Ciudad

Práctica peligrosa

Tirón de orejas judicial a municipio: basta de bicis en paseos peatonales de Oroño y costa central

Una organización sin fines de lucro, representada por el abogado Jorge López Mirosevich, solicitó a una jueza provincial que exija el cumplimiento de ordenanzas municipales que prohíben la circulación de bicicletas en paseos peatonales


Bulevar Oroño y la costanera fueron los sectores más elegidos para entrenar. Fotos: David Ferrara

Una resolución judicial ordenó el cumplimiento de las ordenanzas municipales que prohíben la circulación de bicicletas por paseos peatonales, puntualmente los ubicados en el bulevar Oroño desde Pellegrini al río y en el Parque España. Así lo resolvió la jueza María Silvia Beduino, a cargo del Juzgado de Distrito Civil y Comercial N° 17, quien ordenó a la Municipalidad de Rosario hacer cumplir la prohibición de circulación de bicicletas bajo apercibimientos legales.

La presentación la realizó el Centro de Derecho Urbanístico, una organización sin fines de lucro a través del abogado Jorge López Mirosevich, quien planteó una acción de protección de intereses difusos contra la Municipalidad de Rosario para que ejerza el poder de policía que le corresponde e impida la circulación de bicicletas o cualquier otro medio de transporte, y asegure la exclusividad de la circulación a peatones en los paseos citados.

El planteo tiene como eje tutelar la vida, la seguridad humana y la salud de las personas, cuenta la decisión judicial. Entre las evidencias se presentó una constatación sobre la circulación de bicicletas por el cantero central de Oroño a pesar de existir carteles que señalizan la prohibición.

El planteo explica que la ordenanza municipal 7513/03 establece que “…los ciclistas tienen prohibido…circular por sitios destinados a peatones y conforme a lo establecido por la Ordenanza 3695/84 no podrán hacerlo por calle Córdoba desde Paraguay a Laprida, calle San Martín desde Mendoza a Santa Fe, las calzadas centrales de Boulevard Rondeau y el Cantero Central de Bv. Oroño según lo dispuesto en el decreto 16.107…”.

La resolución dice que si bien el espíritu de la norma ha sido fomentar el uso de la bicicleta en la ciudad, ello debe realizarse en condiciones de seguridad, generando ámbitos de utilización sin riesgo y de disfrute por ciclistas y la comunidad.

Explicó que la principal razón de la norma es la prevención de accidentes que involucren bicicletas y peatones. La jueza dijo que, según lo informado por el fiscal y el oficial de justicia que intervino en la constatación, se contraviene la norma en forma sistemática en el paseo peatonal de Oroño y en el ribereño del Parque España, en este último caso además resaltaron la falta de cartelería indicando la prohibición.

La jueza entendió que existe una norma conculcada: “Y somos los jueces los encargados de velar para que las normas se cumplan y todo ello en pos de la protección del bien común de la comunidad…”.

Por lo que resolvió hacer lugar a la acción presentada contra la Municipalidad de Rosario y en consecuencia, ordenar que dentro de los diez días de notificada, haga cumplir estrictamente lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades n°: 2756, Decreto n°: 0067, el Código del Peatón (Ordenanza n°: 7181/01) y el ordenamiento vial para ciclistas (Ordenanza 7513/03) en punto a ejercer el control absoluto de las sendas peatonales de Boulevard Oroño y del Paseo Ribereño del parque España, destinadas en forma exclusiva al tránsito de peatones.

Agregó que el incumplimiento de lo ordenado, implicará una desobediencia al mandato judicial y puede dar lugar a la aplicación de distintas sanciones previstas, por ejemplo la de multas pecuniarias. Además ordenó que la decisión se notifique al intendente Pablo Javkin.

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