemadito” Rodríguez, quien finalmente sería asesinado en febrero de 2013. Al Quemado lo acompañaron en su raíd varios muchachos aquella madrugada, entre ellos un adolescente apodado Jeta. Tras el ataque, fueron detenidos y llevados a juicio por matar a  Jeremías “Jere” Trasante, Claudio “Mono” Suárez y Adrián “Patóm” Rodríguez, quienes nada tenían que ver en la disputa por el ataque sobre el Quemadito. La situación de Jeta quedó en el fuero de Menores. A más de seis años del múltiple homicidio, la Justicia lo absolvió, al confirmar la Cámara Penal este martes el fallo de primera instancia.

Maximiliano Rodríguez y el Negro Ezequiel Villalba estaban en bandos distintos. La versión que corría es que Rodríguez brindaba seguridad a búnkers que el Negro mejicaneaba. Pero todo explotó en una pelea dentro de un boliche. El 30 de diciembre de 2011 Facundo Osuna fue baleado en un pasillo ubicado en Dorrego al 4000. Recibió ocho tiros y logró sobrevivir. Después de varias idas y vueltas apuntó al Quemadito y a Mauricio “Chupín” Palavecino como los autores. En julio de 2012 Osuna murió bajo el fuego de las balas en otro hecho.

La saga

En represalia al ataque en contra de Osuna, el Quemadito fue baleado el 1º de año de 2012 cuando circulaba por Garay y Vera Mujica en auto con su novia y una amiga. Le dispararon desde una moto y huyeron. Dos de sus amigos que luego terminaron acusados en el caso (Daniel “Teletubi” Delgado y Brian “Pescadito” Sprío) llevaron a la víctima hasta el Heca, donde llegaron su padre y varios de sus amigos. Cerca de las 4.30 el Quemado Rodríguez llegó a Villa Moreno con algunos jóvenes a bordo de una Renault Kangoo conducida por Palavecino.

Los atacantes bajaron, caminaron armados y con chalecos antibalas hasta la canchita de fútbol de club Oroño, ubicado en Presidente Quintana y Dorrego. Jere, Mono y Patóm estaban sentados con otro chico. Les preguntaron por el Negro Villalba y les dispararon: dos de los chicos murieron en el lugar mientras otros dos, que eran primos, corrieron. Sólo uno de ellos se salvó. Las víctimas militaban en el Movimiento 26 de Junio, organización que se hizo eco del reclamo por el múltiple homicidio desde los primeros momentos, cuando la información oficial que trascendió vinculaba el ataque con un ajuste de cuentas por cuestiones de narcotráfico. Los militantes acompañaron a los familiares y amigos de las víctimas durante todo el trámite judicial.

Los implicados

Por el caso hubo varios detenidos. Brian “Damiancito” Romero aceptó un acuerdo abreviado por su participación en el hecho. Lo condenaron a 8 años de cárcel. A juicio oral llegaron el Quemado Rodríguez, Pescadito Sprío, Teletubi Delgado y Chupín Palavecino. Mientras que la situación de Jeta se tramitó en la justicia de Menores.

El juicio oral tuvo lugar hacia fines de 2014 y fue encabezado por los jueces Gustavo Salvador, Ismael Manfrín y José Luis Mascali, quienes por unanimidad condenaron al Quemado a 32 años de cárcel, 33 años para Pescadito, 30 para Teletubi y 24 para Chupín. El fallo fue apelado y la Cámara Penal sólo confirmó, con los votos de Daniel Acosta y Georgina Depetris, la condena a Rodríguez. Absolvió a Sprío y bajó penas: determinó 21 años para Delgado y 19 para Palavecino. El tercer camarista era Adolfo Prunotto Laborde, quien votó por la confirmación del fallo de primera instancia.

Jeta

En diciembre del año pasado, la jueza María Dolores Aguirre Guarrochena resolvió absolver a Jeta por el triple crimen. Al entonces adolescente le faltaban unos meses para llegar a los 18 años cuando se produjo el múltiple crimen. Fue sindicado como una de los tiradores aquella madrugada.

Para la jueza el hecho está probado y a partir de allí evaluó la prueba que incriminó a Jeta. Detalla como principales pruebas tres declaraciones: los dichos de Palavecino –en un primer momento declaró como testigo–, quien cuenta que habló con Jeta la mañana del domingo tras el hecho y le dijo que el padre del Quemadito se enteró del ataque y se fue hasta la cancha acompañado por él, Teletubi y Pescadito y le dieron “con todo” a los compañeros del Negro.

En su declaración el Negro Villalba cuenta lo que vio aquella madrugada y dice que Jeta fue uno de los que se bajó del auto. La tercera declaración es de la novia del Quemadito, quien ubica a Jeta en el hospital. La jueza evaluó que estos tres testimonios que lo incriminan se volcaron en el proceso seguido a los mayores que no pudo ser controlada por la defensa de Jeta, a cargo de Adrián Ruiz y José Ferrara, por lo que las declaraciones no pueden incorporarse válidamente al proceso de menores, dijo.

En cuanto a una llamada telefónica entre dos personas, donde una de ellas nombra a Jeta como uno de los participantes del hecho, sólo alcanza para probar la declaración de Palavecino pero es insuficiente para acreditar el hecho en sí, aseguró. En cuanto al listado de llamadas entrantes y salientes del celular de Jeta parecería no estar completo, dijo, ni se incorporaron las desgrabaciones de las escuchas a Jeta.

Otras de las pruebas valoradas es un allanamiento a una casa donde se encuentra una pistola calibre 9 milímetros cuyo peritaje determinó que fue una de las armas utilizadas en el hecho. La jueza concluyó que en la casa había otras personas además de Jeta y no puede afirmarse la existencia de una relación única entre Jeta y el arma ni tampoco se determinó que sea su domicilio. En cuanto a la filmación del Heca, no surge del informe la presencia del adolescente. Por lo que, descartadas las testimoniales, entiende que el resto de la prueba no es suficiente para encontrarlo responsable. La decisión fue apelada por la Fiscalía y los vocales Carlos Carbone, Bibiana Alonso y Javier Beltramone confirmaron la decisión de la jueza de Menores no sin antes hacer un llamado de atención.

Evaluaron que el caso tiene un integrante de la banda condenado por un procedimiento abreviado a la mitad de la pena impuesta a otro de los consortes de causa y uno más condenado a 32 años. Un hecho grave y mediático que tiene además a un presunto coautor, cuya situación tramitó en la justicia de Menores por algunos meses (estaba a punto de cumplir 18 años), y el trámite lleva más de 5 años. Hablaron de la prueba que se encuentra en este expediente, donde la Fiscalía se contentó con las copias de las actuaciones del juicio a los acusados mayores.

Para la Cámara Penal, no puede negarse que ante la gravedad del hecho era esperable otra respuesta fiscal y jurisdiccional y, si bien la apelación fiscal luce coherente, el caudal probatorio es precario y deficiente para acreditar la autoría de Jeta en el caso.

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